Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2015 (07/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Cumbre de Mercociudades a realizarse en la ciudad de Sao Paulo ­ Brasil del 12 al 14 de noviembre del 2015; Que, Mercociudades es la principal Red de Gobiernos Locales del MERCOSUR, con el objetivo de favorecer la participación en el proceso de integración regional, promover la creación de un ámbito institucional para la ciudades en el seno del Mercado Común del Sur MERCOSUR y desarrollar el intercambio y la cooperación horizontal entre los gobiernos locales de la región, según lo estipulado en los Estatutos; Que, en la precitada sesión se vio el Pedido formulado mediante el documento del visto, comunicando el Sr. Alcalde que por razones estrictamente de trabajo es imposible que asista a la XX Cumbre de Mercociudades a realizarse en la ciudad de Sao Paulo ­ Brasil del 12 al 14 de noviembre del 2015, sugiriendo que en su representación asistirá el Señor Regidor Nicolás Ismael Chacaliaza Fernández, para que susciriba la afiliación de la Municipalidad Distrital de Santiago a la Red Mercociudades, y asistirá conjuntamente con el Señor Regidor Helmer Renato Tipiana Tipacti, Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes de esta Comuna; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, Ley Nº 30281, en el Subcapítulo III establece las Medidas de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto Público, que deben de tener todas las entidades del Estado, siendo que en el artículo 10º se señala las medidas en materia de bienes y servicios, indicando en el numeral 10.1 que se encuentra prohibido los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los casos establecidos entre otros, señalados en su literal c) concernientes a los Titulares de los organismos constitucionalmente autónomos, los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212; asimismo indica que en los casos de los Presidentes Regionales, Consejeros Regionales, Alcaldes y Regidores, las autorizaciones se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda; siendo obligatorio que en todos los casos, la Resolución o Acuerdo se publique en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobó con Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, se regula autorización de viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público;

Que, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013PCM, prescribe que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por zonas geográficas, los cuales deberán ser autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario Oficial El Peruano; Estando a lo expuesto y aprobado por Unanimidad en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE ACUERDA: Artículo 1º.- Aprobar la afiliación de la Municipalidad Distrital de Santiago ­ Ica ­ Perú a la Red MERCOCIUDADES, así como suscribir la Carta a la Secretaría Ejecutiva de la Municipalidad de Rosario ­ Argentina, en el marco de la XX Cumbre de Mercociudades a realizarse en la ciudad de Sao Paulo ­ Brasil del 12 al 14 de Noviembre de 2015. Artículo 2º.- Autorizar al Señor Regidor Nicolás Ismael Chacaliaza Fernández, para que en representación del Señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago, asistan a la XX Cumbre de Mercociudades a realizarse en la Ciudad de Sao Paulo ­ Brasil, del 12 al 14 de Noviembre del 2015, para que suscriba la Afiliación a la Red Mercociudades, Autorizando asimismo al Señor Regidor Helmer Renato Tipiani Tipacti, Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes, para que acompañe al precitado Regidor y asista a este evento a realizarse en la ciudad de Sao Paulo - Brasil. Artículo 3º.- Autorizar el monto de Novecientos Dólares Americanos ($ 900.00) por concepto de pasajes de ida y vuelta Lima ­ Sao Paulo ­ Lima, a razón de Cuatrocientos Cincuenta Dólares Americanos ($ 450.00) por cada Regidor. Artículo 4º.- Publicar el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5º.- Comunicar y encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, así como a las oficinas pertinentes de esta Comuna. Regístrese, comuníquese y archívese. CESAR AUGUSTO SALAZAR CARPIO Alcalde 1309130-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.
LA DIRECCIÓN

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