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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2015 (14/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Sábado 14 de marzo de 2015 548564 Que, asimismo, resulta necesario promover el desarrollo del conocimiento científi co y tecnológico en temas relacionados a la construcción, rehabilitación e instalación de infraestructura de puentes; Que, en tal sentido, se requiere aprobar el Plan Nacional de Infraestructura Vial de Puentes denominado “PROPUENTES”, lo que permitirá optimizar las acciones que vienen realizando PROVIAS NACIONAL y PROVIAS DESCENTRALIZADO en la mitigación del défi cit de infraestructura de puentes, a través de una gestión integrada de sus intervenciones y de las coordinaciones que requieren realizar con entidades públicas y privadas; asegurando así el tránsito permanente del transporte de pasajeros y de carga en condiciones de competitividad, fl uidez y seguridad en la red vial del país; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29370 y el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Plan Nacional de Infraestructura Vial de Puentes - “PROPUENTES” Aprobar el Plan Nacional de Infraestructura Vial de Puentes denominado “PROPUENTES”, a cargo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado PROVIAS DESCENTRALIZADO, en el marco de sus respectivas competencias. Artículo 2.- Objeto PROPUENTES tiene por objeto implementar acciones orientadas a la construcción, instalación y mejoramiento de la infraestructura de puentes de la red vial del país. Artículo 3.- Líneas de Intervención Las líneas de intervención de PROPUENTES se orientan a lo siguiente: a) Instalación de Puentes Modulares, en los lugares donde la ausencia de puentes afectan la transitabilidad vehicular en las carreteras, o que por su obsolescencia y/o baja capacidad resistente de carga, representan un riesgo al usuario. b) Construcción de nuevos Puentes defi nitivos. c) Reemplazo de puentes defi nitivos que operan con baja carga de diseño, en concordancia con la normativa nacional vigente. d) Mejoramiento de la capacidad de carga de los puentes existentes. e) Construcción, instalación, reemplazo o mejoramiento de puentes peatonales. f) Promover acciones de coordinación con entidades públicas y privadas para la implementación de las actividades y proyectos de PROPUENTES. g) Promover el desarrollo del conocimiento científi co y tecnológico en temas relacionados a PROPUENTES. Artículo 4.- Conducción y articulación de PROPUENTES El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, a través de su Director Ejecutivo, es el responsable del seguimiento y monitoreo de PROPUENTES y articula su desarrollo con el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO, de conformidad con las políticas nacionales y sectoriales; dando cuenta periódicamente al Viceministro de Transportes. La ejecución de PROPUENTES está a cargo de ambos Proyectos Especiales, en el ámbito de sus respectivas competencias, los que podrán intercambiar capacidades. Artículo 5.- Convenios El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO podrán suscribir convenios de cooperación interinstitucional, entre ellos y con entidades públicas y privadas, en el ámbito de sus competencias y las normas legales vigentes, con la fi nalidad de realizar las acciones descritas en el presente dispositivo. Artículo 6.- Financiamiento La ejecución de las actividades y proyectos de PROPUENTES se fi nancian con cargo a los presupuestos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO. Los Gobiernos Regionales y/o los Gobiernos Locales y/o el sector privado, podrán fi nanciar la ejecución de las actividades y proyectos de PROPUENTES, en el marco de las normas legales vigentes. Artículo 7.- Notifi cación Notifi car al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado PROVIAS DESCENTRALIZADO, y al Viceministro de Transportes la presente Resolución Ministerial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1210699-1 Otorgan a Ecocopter Perú S.A. la modificación de su permiso de operación de aviación comercial: trabajo aéreo - fotografía, publicidad, inspección y vigilancia, prospección y carga externa incrementando material aeronáutico RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 061-2015-MTC/12 Lima, 6 de febrero del 2015 Vista la solicitud de la compañía ECOCOPTER PERU S.A., sobre la Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Prospección y Carga Externa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 198- 2014-MTC/12 del 14 de abril del 2014 se otorgó a la compañía ECOCOPTER PERU S.A. la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Prospección y Carga Externa, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 27 de abril del 2014, modifi cada a través de la Resolución Directoral Nº 343-2014-MTC/12 del 25 de julio del 2014 en el sentido de incrementar material aeronáutico y zonas de operación y Resolución Directoral Nº 485-2014-MTC/12 del 17 de octubre del 2014 en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, mediante Expediente Nº 2014-087004 del 27 de noviembre del 2014 la compañía ECOCOPTER PERU S.A., solicitó la Modifi cación de su Permiso de Operación en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, según los términos del Memorando Nº 1887- 2014-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 513-2014- MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Memorando Nº 281-2014-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias e Informe Nº 025-2015-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes;