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El Peruano Jueves 26 de marzo de 2015 549511 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 875-2015-MP-FN Mediante Ofi cio Nº 5560-2015-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 875-2015-MP- FN, publicada en la edición del día 14 de marzo de 2015. DICE: ARTÍCULO PRIMERO “(...), como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Piura, (...).” DEBE DECIR: ARTÍCULO PRIMERO “(...), como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Piura, (...).” 1216798-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban las “Instrucciones para el sorteo de ubicación de bloques de las Organizaciones Políticas en la cédula de sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2015” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0108-2015-J/ONPE Lima, 25 de marzo de 2015 VISTOS; El Informe N° 000014-2015-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, Informe N° 000034- 2015-GG/ONPE de la Gerencia General; así como el Informe N° 000146-2015-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y fi nanciera, siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2015- PCM publicado en el diario ofi cial El Peruano el 28 de febrero de 2015, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2015 para el domingo 05 de julio de 2015, con la fi nalidad de elegir Alcaldes y Regidores de los Concejos Municipales de las circunscripciones en las que se declaró la nulidad de las Elecciones Municipales del año 2014; Que, de conformidad con el artículo 37° de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares, y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, en atención a lo previsto en el literal c) del artículo 5° de la Ley Orgánica de la ONPE, Ley N° 26487, es función de este organismo electoral planifi car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente; Que, según lo dispuesto por el artículo 165° de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N’ 26859: “(. . .) El diseño y el procedimiento de ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizaciones políticas, agrupaciones independientes y candidatos dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas. La ubicación de las candidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público”; Que, entre otros aspectos, la citada norma establece la fecha en que se publicará el procedimiento del sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio; Que, adicionalmente al procedimiento antes mencionado, el Jurado Nacional de Elecciones, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2002, a propósito de un recurso de nulidad interpuesto por la organización política local “Ahora Desarrollo Organización Responsabilidad y Apertura- D.O.R.A.”, emitió la Resolución N° 314-2002-JNE publicada en el diario ofi cial El Peruano el 30 de agosto de 2002, disponiendo que “la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, realice un primer sorteo a nivel nacional para la ubicación de los bloques en la cédula de sufragio; y, posteriormente, se realice el sorteo para la ubicación de los símbolos o números en cada bloque”; sin establecer la fecha en que debía realizarse el primer sorteo de los bloques de organizaciones políticas; Que, teniendo en cuenta el literal m) del artículo 68° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado por las Resoluciones Jefaturales N° 063-2014-J/ONPE y N° 216-2014-J/ONPE, respectivamente; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del informe de vistos, ha propuesto a la Gerencia General las “Instrucciones para el sorteo de ubicación de bloques de las Organizaciones Políticas en la cédula de sufragio a utilizarse en las Elecciones Municipales Complementarias 2015”; Que, de acuerdo a lo expuesto, la Gerencia General, con el informe de vistos, presenta a la Jefatura Nacional la propuesta antes mencionada, recomendando su aprobación y publicación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los incisos c), g) y h) del artículo 5° de la Ley Orgánica de la ONPE, Ley N° 26487; así como en los literales n) y s) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modifi cado por las Resoluciones Jefaturales N° 063 y N° 216-2014-J/ONPE, respectivamente; y, con el visado de la Gerencia General, de la Secretaría General y de las Gerencias de Gestión Electoral y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las “Instrucciones para el sorteo de ubicación de bloques de las Organizaciones Políticas en la cédula de sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2015”, la cual consta de ocho (08) artículos, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, y de los personeros de las organizaciones políticas participantes, el contenido de la presente resolución. Artículo Tercero.- Publicar el contenido de la presente resolución y su anexo en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional www.onpe.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe ANEXO A LA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0108-2015-J/ONPE INSTRUCCIONES PARA EL SORTEO DE UBICACIÓN DE BLOQUES DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS EN LA CÉDULA DE SUFRAGIO DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2015 Artículo 1°.- Sede del sorteo El sorteo se llevará a cabo en la sede central de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, estando a cargo de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas. Artículo 2°.- Actos previos Previamente al sorteo, la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Corporativas confi rmará la presencia de