Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2015 (14/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Que, asimismo, resulta necesario promover el desarrollo del conocimiento cientifico y tecnologico en temas relacionados a la construccion, rehabilitacion e instalacion de infraestructura de puentes; Que, en tal sentido, se requiere aprobar el Plan Nacional de Infraestructura Vial de Puentes denominado "PROPUENTES", lo que permitira optimizar las acciones que vienen realizando PROVIAS NACIONAL y PROVIAS DESCENTRALIZADO en la mitigacion del deficit de infraestructura de puentes, a traves de una gestion integrada de sus intervenciones y de las coordinaciones que requieren realizar con entidades publicas y privadas; asegurando asi el MORDAZA permanente del transporte de pasajeros y de carga en condiciones de competitividad, fluidez y seguridad en la red vial del pais; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29370 y el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion del Plan Nacional de Infraestructura Vial de Puentes - "PROPUENTES" Aprobar el Plan Nacional de Infraestructura Vial de Puentes denominado "PROPUENTES", a cargo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado PROVIAS DESCENTRALIZADO, en el MORDAZA de sus respectivas competencias. Articulo 2.- Objeto PROPUENTES tiene por objeto implementar acciones orientadas a la construccion, instalacion y mejoramiento de la infraestructura de puentes de la red vial del pais. Articulo 3.- Lineas de Intervencion Las lineas de intervencion de PROPUENTES se orientan a lo siguiente: a) Instalacion de Puentes Modulares, en los lugares donde la ausencia de puentes afectan la transitabilidad vehicular en las carreteras, o que por su obsolescencia y/o baja capacidad resistente de carga, representan un riesgo al usuario. b) Construccion de nuevos Puentes definitivos. c) Reemplazo de puentes definitivos que operan con baja carga de diseno, en concordancia con la normativa nacional vigente. d) Mejoramiento de la capacidad de carga de los puentes existentes. e) Construccion, instalacion, reemplazo o mejoramiento de puentes peatonales. f) Promover acciones de coordinacion con entidades publicas y privadas para la implementacion de las actividades y proyectos de PROPUENTES. g) Promover el desarrollo del conocimiento cientifico y tecnologico en temas relacionados a PROPUENTES. Articulo 4.- Conduccion y articulacion de PROPUENTES El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, a traves de su Director Ejecutivo, es el responsable del seguimiento y monitoreo de PROPUENTES y articula su desarrollo con el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado ­ PROVIAS DESCENTRALIZADO, de conformidad con las politicas nacionales y sectoriales; dando cuenta periodicamente al Viceministro de Transportes. La ejecucion de PROPUENTES esta a cargo de ambos Proyectos Especiales, en el ambito de sus respectivas competencias, los que podran intercambiar capacidades. Articulo 5.- Convenios El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado ­ PROVIAS DESCENTRALIZADO podran suscribir convenios de cooperacion interinstitucional, entre ellos y con entidades publicas y privadas, en el ambito de sus competencias y las normas legales vigentes, con la finalidad de realizar las acciones descritas en el presente dispositivo. Articulo 6.- Financiamiento La ejecucion de las actividades y proyectos de PROPUENTES se financian con cargo a los presupuestos

El Peruano Sabado 14 de marzo de 2015

del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado ­ PROVIAS DESCENTRALIZADO. Los Gobiernos Regionales y/o los Gobiernos Locales y/o el sector privado, podran financiar la ejecucion de las actividades y proyectos de PROPUENTES, en el MORDAZA de las normas legales vigentes. Articulo 7.- Notificacion Notificar al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado PROVIAS DESCENTRALIZADO, y al Viceministro de Transportes la presente Resolucion Ministerial, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1210699-1

Otorgan a Ecocopter Peru S.A. la modificacion de su permiso de operacion de aviacion comercial: trabajo aereo - fotografia, publicidad, inspeccion y vigilancia, prospeccion y carga externa incrementando material aeronautico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 061-2015-MTC/12 MORDAZA, 6 de febrero del 2015 Vista la solicitud de la compania ECOCOPTER PERU S.A., sobre la Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ Fotografia, Publicidad, Inspeccion y Vigilancia, Prospeccion y Carga Externa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1982014-MTC/12 del 14 de MORDAZA del 2014 se otorgo a la compania ECOCOPTER PERU S.A. la Renovacion del Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo ­ Fotografia, Publicidad, Inspeccion y Vigilancia, Prospeccion y Carga Externa, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 27 de MORDAZA del 2014, modificada a traves de la Resolucion Directoral Nº 343-2014-MTC/12 del 25 de MORDAZA del 2014 en el sentido de incrementar material aeronautico y zonas de operacion y Resolucion Directoral Nº 485-2014-MTC/12 del 17 de octubre del 2014 en el sentido de incrementar material aeronautico; Que, mediante Expediente Nº 2014-087004 del 27 de noviembre del 2014 la compania ECOCOPTER PERU S.A., solicito la Modificacion de su Permiso de Operacion en el sentido de incrementar material aeronautico; Que, segun los terminos del Memorando Nº 18872014-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Direccion General de Aeronautica Civil, Memorando Nº 513-2014MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tecnico de Certificaciones, Memorando Nº 281-2014-MTC/12.07. PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias e Informe Nº 025-2015-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolucion segun el numeral 6.2 del Articulo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes;

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