Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2015 (02/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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El Peruano Sabado 2 de MORDAZA de 2015

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Otorgan autorizacion para la organizacion de sociedad agente de bolsa denominada Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A.
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISION DE ENTIDADES Nº 041-2015-SMV/10.2
MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2015 El Intendente General de Supervision de Entidades

Articulo 2º.- La autorizacion de organizacion a que se refiere el articulo precedente tendra una vigencia improrrogable de un (01) ano a partir de la notificacion de la presente resolucion. Articulo 3º.- La presente resolucion no autoriza el inicio de actividades de intermediacion hasta que la Superintendencia del MORDAZA de Valores expida la autorizacion de funcionamiento respectiva y se cumplan los requisitos establecidos en el articulo 11º del Reglamento de Agentes de Intermediacion. Articulo 4º.- La presente resolucion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles. Articulo 5º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 6º.- Transcribir la presente resolucion a la senorita MORDAZA Zagal MORDAZA en su calidad de representante de los organizadores. Registrese, comuniquese y publiquese.

VISTO: El Expediente Nº 2015001937 referido a la solicitud de autorizacion para organizar una sociedad agente de bolsa denominada Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A., iniciado por Sura Asset Management Peru S.A. y Activos Estrategicos Sura AM Colombia S.A.S. como organizadores, asi como el Informe Nº 336-2015-SMV/10.2 de fecha 15 de MORDAZA de 2015; CONSIDERANDO: Que, el articulo 168º de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 861, senala que para desempenarse como agente de intermediacion se requiere la autorizacion de organizacion y funcionamiento expedida por la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV, quien determinara los requisitos correspondientes mediante disposiciones de caracter general; Que, el articulo 3º del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 045-2006-EF/94.10, establece los requisitos que se deben acompanar a la solicitud de organizacion de un agente de intermediacion, la cual debe ser presentada cuando menos por el minimo de personas naturales o juridicas necesarias para constituir una sociedad anonima; Que, mediante comunicaciones remitidas hasta el 14 de MORDAZA de 2015 Sura Asset Management Peru S.A. y Activos Estrategicos Sura AM Colombia S.A.S. solicitaron autorizacion para la organizacion de una sociedad agente de bolsa que se denominara Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A.; Que, de acuerdo con la informacion presentada, los organizadores mencionados en el parrafo precedente tendran una participacion accionaria de 99,9% y 0,1%, respectivamente, en la sociedad agente de bolsa que se desea organizar; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada se ha determinado que los organizadores de la sociedad agente de bolsa a ser denominada Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A. han cumplido con los requisitos para la obtencion de la autorizacion de organizacion establecidos en el Reglamento de Agentes de Intermediacion, asi como a lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion de Superintendente Nº 146-2014-SMV/02, aplicable al presente procedimiento; tal como se desarrolla en el Informe Nº 336-2015-SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervision de Entidades; Que, asimismo, al no haberse presentado objeciones a la constitucion de la sociedad agente de bolsa o a las personas que la organizan, dentro del plazo establecido por el articulo 5º del Reglamento de Agentes de Intermediacion, corresponde otorgar la autorizacion solicitada; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 168º de la Ley del MORDAZA de Valores y el articulo 38º, numeral 5, inciso i) del Reglamento de Organizacion y Funciones de esta Superintendencia, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y su modificatoria. RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a Sura Asset Management Peru S.A. y Activos Estrategicos Sura AM Colombia S.A.S., autorizacion para la organizacion de la sociedad agente de bolsa denominada Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A. MORDAZA MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervision de Entidades

1225804-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designacion de Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS N° 017-2015-SUNAT/800000
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que el articulo 127° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Regimen de Fedatarios de las entidades de la Administracion Publica, senalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus necesidades de atencion; Que el numeral 2 del mencionado articulo precisa que el fedatario tiene como labor personalisima comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuacion administrativa sea exigida la agregacion de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que con la Resolucion de Superintendencia Nº 3542013/SUNAT se designo, entre otros, a la trabajadora MORDAZA Deniss MORDAZA MORDAZA como Fedatario Administrativo Titular de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, la misma que se ha estimado conveniente dejar sin efecto; Que de acuerdo con el inciso 17.1 del articulo 17° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros; En uso de la facultad conferida por el inciso j) del articulo 18° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto, a partir del 1 de MORDAZA de 2015, la designacion de la senora MORDAZA Deniss

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