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El Peruano Domingo 17 de mayo de 2015 552730 Que, habiéndose realizado el estudio de caracterización de residuos sólidos domiciliarios en el distrito de Chancay, el cual contribuye signifi cativamente en mejoras de la conservación y protección de los servicios ambientales del distrito, resulta aplicable la expedición del Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art. 20° inciso 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa de SEGREGACIÓN EN LA FUENTE COMO PARTE DEL PROCESO DE RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS, en el 27% de las viviendas de la Zona Urbana del distrito de Chancay, el mismo que se extenderá progresivamente en toda la circunscripción del distrito de Chancay, por los motivos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos, y a la División de Medio Ambiente, Limpieza Pública, Saneamiento, Áreas Verdes y Transportes el cumplimiento de la presente disposición municipal, en cuanto les correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1237642-1 Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015 del distrito de Chancay ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2015-MDCH Chancay, 25 de marzo de 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Legal N° 248-2015-MDCH/DAL, mediante el cual la Dirección de Asesoría Legal pone a consideración el proyecto de ordenanza que Ratifi ca el “Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015 del distrito de Chancay”, propuesta por la CODISEC – Chancay; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reconoce a la municipalidades como órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, la autonomía municipal supone capacidad de auto desenvolvimiento en lo administrativo, político y económico de las municipalidades, sean estas provinciales o distritales; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1.1 del artículo 85° de la Ley N° 27972, las municipalidades deben establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y de la policía Nacional del Perú; Que, la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, modifi cado por la Ley Nº 28863, tiene por objeto coordinar efi cazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz social; por tal motivo resulta necesario establecer la efectiva ejecución de los planes integrados de Seguridad Ciudadana entre la Policía Nacional del Perú y los Gobiernos Locales, en concordancia con el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana SINASEC, así como determinar los procedimientos para la implementación y ejecución de dichos planes; Que, el artículo 2° de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala que esta es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífi ca, la erradicación de la violencia y la utilización pacífi ca de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2013-IN, se aprobó Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, como Política Nacional del Estado Peruano, principal instrumento orientador en esta materia, que establece la visión, las metas, los objetivos y las actividades para enfrentar la inseguridad, la violencia y el delito en el país, siendo de aplicación obligatoria en los tres niveles de gobierno y de todas las entidades que integran el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC); Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2014-IN Decreto Supremo que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en su Art. 30 inciso e) Presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratifi cación mediante Ordenanza Municipal; Que, el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Chancay, obedece a la necesidad de contar con un instrumento de gestión interinstitucional para reducir la violencia y la inseguridad desde una óptica integral, multisectorial, dentro del marco de las políticas del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y en concordancia con la Ley N° 27933 – Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, mediante Acta de Reunión Ordinaria del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC – Chancay de fecha 22 de enero de 2015, se APROBÓ el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Chancay por los miembros del CODISEC – Chancay; Que, del mismo cuerpo normativo se establece en el artículo 40º, “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa (...)”; Que, estando a lo dispuesto en el artículo 20º inciso 5, el artículo 40º y el artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Nº 27972, y con el voto mayoritario de los miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015 DEL DISTRITO DE CHANCAY Artículo Primero.- RATIFICAR el “PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015 DEL DISTRITO DE CHANCAY”, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Secretario Técnico del CODISEC – Chancay, realizar las acciones que sean necesarias para el cumplimiento de las actividades programas en el presente plan. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos y a la División de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal que adopte las acciones necesarias para la ejecución y cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana 2015 del Distrito de Chancay, en el Portal Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el artículo 44º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1237642-2