Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2015 (14/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Sabado 14 de marzo de 2015

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Nº 27261 y su Reglamento, la Regulacion Aeronautica del Peru; y demas disposiciones legales vigentes, asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PAVIC MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 1207027-1

NATURALEZA DEL SERVICIO: - Otras Actividades Aeronauticas ­ Paracaidismo AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Cessna 172 ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote. DEPARTAMENTO: Ica - Las Dunas, Nasca / MORDAZA Reiche Neuman, Pisco. DEPARTAMENTO: La MORDAZA - Trujillo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Callao - Lib Mandi Metropolitano, Las Palmas. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Iquitos. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Ilo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Talara. DEPARTAMENTO: Tacna - Tacna. DEPARTAMENTO: Tumbes - Tumbes DEPARTAMENTO: Ucayali - Pucallpa. BASE DE OPERACIONES: - Aerodromo Lib Mandi Metropolitano. SUB-BASE DE OPERACIONES: - Aerodromo Las Dunas - Aeropuerto de Pisco. - Aerodromo de Nasca / MORDAZA Reiche Neuman. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la ASOCIACION AERODEPORTIVA DE PARACAIDISMO SKYDIVE INKA PERU, deben adecuarse a lo senalado por las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP Nº 21, 39, 43, 45, 61, 65, 91, 105 y otras aplicables. Articulo 3º.- La ASOCIACION AERODEPORTIVA DE PARACAIDISMO SKYDIVE INKA PERU podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y explotadores. Articulo 4º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion. Articulo 5º.- Si la administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 6º.- La ASOCIACION AERODEPORTIVA DE PARACAIDISMO SKYDIVE INKA PERU debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 7º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil del Peru - Ley

Autorizan a Sistemas de Inspecciones Tecnicas Centro S.A.C. como centro de inspeccion tecnica vehicular para operar en el departamento de Ica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 737-2015-MTC/15 MORDAZA, 17 de febrero de 2015 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 189354, 238971, 004846, 016508 y 026715 presentados por la empresa SISTEMAS DE INSPECCIONES TECNICAS CENTRO S.A.C., a traves del cual solicita autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV, con una (01) Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular de MORDAZA Mixta, en el local ubicado en la Av. Principal Nº 313 y Av. San MORDAZA Nº 190, Centro Poblado San MORDAZA, distrito de Sunampe, provincia de Chincha y departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Diario Nº 189354 de fecha 22 de octubre de 2014, la empresa SISTEMAS DE INSPECCIONES TECNICAS CENTRO S.A.C., en adelante "La Empresa", solicita autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV, con una (01) Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular MORDAZA Mixta, en el local ubicado en la Av. Principal Nº 313 y Av. San MORDAZA Nº 190, Centro Poblado San MORDAZA, Distrito de Sunampe, Provincia de Chincha y Departamento de Ica, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico calificado, infraestructura y equipamiento para realizar las inspecciones mencionadas; Que, mediante Oficio Nº 8684-2014-MTC/15.03 de fecha 09 de diciembre de 2014 y notificado el 11 de diciembre del mismo ano, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por la Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles a fin de que subsane adecuadamente los defectos advertidos en su solicitud; Que, mediante Parte Diario Nº 238971 de fecha 30 de diciembre de 2014, La Empresa presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado en el numeral precedente; Que, mediante Oficio Nº 9187-2014-MTC/15.03 de fecha 31 de diciembre de 2014 y notificado el 06 de enero de 2015, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por la Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de cinco (05) dias habiles a fin

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