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El Peruano Sábado 14 de marzo de 2015 548565 Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía ECOCOPTER PERU S.A. la Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo – Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Prospección y Carga Externa en el sentido de incrementar el material aeronáutico a los ya autorizados de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: (Además de los ya autorizados) - AS 350 B2 Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 198-2014-MTC/12 del 14 de abril del 2014 y sus modifi catorias continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1201044-1 Otorgan a Asociación Aerodeportiva de Paracaidismo Skydive Inka Perú el permiso de operación de aviación general: privado RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 062-2015-MTC/12 Lima, 9 de febrero del 2015 Vista la solicitud de la ASOCIACIÓN AERODEPORTIVA DE PARACAIDISMO SKYDIVE INKA PERÚ, sobre el Permiso de Operación de Aviación General: Privado; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro Nº 2014- 052469 del 19 de agosto del 2014, Documento de Registro Nº 166981 del 17 de setiembre del 2014, Documento de Registro Nº 187559 del 20 de octubre del 2014 y Documento de Registro Nº 229936 del 15 de diciembre del 2014, la ASOCIACIÓN AERODEPORTIVA DE PARACAIDISMO SKYDIVE INKA PERÚ solicitó Permiso de Operación de Aviación General: Privado; Que, según los términos del Memorando Nº 206- 2014-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 1962-2014- MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 545-2014-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones e Informe Nº 046-2015-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la ASOCIACIÓN AERODEPORTIVA DE PARACAIDISMO SKYDIVE INKA PERÚ el Permiso de Operación de Aviación General: Privado por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la ASOCIACION AERODEPORTIVA DE PARACAIDISMO SKYDIVE INKA PERÚ deberá contar con la correspondiente Conformidad de Operación, así como las Especifi caciones Técnicas de Operación, en caso sea aplicable; con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación General: Privado. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Cessna 172F ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: Ancash - Chimbote. DEPARTAMENTO: Ica - Las Dunas, Nasca / María Reiche Neuman, Pisco. DEPARTAMENTO: La Libertad - Trujillo. DEPARTAMENTO: Lambayeque - Chiclayo. DEPARTAMENTO: Lima - Callao - Lib Mandi Metropolitano, Las Palmas. DEPARTAMENTO: Loreto - Iquitos. DEPARTAMENTO: Moquegua - Ilo. DEPARTAMENTO: Piura - Piura, Talara. DEPARTAMENTO: Tacna - Tacna. DEPARTAMENTO: Tumbes - Tumbes