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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2015 (02/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Sábado 2 de mayo de 2015 551862 Social de Lima-Callao, Director de Políticas y Normativa del Trabajo, Asesor del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo y Asesor de la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo; Que, ha demostrado a lo largo de su trayectoria profesional una continua preocupación por el mejor diseño y formulación de normas relacionadas con los derechos laborales fundamentales en general, y de los derechos de los grupos vulnerables en particular; Que, destaca su aporte en la Defensoría del Pueblo como Jefe del Área de Administración Estatal durante 3 años, conformando el equipo que elaboró el Informe Defensorial N° 85 “La situación de los sistemas públicos de pensiones de los Decretos Leyes N° 19990 y 20530: Los derechos adquiridos, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la necesidad de una reforma integral”; Que, por su importante aporte a la función pública ha sido reconocido por el Estado con la “Orden del Servicio Civil del Estado en el grado de Medalla de Bronce” (1999) y por el Colegio de Abogados de Lima con la “Premiación del Abogado con Habilidades Diferentes” (2014), por su destacado desempeño laboral; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Nº 20585; el artículo 4 del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el numeral 4 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Ofi cial” al señor HUGO WALTER CARRASCO MENDOZA, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1232229-5 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 008-2015-TR Lima, 1 de mayo de 2015 VISTO: Con fecha 28 de abril de 2015, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación de la señora Melania Acuña Cruz para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de Ofi cial; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 3 y 21 del Reglamento de la “Orden del Trabajo”, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro grados y su condecoración se otorga por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, asimismo, el artículo 22 del referido Decreto Supremo, prescribe que constituyen acciones distinguidas los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; y que constituyen servicios meritorios: (i) todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las instituciones del Sector Trabajo, tanto en el país como en el extranjero; (ii) haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) la inspiración, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta signifi cación para el progreso del Sector Trabajo; (iv) la producción de trabajo o investigación original relacionada con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye signifi cativamente al mejoramiento del Sector, y (v) el desempeño efi ciente en comisión de excepcional importancia o benefi cio de las relaciones de trabajo o de la seguridad social; Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, la señora Melania Acuña Cruz es una mujer emprendedora, que a partir del fallecimiento de su esposo y convertirse en el único sustento de sus menores hijos, se ha dedicado a desarrollar actividades domésticas, tareas agrícolas y emprendimiento de pequeños negocios en su comunidad; Que, en el año 2012 fue incorporada como participante en los proyectos de inversión pública intensivos en mano de obra no califi cada cofi nanciados por el Programa Trabaja Perú en el ámbito de la Unidad Vecinal de Huaycán del distrito de Ate Vitarte, proceso en el que tuvo un liderazgo, participando activamente en el Comité de Veeduría Social conformado en los proyectos, espacio en el que la sociedad civil participa activamente como veedora, vigilante en la ejecución de los proyectos, a fi n de que los recursos transferidos por el Programa sean utilizados exclusivamente en los proyectos generadores de empleo temporal, por lo que ha ejercido su rol fi scalizador para garantizar la transparencia en la ejecución de los proyectos, gestionando para que en cada proyecto participe, por lo menos, una mujer en el Comité; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Nº 20585; el artículo 4 del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el numeral 4 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Ofi cial” a la señora MELANIA ACUÑA CRUZ, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1232229-6 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban renovación de vigencia de homologación de equipo analizador de gases, a favor de Z. Fleischman y Cía S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 170-2015-MTC/16 Lima, 13 de marzo de 2015 Vista, la Carta 1148/15 de fecha 18/02/2015 (P/D Nº 030957) presentada por la empresa Z. FLEISCHMAN Y CIA S.A.C. para que se renueve el plazo de vigencia de la homologación del equipo Analizador de Gases, marca OPUS PRODOX AB, modelo OPUS 40, tipo portátil, procedencia: Suecia, Código de Homologación: G-(R)- 007-2004- DGASA-MTC, para medición de emisiones vehiculares; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determinan las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de las normas socio-ambientales, con el fi n de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte;