Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2015 (17/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Que, habiendose realizado el estudio de caracterizacion de residuos solidos domiciliarios en el distrito de Chancay, el cual contribuye significativamente en mejoras de la conservacion y proteccion de los servicios ambientales del distrito, resulta aplicable la expedicion del Decreto de Alcaldia correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art. 20° inciso 6 de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Programa de SEGREGACION EN LA FUENTE COMO PARTE DEL MORDAZA DE RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS DOMICILIARIOS, en el 27% de las viviendas de la MORDAZA MORDAZA del distrito de Chancay, el mismo que se extendera progresivamente en toda la circunscripcion del distrito de Chancay, por los motivos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Direccion de Gestion Ambiental y Servicios Publicos, y a la Division de Medio Ambiente, Limpieza Publica, Saneamiento, Areas Verdes y Transportes el cumplimiento de la presente disposicion municipal, en cuanto les correspondan. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1237642-1

El Peruano MORDAZA 17 de MORDAZA de 2015

Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015 del distrito de Chancay
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2015-MDCH Chancay, 25 de marzo de 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Legal N° 248-2015-MDCH/DAL, mediante el cual la Direccion de Asesoria Legal pone a consideracion el proyecto de ordenanza que Ratifica el "Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015 del distrito de Chancay", propuesta por la CODISEC ­ Chancay; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, reconoce a la municipalidades como organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, la autonomia municipal supone capacidad de auto desenvolvimiento en lo administrativo, politico y economico de las municipalidades, MORDAZA estas provinciales o distritales; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1.1 del articulo 85° de la Ley N° 27972, las municipalidades deben establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participacion de la sociedad civil y de la policia Nacional del Peru; Que, la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, modificado por la Ley Nº 28863, tiene por objeto coordinar eficazmente la accion del Estado y promover la participacion ciudadana para garantizar una situacion de paz social; por tal motivo resulta necesario establecer la efectiva ejecucion de los planes integrados de Seguridad Ciudadana entre la Policia Nacional del Peru y los Gobiernos Locales, en concordancia con el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana SINASEC, asi como determinar los procedimientos para la implementacion y ejecucion de dichos planes; Que, el articulo 2° de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana senala que esta

es la accion integrada que desarrolla el Estado, con la colaboracion de la ciudadania, destinada a asegurar su convivencia pacifica, la erradicacion de la violencia y la utilizacion pacifica de las vias y espacios publicos. Del mismo modo, contribuir a la prevencion de la comision de delitos y faltas; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2013-IN, se aprobo Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, como Politica Nacional del Estado Peruano, principal instrumento orientador en esta materia, que establece la vision, las metas, los objetivos y las actividades para enfrentar la inseguridad, la violencia y el delito en el MORDAZA, siendo de aplicacion obligatoria en los tres niveles de gobierno y de todas las entidades que integran el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC); Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2014-IN Decreto Supremo que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en su Art. 30 inciso e) Presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificacion mediante Ordenanza Municipal; Que, el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Chancay, obedece a la necesidad de contar con un instrumento de gestion interinstitucional para reducir la violencia y la inseguridad desde una optica integral, multisectorial, dentro del MORDAZA de las politicas del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y en concordancia con la Ley N° 27933 ­ Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, mediante Acta de Reunion Ordinaria del Comite Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC ­ Chancay de fecha 22 de enero de 2015, se APROBO el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Chancay por los miembros del CODISEC ­ Chancay; Que, del mismo cuerpo normativo se establece en el articulo 40º, "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa (...)"; Que, estando a lo dispuesto en el articulo 20º inciso 5, el articulo 40º y el articulo 79° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Nº 27972, y con el MORDAZA mayoritario de los miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del tramite de lectura del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015 DEL DISTRITO DE CHANCAY Articulo Primero.- RATIFICAR el "PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015 DEL DISTRITO DE CHANCAY", aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana ­ CODISEC, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Secretario Tecnico del CODISEC ­ Chancay, realizar las acciones que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de las actividades programas en el presente plan. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion de Gestion Ambiental y Servicios Publicos y a la Division de Seguridad Ciudadana y Policia Municipal que adopte las acciones necesarias para la ejecucion y cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana 2015 del Distrito de Chancay, en el MORDAZA Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el articulo 44º inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1237642-2

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