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El Peruano Martes 26 de mayo de 2015 553299 municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario Que, en las Leyes de Presupuesto del Sector Público se ha venido estableciendo la prohibición de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos señalando que la excepción a dicha regla, en los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del concejo municipal, y que en todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción sea publicada en el diario ofi cial El Peruano. Que, habiendo recibido la invitación de la Vice Prefecta para la conmemoración de los 193 años de la Batalla de Pichincha que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, y estando dentro de este magno evento la suscripción del Acuerdo Marco de Hermanamiento y Cooperación entre la Municipalidad Provincial de Paita de la República del Perú y el Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Pichincha de la República del Ecuador, cuyo objetivo es fortalecer el acuerdo y el entendimiento entre ambas ciudades y las instituciones de sus respectivas áreas territoriales, a fi n de intensifi car los esfuerzos comunes, y contribuir al intercambio de experiencias y a la realización de actividades comunes; en ese orden de ideas en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal fue tratada y analizada la misma. Que, luego de las diversas intervenciones de los miembros del Concejo por Mayoría Simple se aprobó autorizar el viaje del Señor Alcalde. Que, asimismo se puso a consideración del Pleno del Concejo otorgarle facultades al Titular del Pliego para la suscripción del Acuerdo Marco de Hermanamiento y Cooperación entre la Municipalidad Provincial de Paita de la República del Perú y el Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Pichincha de la República del Ecuador, lo que fue aprobado por Mayoría Califi cada. En uso de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y a la aprobado en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal del 18 de mayo de 2015, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Alcalde, PROF. LUIS REYMUNDO DIOSES GUZMÁN, del 21 al 24 de mayo de 2015, para que en representación de la Municipalidad Provincial de Paita participe en los actos celebratorios de los 193 años de la Batalla de Pichincha que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador. Artículo Segundo.- Otorgar facultades al señor Alcalde, Prof. Luis Reymundo Dioses Guzmán para la suscripción del Acuerdo Marco de Hermanamiento y Cooperación entre la Municipalidad Provincial de Paita de la República del Perú y el Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Pichincha de la República del Ecuador. Artículo Tercero.- Autorícese el viaje del ING. CHRISTOPHER PARODI RUMICHE, Gerente de Desarrollo Urbano y Rural para que conjuntamente con el Titular del Pliego participe en los actos celebratorios de los 193 años de la Batalla de Pichincha que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador y otras actividades protocolares. Artículo Cuarto.- Establecer que los gastos de alojamiento, alimentación y desplazamientos internos para el Titular del Pliego y el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural durante su estancia en Quito, serán una cortesía de la Provincia de Pichincha; en tal sentido, teniendo en consideración lo que dispone el D.S. 056-2013-PCM, que para América del Sur los viáticos son de US$ 370.00 diarios; sin embargo, con lo antes acotado se toma en cuenta el viático parcial de US$ 100.00 diarios para cada uno de los participantes y US$ 100.00 por concepto de pasajes para c/u, con cargo al Rubro 08 Impuestos Municipales, partidas 2.3.2.1.2.2. Viáticos y 2.3.2.1.2.1 pasajes. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General e Imagen Institucional en coordinación con la Subgerencia de Sistemas Informática, la difusión y su publicación en el diario El Peruano y la página web. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCO JAVIER RUMICHE R. Encargado de Alcaldía 1241356-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ARENA Autorizan viaje de Alcalde a Ecuador, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO N° 041-2015-MDLA/CM La Arena 8 de Mayo de 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ARENA: VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 08 de Mayo de 2015, La Carta 15S-00223- P/00062201/G, con Nº de Registro 3374, Informe Nº 119- 2015-MDLA-SGAJ de fecha 07 de Mayo de 2015, respecto a Autorización de Viaje del Señor Alcalde en Comisión de Servicio a la Ciudad de Quito Ecuador. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, prescribe que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, prescribe: “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, el inciso 11) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de Servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, La Ley Nº 27619, regula la autorizaciones para viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, preceptuando que estas serán autorizadas por la más alta autoridad de la respectiva entidad, así como el Decreto Supremo Nº 056-2013- EF, que modifi ca la escala de viáticos para viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; Que, en concordancia con lo indicado según el artículo 10 de la Ley Nº 30281 Ley del Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2015, se prohíben los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la indicada Ley señala, entre ellos el de los altos funcionarios y autoridades del Estado. Asimismo, indica que el requerimiento de excepciones adicionales a la señaladas, en el caso de los Gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autorizan mediante acuerdo del concejo regional o concejo municipal, respectivamente; y, en todos los casos, la Resolución o acuerdo de excepciones publicada en el diario Ofi cial El Peruano; Que, el Decreto Supremo Nº 056-2013-EF, QUE MODIFICA EL Art. 5º y 6º del D.S Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas Reglamentarias de viajes al Exterior de Servidores y funcionarios públicos, prescribe que las Resoluciones de autorización de viajes deberán publicarse en el diario ofi cial El Peruano con anterioridad al viaje; Que, mediante Carta 15S-00223-P/00062201/G, con Nº de Registro 3374 de fecha 07 de Mayo de 2015, el Coordinador del Área de Desarrollo Territorial del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo- PNUD Ecuador, solicita la participación del Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Arena, en el “Foro Latinoamericano y del Caribe, sobre Desarrollo Económico Territorial”, a desarrollarse en la ciudad de Quito- Ecuador, los días 18 y 19 de Mayo de 2015, Foro que se encuentra organizado por la Secretaria Nacional de Planifi cación y Desarrollo (SENPLADES), el Consorcio de