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El Peruano Martes 31 de marzo de 2015 549810 – VUSP, teniéndose en cuenta que las tecnologías de la información y comunicaciones permiten brindar al ciudadano un mejor servicio por parte del Estado, siendo un mecanismo necesario para fortalecer la simpli fi cación administrativa a través de la automatización progresiva de los procedimientos administrativos en el citado Sector; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 013-2014-PRODUCE señala que la incorporación de los procedimientos y servicios a la VUSP se dispondrá mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción; Que, conforme a los memorandos de vistos se propone la incorporación en la Ventanilla Única del Sector Producción – VUSP de los siguientes procedimientos: Nº TUPADENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO 26 Certi fi cación o actualización de instrumentos de gestión ambiental para las actividades de consumo humano directo 36 Otorgamiento de concesión para el desarrollo de la acuicultura de mayor escala 43 Otorgamiento de autorización para el desarrollo de la acuicultura de mayor escala 70 Certi fi cado de estudio de impacto ambiental semi detallado (EIA-SD) 85 Certi fi cación de estudios ambientales con innovacion tecnologica de plantas de harina y aceite de pescado 126 Constancia de cumplimiento de reglamento técnico162 Inscripción en el registro único de usuarios y transportistas de alcohol etílico 163 Renovación de la inscripción en el registro único de usuarios y transportistas de alcohol etílico 165 Cancelación de la inscripción en el registro único de usuarios y transportistas de alcohol etílico 166 Autorización de registros especiales de alcohol etílico 168 Inscripción en el registro de comercializadores de bebidas alcohólicas 169 Actualización de la información proporcionada en la inscripción en el registro de comercializadores de bebidas alcohólicas 170 Cancelación de la inscripción en el registro de comercializadores de bebidas alcohólicas 172 Autorización para el ingreso a territorio nacional de sustancias agotadoras de la capa de ozono permitidas 173 Autorización para el ingreso a territorio nacional de equipos que no contengan o requieran sustancias agotadoras de la capa de ozono prohibidas Que, la incorporación de los procedimientos indicados no modi fi ca procedimiento alguno de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) ni de la Ventanilla Única de Acuicultura (VUA), en cumplimiento de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 013-2014-PRODUCE; Que, en virtud a lo expuesto, corresponde emitir la Resolución Ministerial que incorpore a la Ventanilla Única del Sector Producción – VUSP los procedimientos N°s 26, 36, 43, 70, 85, 126, 162, 163, 165, 166, 168, 169, 170, 172 y 173, correspondientes al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2015-PRODUCE; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Incorporar procedimientos TUPA en la VUSP Incorpórese los procedimientos N°s. 26, 36, 43, 70, 85, 126, 162, 163, 165, 166, 168, 169, 170, 172 y 173 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2015-PRODUCE, a la Ventanilla Única del Sector Producción (VUSP). Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 052-2015-PRODUCE. Déjese sin efecto la Resolución Ministerial N° 052- 2015-PRODUCE, que incorporó los procedimientos N°s. 38 y 43 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE, a la Ventanilla Única del Sector Producción (VUSP). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1218814-2 RELACIONES EXTERIORES Nombran Director Regional de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Iquitos, departamento de Loreto RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0093/RE-2015 Lima, 26 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N.° 020-2002-RE, se crean las O fi cinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores como órganos que impulsarán la ejecución de la estrategia de desarrollo fronterizo del país, la inserción de las capacidades locales en la economía regional y mundial, y el aprovechamiento efi ciente en las zonas concernidas de los acuerdos binacionales y regionales de integración y cooperación en los que participa el Perú, apoyando el proceso de descentralización del país; Que, por necesidad del Servicio, se requiere nombrar a un Director Regional de la O fi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Iquitos, departamento de Loreto; De conformidad con la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N.º 020-2002-RE; el Decreto Supremo N.° 181-2002-EF; y la Resolución Ministerial N.° 0579-2002-RE y sus modi fi catorias SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Jesús Cristóbal Carranza Quiñones, Director Regional de la O fi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Iquitos, departamento de Loreto, a partir del 29 de marzo de 2015. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIO DE LA PUENTE EmbajadorViceministro de Relaciones Exteriores 1218413-1