Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2015 (14/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Que, asimismo, el numeral 8.3 del articulo 8° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, dispone que los miembros del Organo Consultivo seran designados por un periodo de tres (3) anos, pudiendo ser ratificados por un (1) periodo adicional; Que, el Organo Consultivo podra utilizar la denominacion de Consejo Consultivo, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM; Que, el Consejo Directivo del Indecopi considera importante completar la designacion de todos los miembros del Consejo Consultivo a fin de asegurar el correcto funcionamiento de sus organos internos, por lo que ha aprobado la designacion de la persona que ejerza el cargo de miembro del Consejo Consultivo; Estando al Acuerdo Nº 22-2015 adoptado por el Consejo Directivo del Indecopi en sesion de fecha 9 de marzo de 2015; De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA Nabeta Ito como miembro del Consejo Consultivo del Indecopi. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT MORDAZA TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1210791-1

El Peruano Sabado 14 de marzo de 2015

y fue sometido a Discusion Publica en la fecha indicada: a) Bioseguridad en organismos vivos modificados, 01 PNTP, el 31 de diciembre de 2014, mediante el Sistema 1 o Adopcion por un periodo de 30 dias contados a partir del 06 de febrero de 2015; Que, no habiendose recibido observaciones al Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana, y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como MORDAZA Tecnica Peruana; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comision con el acuerdo unanime de sus Miembros. RESUELVE Primero.- APROBAR como MORDAZA Tecnica Peruana, la siguiente: NTP-CODEX CAC/GL 68:2015 ALIMENTOS OBTENIDOS POR MEDIOS BIOTECNOLOGICOS MODERNOS. Directrices para la realizacion de la evaluacion de la inocuidad de los alimentos obtenidos de animales geneticamente modificados o de ADN recombinante. 1ª Edicion Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Ruiloba Rossel, MORDAZA MORDAZA Sousa MORDAZA, MORDAZA Laca MORDAZA y Eldda MORDAZA Abanto. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias 1210792-1

Aprueban MORDAZA Tecnica Peruana sobre alimentos obtenidos por medios biotecnologicos modernos
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 30-2015/CNB-INDECOPI MORDAZA, 9 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizacion Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo el Comite Tecnico de Normalizacion de Bioseguridad en organismos vivos modificados; de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, el Comite Tecnico de Normalizacion citado, presento un Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana (PNTP)

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Determinan competencia del OEFA en materia de Organismos Vivos Modificados (OVM)
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 011-2015-OEFA/CD MORDAZA, 11 de marzo de 2015 VISTOS: El Informe N° 116-2015-OEFA/OAJ elaborado por la Oficina de Asesoria Juridica y el Informe N° 019-2015OEFA/DE elaborado por la Direccion de Evaluacion y la Direccion de Supervision; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion ambiental; Que, a traves de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, asi como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacion, supervision y fiscalizacion

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