Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2015 (26/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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propuesta, en atencion a que es una garantia del SNBE la venta del predio por subasta publica y la venta directa una excepcion a dicha garantia; y, debido a que se presume que el Estado es poseedor de los predios de su propiedad. Para la disposicion de terrenos estatales, mediante este mecanismo, a la SBN o el Gobierno Regional con competencias transferidas procederan a identificar la ocupacion informal, verificaran la fecha de inicio de posesion, el area ocupada, el uso predominante de vivienda, entre otros aspectos, emitiendo el respectivo Informe Tecnico Legal; sin perjuicio de poder encargar la ejecucion de dicha actividad a COFOPRI mediante convenio. En este procedimiento, la venta directa solo se podra realizar sobre terrenos matrices (macrolotes), y la solicitud de venta solo podra ser formulada de manera grupal, como asociacion o cooperativa de vivienda, formas de organizacion en que deben organizarse los poseedores, siendo esta situacion verificada en la inspeccion de MORDAZA que realice la entidad que efectua el procedimiento de venta directa, bajo apercibimiento de rechazar la solicitud. La finalidad de la venta directa de predios de propiedad del Estado ocupados informalmente, es el otorgamiento de la titularidad a cada uno de los asociados o socios poseedores que forman parte de la asociacion o cooperativa de vivienda solicitante de la venta. Para dicho efecto, se establece como una obligacion de la asociacion o cooperativa de vivienda solicitante de la venta, la ejecucion del MORDAZA de habilitacion MORDAZA correspondiente, bajo responsabilidad civil de sus representantes. Asimismo, en una Disposicion Complementaria se establece que las ocupaciones informales que se encuentre dentro del MORDAZA de formalizacion de la propiedad, bajo el MORDAZA de la Ley N° 28687, pueden solicitar la venta del terreno que ocupan el MORDAZA de la normatividad que se propone y que sera aprobada por decreto supremo. En ese sentido, la presente MORDAZA permitira complementar las disposiciones del SNBE, para la adquisicion ordenada de terrenos ocupados del Estado, cuya posesion se MORDAZA iniciado hasta MORDAZA del 25 de noviembre de 2010, con uso predominante de vivienda. ANALISIS DE COSTO BENEFICIO El proyecto de Decreto Supremo propuesto irrogara gastos a la SBN o al Gobierno Regional con competencias transferidas, que ejecute la venta directa; sin embargo, algunos de dichos gastos podran ser deducidos y cubiertos con el producto de la venta de los terrenos. Como beneficio, la propuesta normativa permitira el acceso ordenado a la propiedad predial de aquellos sectores de la poblacion que ocupan predios estatales informalmente, contribuyendo al desarrollo de familias ocupantes y del MORDAZA en general. EFECTO DE LA VIGENCIA DE LA MORDAZA EN LA LEGISLACION NACIONAL El proyecto de Decreto Supremo no colisiona con la Constitucion Politica del Peru, ni la legislacion nacional; lo que pretende es fomentar el acceso ordenado a la propiedad predial y reglamentar la venta directa de terrenos ocupados del Estado, cuya posesion se MORDAZA iniciado hasta MORDAZA del 25 de noviembre de 2010, con uso predominante de vivienda. 1242061-1

El Peruano Martes 26 de MORDAZA de 2015

del Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, cargo al cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificada por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA Analberto MORDAZA Pena, como Director General de la Direccion General de Programas y Proyectos en Construccion y Saneamiento del Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Salardi MORDAZA como Director General de la Direccion General de Programas y Proyectos en Construccion y Saneamiento del Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1242061-2

Modifican el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 137-2015-VIVIENDA MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2015 Vistos, el Informe N° 042-2015-VIVIENDA/VMVUPMIB de la Direccion Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB y el Memorandum Nº 1514-2015VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se establece que este Ministerio tiene por finalidad, normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, proteccion e integracion de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; que es el organo rector de las politicas nacionales y sectoriales dentro de su ambito de competencia; y que tiene como competencia exclusiva, dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales y sectoriales asi como la gestion de los recursos del Sector; Que, por Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modificado por los Decretos Supremos N° 001-2013VIVIENDA y N° 021-2014-VIVIENDA, se crea el Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - MVCS, bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el proposito de contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion MORDAZA, mediante la actuacion coordinada y concurrente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los Gobiernos Locales y la Comunidad Barrial; Que, el articulo 3 del Decreto Supremo Nº 0042012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 021-2014-VIVIENDA, dispone en el numeral 3.1, que los ambitos de intervencion del PMIB seran los MORDAZA urbanos en distritos de mas de 2,000 habitantes, pudiendo autorizarse por excepcion, mediante Resolucion Ministerial, la realizacion de intervenciones en los distritos cuya poblacion sea menor a 2,000 habitantes, ubicados en el ambito MORDAZA o rural; y senala en el numeral 3.2, que por excepcion, aprobada en MORDAZA expresa, se podran

Designan Director General de la Direccion General de Programas y Proyectos en Construccion y Saneamiento del Viceministerio de Construccion y Saneamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 136-2015-VIVIENDA MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 306-2014VIVIENDA, se designo al senor MORDAZA Analberto MORDAZA Pena como Director General de la Direccion General de Programas y Proyectos en Construccion y Saneamiento

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