Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2015 (07/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de ley. Regístrese, publíquese y archívese. PERCY ABEL BERMUDO VALLADARES Alcalde 1308979-1

Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, por tanto podrá "aprobar" las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático a propuesta de la Sub Gerencia de Planificación y Presupuesto. Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano" dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese y archívese. PERCY ABEL BERMUDO VALLADARES Alcalde 1308979-2

Rectifican error material incurrido en la R.A. N° 0015-2015-MPH/A
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 0025-2015-MPH/A Huanta, 19 de enero de 2015 VISTA: La Ley Nº 28411 ­ Ley General de Sistema Nacional de Presupuesto; CONSIDERANDO Que, el artículo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, dispone que el titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva en materia presupuestal, pudiendo delegar sus funciones en dicho tema, cuando lo establezca expresamente la Ley General y leyes de presupuesto del Sector Publico. Que, el numeral 40.2) del artículo 40º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante resolución del titular, a propuesta del Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficio El Peruano. Que, estando de conformidad con el artículo Nº 201 de la Ley de Procedimientos Administrativos en General, Ley 27444 respecto a la Rectificación de errores: Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. 201.2 La rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. Advirtiendo un error material en el artículo primero, del tercer párrafo de la Resolución de Alcaldía Nº. 0015-2015-MPH/A, que a fin de no contravenir el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Que, por tales consideraciones expuestas se debe RECTIFICAR el Artículo Primero, del tercer párrafo de la Resolución de Alcaldía Nº. 0015-2015-MPH/A, de fecha 06 de enero del 2015; donde dice: por tanto podrá "efectuar" las modificaciones presupuestarias"; debiendo suprimirse por error material la palabra: "efectuar", siendo lo correcto: "aprobar". Por tanto, estando a los fundamentos expuestos, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Rectificar el error material incurrido en la parte Resolutiva del Artículo Primero, en el tercer párrafo de la Resolución de Alcaldía Nº. 0015-2015-MPH/A de fecha 06 de enero del 2015, en el extremo que debe consignarse en vez de "efectuar", quedando como sigue: DELEGAR en el Gerente Municipal las atribuciones establecidas en el numeral 40.2 del artículo 40º de la

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PATIVILCA
Autorizan viaje del Alcalde a México, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 135-2015 Pativilca, 24 de setiembre del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PATIVILCA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 036-2015-CM/ MDP, de fecha 24 de setiembre del 2015, en la estación de orden del día, "...AUTORIZAR, EL VIAJE DEL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PATIVILCA, SEÑOR CARLOS ENRIQUE PADUA POPAYÁN, A LA CIUDAD DE LA REPUBLICA DE MÉXICO, DESDE EL 09 AL 15 DE NOVIEMBRE DEL 2015, CON LA FINALIDAD DE PARTICIPAR EN LA VISITA TECNICA AL GOBIERNO DE MEXICO D.F, ORGANIZADA POR LA APCE (ASOCIACIÓN PERUANA DE CIUDADES EDUCADORAS), ASUNTO VISITA TÉCNICA AL GOBIERNO DE MÉXICO D.F."; y, CONSIDERANDO: Que, mediante OFICIO Nº 1397 APCE-15 de fecha 30 de julio del 2015, emitido por el señor Miguel Calle Presidente APCE (Asociación Peruana de Ciudades Educadoras), asunto Visita Técnica al Gobierno de México D.F. siendo que el marco del XXVIII Encuentro Nacional de Ciudades Educadoras, realizado en la Municipalidad de Machupicchu en junio último, se aprobó oficialmente la Visita Técnica Municipalista a la hermana República de México, el objetivo de esa visita de trabajo es de conocer in situ las experiencia de Gobierno de México D.F. en los temas de Gestión Municipal y Regional, Educación, Deporte, Cultura, Turismo, Medio Ambiente y Desarrollo Económico, las misma que proporcionaran las directrices necesarias para coadyuvar a mejorar la gestión de los gobiernos regionales y locales peruanos, así como fortalecer el hermanamiento entre las ciudades de Perú y México, considerando que su ciudad tiene un gran potencial relacionado con los temas señalados anteriormente, hemos seleccionado a su municipalidad para que integre la comitiva oficial de la delegación peruana de autoridades municipales y regionales que visitarán México D.F. esta Visita Técnica se realizara del 09 al 15 de noviembre del 2015; Que, resulta de suma importancia la participación de esta corporación edilicia en la citada conferencia, toda vez que se discutirán temas de gran relevancia para el fortalecimiento del desarrollo institucional; Que, el artículo 9º numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al

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