Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2015 (02/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Que, mediante Parte Diario Nº 029783 de fecha 17 de febrero de 2015, La Escuela cumple con subsanar las observaciones advertidas en el oficio mencionado en el parrafo precedente; Que, el numeral c) del articulo 47º de El Reglamento, indica que es obligacion de las Escuelas de Conductores "Informar a la DGTT sobre cualquier modificacion de los terminos de la resolucion de autorizacion como Escuela de Conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modificacion de la misma, o sobre cualquier informacion que deba ser registrada en el Registro Nacional de Escuela de Conductores."; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de la clase A categorias II y III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el numeral 66.4 de El Reglamento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos, indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, el articulo 53º de El Reglamento indica que "La Resolucion de Autorizacion como Escuela de Conductores contendra lo siguiente:...e) Los cursos que puede impartir"; Que, el numeral 66.4 del articulo 66º de El Reglamento senala que el programa de estudios para obtener la licencia de conducir de clase A categoria I comprende todos los cursos generales senalados en el numeral 66.1 del presente articulo, con un minimo de 12 horas de ensenanza teorica y un minimo de 8 horas de practica de manejo, concordante con el literal e) del articulo 51º del mismo texto legal, que senala, entre otros, requisitos, la MORDAZA del programa de estudios debidamente desarrollado, conteniendo los cursos que se dictaran, la propuesta de horarios, el numero de horas asignadas a cada modulo y los instructores responsables de impartir los mismos;

El Peruano Sabado 2 de MORDAZA de 2015

Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 284-2015-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada SOBRE RUEDAS DEL SUR EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - SOBRE RUEDAS DEL SUR E.I.R.L., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I asi como su respectiva revalidacion, con el horario y los instructores autorizados mediante Resolucion Directoral Nº 4063-2013-MTC/15. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada SOBRE RUEDAS DEL SUR EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - SOBRE RUEDAS DEL SUR E.I.R.L., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

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