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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2015 (02/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Sábado 2 de mayo de 2015 551857 que conlleven a la protección de la salud de los consumidores; Que, en dicho contexto, es necesario brindar a los actores de la cadena agroalimentaria primaria, información que les sirva de guía para ejecutar las actividades relacionadas a las Buenas Prácticas de Producción e Higiene en alimentos agropecuarios primarios y piensos; De conformidad con lo dispuesto y, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, Decreto Legislativo Nº 1062 - Ley de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Supremo Nº 004-2011-AG y por el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con los visados de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria y Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Guía de Buenas Prácticas Agrícolas en la Producción del Cultivo de Quinua, la cual estará disponible en la página web institucional del SENASA www.senasa.gob.pe Artículo 2º.- La Guía de Buenas Prácticas Agrícolas en la Producción del Cultivo de Quinua podrá ser actualizada y/o modifi cada como resultado de su aplicación y validación en campo, por Resolución Directoral; cuando se considere necesario en función de brindar la mejor información a los actores de la cadena agroalimentaria primaria. Artículo 3º.- De igual forma se podrán elaborar otras guías en función de las características y complejidad detectada en la aplicación de las Buenas Prácticas Agrícolas en la Producción del Cultivo de Quinua por los actores de la cadena agroalimentaria primaria, las que serán publicadas oportunamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUÉ CARRASCO VALIENTE Director General Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agrolimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1232211-1 AMBIENTE Autorizan viaje de funcionario del Ministerio a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 100-2015-MINAM Lima, 29 de abril de 2015 Visto, el Memorando N° 163-2015-MINAM-VMGA de 27 de abril de 2015, del Viceministerio de Gestión Ambiental; la Memoranda N° 042 y 614-2015-MINAM/ SG/OPP de 22 de enero y 29 de abril de 2015, respectivamente, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 129-2015-MINAM/SG/ OGA de 29 de abril de 2015, de la Oficina General de Administración; la Ficha de Solicitud Autorización Viaje al Exterior; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta de Invitación recibida el 21 de abril de 2015, los Representantes de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile y del Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica, comunican al Ministerio del Ambiente - MINAM, el inicio de la fase de negociación de los países miembros en la Primera Reunión del Comité de Negociación del Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, negociaciones que se realizarán en la ciudad de Santiago - República de Chile, del 05 al 07 de mayo de 2015; Que, mediante la Declaración sobre la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en América Latina y el Caribe, los países de la Región se propusieron avanzar en la consecución de un convenio regional u otro instrumento para la implementación de los derechos de Acceso a la Información, Participación y Justicia en Materia Ambiental; Que, el instrumento regional que resulte de este proceso no solo fortalecerá los derechos de acceso en América Latina y el Caribe, sino que además profundizará la cooperación regional y será de apoyo para la implementación de la Agenda de Desarrollo después de 2015 en América Latina y el Caribe; Que, mediante Ofi cio N° 661-2015-MINAM/SG de 23 de abril de 2015, el Secretario General del Ministerio del Ambiente - MINAM, comunica a la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe – CEPAL que el señor Jorge Mariano Guillermo Castro Sánchez-Moreno, Viceministro de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente - MINAM, participará en las citadas negociaciones, en calidad de representante del Ministerio del Ambiente – MINAM; Que, el artículo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, en tal sentido, la asistencia y participación de un representante del Ministerio del Ambiente - MINAM, en el mencionado evento, se encuentra subsumida en la excepción establecida por el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 30281, en razón a que el viaje se efectuará en el marco de las negociaciones del Acuerdo Regional para la implementación cabal de los derechos de acceso a la información, participación y justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe, por tanto, es de especial interés para el Ministerio del Ambiente - MINAM, en su condición de Autoridad Ambiental Nacional; por lo que, resulta conveniente autorizar el viaje del mencionado funcionario, el cual se realizará con cargo al presupuesto institucional; Que, mediante la Memoranda N° 042 y 614-2015- MINAM/SG/OPP de 22 de enero y 29 de abril de 2015, respectivamente, la Directora de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto emite el Certifi cado de Crédito Presupuestario, sobre disponibilidad de recursos en la Genérica de Gasto 2.3: Bienes y Servicios, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio del Ambiente; Con el visado de la Secretaría General, la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley N° 27619 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción y en comisión de servicios, el viaje al exterior del señor JORGE MARIANO GUILLERMO CASTRO SÁNCHEZ-MORENO, Viceministro de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente - MINAM, a la ciudad de Santiago - República de Chile, del 04 al 07 de mayo de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (tarifa económica, incluido el TUUA) US $ 2,500.00 Viáticos (US $ 370 x 4 días) US $ 1,480.00