Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2015 (14/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77 y 78 de la Constitucion Politica del Peru; Que, en los numerales 12.1, 12.2 y 12.3 del articulo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras durante el Ano Fiscal 2015, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que esta considerada el Seguro Integral de Salud, aprobandose por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectue el Seguro Integral de Salud requiere la suscripcion obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duracion de hasta tres (3) anos renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las instituciones prestadoras de servicios de salud publicas podra establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 991-2012/ MINSA, se aprueban los Parametros de Negociacion que seran tomados en cuenta para la celebracion de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) publicas; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 148-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica N° 001-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Pago por Preliquidacion", que tiene como objetivo establecer y uniformizar los criterios tecnicos que orientan la metodologia del pago por preliquidacion, asi como la determinacion del valor de produccion mensual base que sirve para determinar el monto de la transferencia de recursos para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados al SIS; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 149-2012/ SIS, se aprueba la Guia Tecnica N° 002-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Calculo del Capita", que tiene como objetivo establecer y uniformizar los criterios tecnicos que orientan la metodologia de calculo del capita para el financiamiento de las prestaciones de salud del primer nivel de atencion brindadas a los beneficiarios del SIS; Que, el numeral 8.3 del articulo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1154, que Autoriza los Servicios Complementarios en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2014-SA, establece que el pago de las prestaciones por los servicios complementarios en salud que brinden las IPRESS a favor de los asegurados del Seguro Integral de Salud, "seran financiadas con cargo a las transferencias diferenciadas que el SIS efectue a las unidades ejecutoras de las respectivas IPRESS, de acuerdo a las tarifas pactadas y procesos establecidos en los convenios suscritos (...) Para tal efecto, las Unidades Ejecutoras de las IPRESS incorporaran en su presupuesto las transferencias financieras diferenciadas del SIS, a las especificas correspondientes en las Genericas de Gasto 2.1 Personal, Obligaciones Sociales y/o 2.3 Bienes y Servicios, dependiendo del regimen laboral del profesional de la salud que presta el servicio complementario"; Que mediante documentos de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, propone la transferencia a las unidades ejecutoras a nivel nacional a efectuarse en el mes de marzo del 2015 para cubrir los conceptos de pago de servicios complementarios, pago capita y pago preliquidado, las mismas que en su integridad tienen convenio vigente con el Seguro Integral de Salud - SIS. Asimismo, informa que el importe a transferir a cada unidad ejecutora contempla los componentes de reposicion y de gestion y, que el prestador tiene la obligacion de reponer el 100% del consumo reportado, siendo la transferencia suficiente para cubrir el consumo reportado, priorizando el componente de gestion. En igual sentido, siendo transferencias prospectivas se estara haciendo el control sobre los gastos en que incurran las unidades ejecutoras, a efecto de dar cumplimiento al articulo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2014-SA; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando N° 110-2015-SIS/OGPPDO aprueba la Certificacion de Credito Presupuestario N° 397 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribucion de las transferencias;

El Peruano Sabado 14 de marzo de 2015

Que, asimismo, constituyen principios fundamentales del MORDAZA de ejecucion presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial El Peruano, la distribucion de los recursos que se transfieren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Generica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiendoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporacion de los recursos transferidos, dentro de su MORDAZA presupuestal; Con el visto de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones, de la Oficina General de Administracion de Recursos, de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia total para las unidades ejecutoras por la suma de DOSCIENTOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/.260,652,708.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de marzo de 2015, detallada en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Resolucion Jefatural.
Anexo N° 01: 00-Recursos Ordinarios (R.O.) Total R.O. S/. 260,652,708.00

{

- Servicios Complementarios S/. 167,788.00 - Pago Preliquidado S/. 33,076,224.00 - Pago Capita 2015: S/. 227,408,696.00 Tramo Fijo TOTAL GENERAL S/. 260,652,708.00

Articulo 2º.- Cada unidad ejecutora, receptora y responsable de la ejecucion del monto transferido por concepto de servicios complementarios en salud, MORDAZA cuenta al Seguro Integral de Salud respecto de la ejecucion del mismo, con arreglo a la normatividad aplicable. Articulo 3º.-Aprobar la liquidacion por la produccion MORDAZA del mes de noviembre 2014 por CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE CON 17/100 NUEVOS SOLES (S/. 54,179,737.17), detallado en el Anexo N° 02 que forma parte integrante de la presente Resolucion Jefatural. Articulo 4º.- El Titular del Pliego, mediante Resolucion, aprueba la desagregacion de los recursos autorizados en la presente MORDAZA, en el nivel funcional programatico, respetando los montos asignados en las categorias presupuestarias, dentro de los diez (10) dias calendario de la publicacion de la presente Resolucion. La Resolucion debe ser publicada dentro de los cinco (5) dias de aprobada en la respectiva pagina web del Pliego. Con relacion a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), debe considerarse su incorporacion de acuerdo con las prioridades de salud establecidas en el Plan de Beneficios del SIS, asi como acorde a la programacion de actividades articuladas al plan operativo de cada unidad ejecutora y en el MORDAZA de la normatividad vigente. Articulo 5º.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; asi como publicar en el MORDAZA institucional http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolucion y sus Anexos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 1211650-2

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