Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2015 (26/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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de Empresas Supervisoras, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo N° 031-2012-CD-OSITRAN, establece los procedimientos que OSITRAN debera seguir para contratar empresas supervisoras; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 19 del Texto Unico Ordenado de las Disposiciones Complementarias al Reglamento para la Contratacion de Empresas Supervisoras, tanto en el caso que OSITRAN contrate con recursos publicos como en el caso que lo haga con recursos privados, podra encargar directamente, el MORDAZA de seleccion a otra entidad gubernamental o a organismos internacionales; dicha decision debera emitirse a traves de una Resolucion de Gerencia General, la cual debera estar debidamente motivada; Que, con Memorando N° 2204-2014-GSF-OSITRAN del 10 de diciembre de 2014, la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion remitio a la Gerencia de Administracion, el proyecto de Terminos de Referencia para la contratacion del servicio de "Supervision de la ejecucion de las obras de la MORDAZA etapa de la Autopista: MORDAZA - Pativilca de la Red Vial N° 5", por lo que solicito se disponga el inicio de las gestiones para la contratacion de la empresa supervisora, recomendando que el MORDAZA de contratacion se efectue a traves de un organismo multilateral especializado en tales labores; Que, en tal sentido, la Supervision I de Logistica y Compras de la Gerencia de Administracion y Finanzas solicito al Organismo Internacional UNOPS que presente los costos administrativos y condiciones para realizar el encargo del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de "Supervision de la ejecucion de las obras de la MORDAZA etapa de la Autopista: MORDAZA - Pativilca de la Red Vial N° 5", para lo cual se remitio el proyecto de Terminos de Referencia respectivo; Que, mediante Carta UNOPS/PER/123449-C de fecha 05 de marzo de 2015, UNOPS remitio a OSITRAN, un proyecto de Convenio para el encargo del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de "Supervision de la ejecucion de las obras de la MORDAZA etapa de la Autopista: MORDAZA - Pativilca de la Red Vial N° 5", en el que detalla las caracteristicas de la prestacion del servicio, la duracion y los costos y/o gastos administrativos, entre otros; Que, mediante Informe Nº 055-2015-LOGISTICA-GAFOSITRAN, del 16 de marzo de 2015, la Jefatura de Logistica y Control Patrimonial de la Gerencia de Administracion propone la celebracion de un Convenio de Encargo con el organismo internacional UNOPS, senalando respecto a las razones de especialidad, que dada la envergadura y la complejidad de la contratacion del servicio de "Supervision de la ejecucion de las obras de la MORDAZA etapa de la Autopista: MORDAZA - Pativilca de la Red Vial N° 5", corresponde que el Comite Especial que conducira el MORDAZA de seleccion para su contratacion, sea un organo especializado y con amplia experiencia en el rubro, y siendo que UNOPS cumple con ambos requisitos, resulta ventajoso y beneficiosos que se encargue del MORDAZA de seleccion, toda vez que el mencionado organismo internacional cuenta con mas de treinta (30) anos de experiencia especializada, es un recurso central de adquisiciones del Sistema de las Naciones Unidas, y ayuda a sus asociados a satisfacer sus necesidades con rapidez, de forma profesional y de manera que se logre una relacion optima costo-calidad; Que, asimismo, en el referido Informe, la Jefatura de Logistica y Control Patrimonial manifiesta, respecto a las razones economicas, que el encargar la conduccion del MORDAZA de seleccion a UNOPS garantizara que un organo especializado se dedique de forma exclusiva a seleccionar al mejor proveedor acorde con el proyecto de Terminos de Referencia del servicio de supervision; ademas, debe tomarse en cuenta el ahorro de horas hombre y la oportuna satisfaccion de la necesidad, toda vez que si un comite especial de OSITRAN llevaria a cabo el MORDAZA, los funcionarios designados, dada sus funciones cotidianas, no se podrian dedicar exclusivamente a la conduccion del mismo; adicionalmente, indica que el encargar la administracion del MORDAZA de seleccion a UNOPS traera consigo el fomento de la convocatoria en el MORDAZA internacional, lo cual promovera la aplicacion del MORDAZA de Libre Concurrencia y Competencia, que rige para las contrataciones publicas; Que, el referido Informe, tal como se senala en el Memorando N° 500-15-GAF-OSITRAN, de fecha 30 de marzo de 2015, ha sido aprobado por la Gerencia de Administracion; Que, resulta pertinente mencionar que el 21 de MORDAZA de 2008, se suscribio el Acuerdo entre la Organizacion

El Peruano Martes 26 de MORDAZA de 2015

de las Naciones Unidas y la Republica del Peru para el establecimiento de la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas ­ UNOPS en MORDAZA, el mismo que fue ratificado mediante Decreto Supremo N° 029-2009-RE, el 27 de MORDAZA de 2009, incorporandolo asi a nuestro ordenamiento juridico; dicho Acuerdo contiene las condiciones basicas bajo las cuales UNOPS brinda asistencia sin fines de lucro al Gobierno, entre sus esfuerzos para lograr un desarrollo humano sostenible, de conformidad con los programas y prioridades nacionales de desarrollo; Que, con relacion al financiamiento de la contratacion objeto del encargo, cabe mencionar que mediante Informe N° 021-2015-JLCP-GA-OSITRAN emitido por la Jefatura de Logistica y Control Patrimonial, esta senala que, de conformidad con lo manifestado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a traves del Memorando N° 006-2015-GPP-OSITRAN, se cuenta con la opinion favorable requerida por la normativa de Contrataciones del Estado con relacion al financiamiento que sera asumido por el Concedente, a traves de modificaciones presupuestarias a nivel institucional a favor de OSITRAN; por otro lado, tal como lo ha senalado la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion en los Terminos de Referencia, el Concesionario financiara el servicio que sera materia de encargo de acuerdo a lo senalado en la Clausula 13.4 del el Contrato de Concesion; por lo que, respecto a este monto no se requiere contar con un informe favorable en el que se otorgue disponibilidad presupuestal; Que, por otro lado, a traves de la Nota N° 122-2015OPP-GG-OSITRAN, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (e) informo que se cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal para el pago de los costos administrativos de UNOPS, tal como se advierte de la Certificacion de Credito Presupuestario N° 423-2015; Que, mediante Informe N° 072-15-GAJ-OSITRAN, de fecha 19 de MORDAZA de 2015, la Gerencia de Asesoria Juridica de OSITRAN, senala que el texto del Convenio de Encargo entre UNOPS y el OSITRAN se encuentra en el MORDAZA de lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF; indicando, asimismo, que la decision para encargar directamente el MORDAZA de seleccion a un Organismo Internacional debe emitirse a traves de Resolucion de Gerencia General, tal como lo dispone el articulo 19 del Texto Unico Ordenado para la Contratacion de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de Transparencia, que rige las Contrataciones del Estado, se considera pertinente encargar a la Gerencia de Administracion efectuar las coordinaciones correspondientes con el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, a fin que el MORDAZA de seleccion materia de encargo sea publicado en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado ­ SEACE u otro medio equivalente; Que, para efectos de desarrollar la actividad operativa interna correspondiente a OSITRAN, dentro del MORDAZA del encargo especifico de MORDAZA de seleccion a que se refiere la presente Resolucion, se considera necesario conformar un Comite Tecnico Especializado, el mismo que debe reportar a la Gerencia General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26917, Ley de Supervision de la Inversion Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Publico; el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y modificatorias; el Reglamento para la Contratacion de Empresas Supervisoras por parte del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2001-PCM; el Texto Unico Ordenado para la Contratacion de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo N° 031-2012-CD-OSITRAN; la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y modificatoria, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 029-2009-RE, que ratifica el Acuerdo entre la Organizacion de las Naciones Unidas y la Republica del Peru para el establecimiento de la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas en Lima; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la suscripcion del Convenio entre el Organismo Supervisor de la Inversion de Infraestructura

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