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El Peruano Jueves 26 de marzo de 2015 549494 Que, mediante el informe del Visto, se solicita dar término a la designación del cargo de confianza del Médico Cirujano Franklin Arturo Solís Arias, como Director de Hospital II de la Dirección Ejecutiva del Hospital San Juan de Lurigancho, proponiendo en su reemplazo al Médico Cirujano Juan Carlos Becerra Flores, para que asuma la encargatura de las funciones temporalmente; Que, a fi n de garantizar el normal desarrollo y cumplimiento de las actividades y metas de la Dirección Ejecutiva del Hospital San Juan de Lurigancho, se debe emitir el acto resolutivo dando término a la designación del Médico Cirujano Franklin Arturo Solís Arias, como Director de Hospital II de la Dirección Ejecutiva del Hospital San Juan de Lurigancho, encargando dichas funciones al Médico Cirujano Juan Carlos Becerra Flores, con Nivel F-4; Que, el literal f) y h) del artículo 11° del Decreto Legislativo N.° 1167, faculta al titular de la Entidad a designar y remover a los funcionarios y servidores de la entidad, así como emitir las resoluciones correspondientes, en consecuencia, resulta pertinente adoptar las acciones necesarias a fi n de asegurar el normal funcionamiento del Órgano Desconcentrado del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Con los visados de los Directores Generales de las Ofi cinas de Recursos Humanos, Asesoría Jurídica y del Secretario General del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con el Decreto Supremo N° 016- 2014-SA, Resolución Ministerial N° 681-2014-MINSA, Resolución Jefatural N° 234-2014-IGSS y los literales f) y h) del artículo 11° del Decreto Legislativo N° 1167; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar término a la designación en el cargo de confi anza al Médico Cirujano Franklin Arturo Solís Arias, como Director de Hospital II de la Dirección Ejecutiva del Hospital San Juan de Lurigancho del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; dándosele las gracias por los servicios prestados a la entidad. Artículo 2°.- Encargar al Médico Cirujano Juan Carlos Becerra Flores, las funciones de Director de Hospital II de la Dirección Ejecutiva del Hospital San Juan de Lurigancho del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, con Nivel F-4. Artículo 3°.- Disponer que la Ofi cina de Recursos Humanos notifi que la presente Resolución a los interesados. Artículo 4°.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, y en los portales institucionales del www.igss.gob.pe y www.hospitalsjl.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Jefe Institucional 1216900-2 OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO INTERIOR Aprueban Formato de Acta de Supervisión de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0103-2015-ONAGI-J Lima, 23 de marzo del 2015 VISTO; el Informe N° 001-2015-ONAGI-DGSFS de fecha 19 de marzo de 2015; y. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1140, se crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior (ONAGI) como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego presupuestal, adscrita al Ministerio del Interior; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2013-IN, establece en el literal I) de su artículo 8 que la Jefatura Nacional de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, tiene entre sus funciones, emitir resoluciones, aprobar directivas y demás disposiciones normativas de su competencia, que regulen el adecuado funcionamiento de la ONAGI; Que, el numeral 4.1 del Artículo 4° del Reglamento de Infracciones y Sanciones del Procedimiento Administrativo Sancionador de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Resolución Jefatural N° 408-2014-ONAGI- J, y modifi cado por Resolución Jefatural N° 606-2014- ONAGI-J, establece que el Acta de Supervisión, es un documento redactado en formato ofi cial por el personal de Dirección de Supervisión y Fiscalización de la ONAGI, en el que se deja constancia de las acciones de control y vigilancia realizadas en las visitas a los establecimientos que realizan promociones comerciales y rifas con fi nes sociales; Que, a efectos de simplifi car y formalizar la diligencia de supervisión de promociones comerciales y rifas con fi nes sociales, para el cumplimiento de los objetivos institucionales, resulta necesario aprobar el Formato de Acta de Supervisión de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales, Con el visto de la Directora General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones; y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1140 - Decreto Legislativo que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN y la Ley N° 27444 –Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Formato de Acta de Supervisión de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la Publicación y difusión de la presente Resolución Jefatural, en el Portal Institucional de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ENRIQUE PESTANA URIBE Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior (e) 1216668-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Crean los Códigos Prestacionales 902 “Atención Pre Concepcional” y 906 “Consulta Externa por Profesionales no Médicos ni Odontólogos” a ser brindados en las IPRESS de II y III Nivel de Atención RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 068-2015/SIS Lima, 25 de marzo de 2015 VISTOS: El Informe Conjunto N° 001-2015-SIS/ GREP/AFT-FHY con Proveído N° 050-2015-SIS/GREP y el Informe N° 011-2015-SIS/GREP/AFT con Proveído N° 083-2015-SIS/GREP, emitidos por la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones; el Informe N° 006- 2015-SIS/GNF/NLP con Proveído N° 069-2015-SIS/GNF,