Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2015 (14/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el numeral IV del literal b) del articulo 139° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, la valorizacion de la inversion de las instalaciones de los Sistemas Secundarios de Transmision (SST) y Sistemas Complementarios de Transmision (SCT), salvo los correspondientes a los SST remunerados exclusivamente por la demanda, asi como los que no estan comprendidos en un Contrato de Concesion de SCT, sera efectuada sobre la base de costos estandares de mercado; Que, el numeral V) del literal b) del articulo citado, dispone que Osinergmin establecera y mantendra actualizada y disponible, para todos los interesados, la Base de Datos que corresponda; Que, mediante Resolucion N° 226-2011-OS/CD, se aprobo la vigente "Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion en Sistemas de Transmision", la misma que ha sido actualizada anualmente MORDAZA del 30 de enero de cada ano, con informacion del ano anterior; Que, respondiendo a la necesidad recogida en los procesos de actualizacion de costos, se hizo indispensable optimizar el mecanismo de remision de informacion; y de esta manera, mediante Resolucion N° 171-2014-OS/CD, se aprobo la MORDAZA "Procedimiento para la Actualizacion de la Base de Datos de Modulos Estandares de Transmision", que establece criterios para la actualizacion y reestructuracion de la Base de Datos; Que, atendiendo a la aplicacion de nuevos elementos en el sistema electrico, asi como la incorporacion de nuevos procedimientos tecnicos del COES, se ha determinado la necesidad de reestructurar algunos modulos, ya sea, por la inclusion de nuevos modulos, por modificacion de sus componentes, por mejoras en los procedimientos de calculo o como resultado de la revision de la informacion contenida en las hojas de calculo; Que, sobre la base del MORDAZA de transparencia contenido en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado con Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, el cual dispone que, toda decision de cualquier organo de Osinergmin, debera adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse MORDAZA predecibles por los administrados y considerando que la Base de Datos es un insumo importante para la fijacion de las tarifas de los SST y SCT, corresponde disponer la publicacion del proyecto de resolucion que aprueba una nueva Base de Datos; Que, en atencion a lo expuesto, corresponde publicar en la pagina Web de Osinergmin, el proyecto de resolucion mediante el cual se aprueba la nueva Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision; para que las empresas titulares de los SST y SCT e interesados presenten sus comentarios y sugerencias a la misma dentro de un plazo de treinta (30) dias calendario; Que, se han expedido los Informes N° 306-2015GART y N° 307-2015-GART de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 009-93EM; en la Ley N° 28832, en el Reglamento de Transmision aprobado con Decreto Supremo N° 027-2007-EM; en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; y, en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias y complementarias; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesion N° 12-2015. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la publicacion en la pagina web de Osinergmin, www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolucion y la carpeta con la propuesta de la nueva "Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision" asi como de los Informes N°

El Peruano Jueves 14 de MORDAZA de 2015

306-2015-GART y N° 307-2015-GART, que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Definir un plazo de treinta (30) dias calendario contados desde el dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) de Osinergmin, ubicada en la Avenida Canada N°1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al Numero 2240491, o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: basemodulos2015@osinergmin.gob.pe, citando en el MORDAZA lo siguiente: "Reestructuracion Base de Datos". La recepcion de las opiniones y sugerencias en medio fisico o electronico, estara a cargo de la Sra. MORDAZA Gushiken Teruya. En el ultimo dia del plazo, solo se podran remitir los comentarios hasta las 18:00 horas. Articulo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria la recepcion y analisis de los comentarios que se presenten respecto del proyecto a que se refiere el Articulo 1°; asi como, la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin. Articulo 4°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 1237077-2

Disponen la publicacion de proyecto de resolucion que modifica la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados" en la pagina web de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 094-2015-OS/CD MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debidamente sustentados. Dichas entidades permitiran que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Articulo 25° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, en atencion a lo senalado en el considerando precedente, corresponde publicar en el diario oficial El Peruano, la resolucion que aprueba la publicacion del proyecto de modificacion de la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados", aprobada por Resolucion Nº 180-2007-OS/ CD y modificatorias. Asimismo, corresponde disponer que dicha resolucion sea consignada conjuntamente con el proyecto normativo, exposicion de motivos e informes que lo sustentan, en la pagina Web de Osinergmin, para la recepcion de comentarios y sugerencias por parte de los interesados, de acuerdo con lo establecido en las normas citadas en el considerando precedente; Que, en este sentido, se ha emitido el Informe N° 3042015-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° 309-2015-GART de la Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3°, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

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