Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2015 (02/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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El Peruano Sabado 2 de MORDAZA de 2015

RR. N°s. 1573, 1574, 1575, 1576, 1577, 1578, 1579, 1580, 1581, 1582, 1583, 1584 y 1585-2015-MP-FN.- Dan por concluidos designaciones y nombramientos, designan, nombran y aceptan renuncias de fiscales en diversos Distritos Fiscales 551877 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. N° 2310-2015.- Autorizan al Banco Falabella Peru S.A. la apertura de oficina especial ubicada en el departamento de MORDAZA 551882 RR. N°s. 2400, 2405 y 2406-2015.- Autorizan viajes de funcionarios a Ecuador, Turquia y EE.UU., en comision de servicios 551882

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA R.A. N° 233-2015-MDPP-ALC.- Aprueban el Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad 551890 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES Ordenanza N° 379-MDSMP.- Ordenanza Municipal que convoca y reglamenta el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito para el ano 2016 551895 Ordenanza N° 380-MDSMP.- Ordenanza sobre la modificacion de la Ordenanza N° 292-MDSMP del Servicio Publico de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores en el distrito de San MORDAZA de Porres 551896 Acuerdo N° 014-2015-MDSMP.- Emiten pronunciamiento sobre Dictamen de Comision del Congreso de la Republica recaido en el Proyecto de Ley N° 3293/2013-PE 551896

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Res. N° 006-2015-GRH/GRDE.- Declaran la nulidad de la Resolucion Directoral Regional N° 009-2014-GR-HUANUCO/DREMH 551884

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA Ordenanza N° 287.- Ordenanza que establece facilidades e incentivos tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de La MORDAZA sobre deudas generadas por fiscalizacion tributaria y/o actualizacion catastral 551887

SEPARATA ESPECIAL
SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES Res. N° 008-2015-SMV/01.- Modificacion del Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA 551832

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban Guia de Buenas Practicas Agricolas en la Produccion del Cultivo de Quinua
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 043-2015-MINAGRI-SENASA-DIAIA
La MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, organismo adscrito al Ministerio de Agricultura. Asimismo en el Articulo 5º establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es la responsable de promover y participar en la armonizacion y equivalencia internacional de normas y medidas sanitarias y fitosanitarias. Asimismo, tiene la responsabilidad de promover la suscripcion y asegurar el cumplimiento de los convenios con instituciones nacionales y extranjeras, de los sectores publico y privado, destinados a la promocion de la sanidad agraria, y participar, en representacion del Peru, en las negociaciones tecnicas de convenios y acuerdos internacionales sobre la materia; concordante con el objeto de la Ley sobre la promocion de las condiciones sanitarias favorables para el desarrollo sostenido de la agroexportacion, a fin de facilitar el acceso a los mercados de los productos agrarios nacionales. Que, el Articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 1062 ­ Ley de Inocuidad de los Alimentos, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA es la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria y tiene competencia exclusiva en el aspecto tecnico, normativo

y de vigilancia en materia de inocuidad de los alimentos agropecuarios de produccion y procesamiento primario destinados al consumo humano y piensos, de produccion nacional o extranjera; ademas senala que la Autoridad Nacional de Sanidad Agraria ejercera sus competencias contribuyendo a la proteccion de la salud de los consumidores y promoviendo la competitividad de la agricultura nacional, a traves de la inocuidad de la produccion agropecuaria; Que, el Articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 1062 - Ley de Inocuidad de los Alimentos, establece que son funciones de la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria en materia de inocuidad alimentaria en alimentos agropecuarios de produccion y procesamiento primario entre otros: 1) Promover y facilitar la implementacion y ejecucion de un sistema de aseguramiento de la calidad sanitaria basado en analisis de peligros y control de puntos criticos (HACCP) y sus pre-requisitos, con la finalidad de asegurar productos inocuos y fomentar la competitividad de la agricultura nacional; y, 2) establece la emision de protocolos tecnicos relacionados con el cumplimiento de las normas de inocuidad alimentaria de produccion y procesamiento primario; Que, el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 004-2011AG, Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, establece que los productores de alimentos agropecuarios primarios deberan implementar los lineamientos sobre Buenas Practicas de Produccion e Higiene que establezca el SENASA. Los Procesadores primarios de alimentos agropecuarios primarios y piensos, deberan cumplir con la aplicacion de los principios del Sistema de Analisis de Peligros y Puntos Criticos de Control-APPCC/HACCP y desarrollar Procedimientos Operativos Estandarizados de Saneamiento-POES que describan los metodos de saneamiento diario a ser cumplidos; Que, el Articulo 47º del Decreto Supremo Nº 0042011-AG, Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, establece que el SENASA y los Gobiernos Regionales y Locales, mantendran informacion actualizada sobre inocuidad agroalimentaria en sus portales institucionales y, de ser posible, en algun otro medio de difusion o divulgacion. Asi mismo, mantendran comunicacion estrecha con otras autoridades y asociaciones de consumidores, coordinando y ejerciendo actividades

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