Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2015 (15/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO

NORMAS LEGALES

Domingo 15 de noviembre de 2015 /

El Peruano

DECRETO SUPREMO QUE DISPONE LA MODIFICACIÓN POR INCORPORACIÓN DEL PLAN MAESTRO DEL TERMINAL PORTUARIO DE LAMBAYEQUE AL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO PORTUARIO "IV.6. PLANES MAESTROS DESARROLLADOS (...) IV.6.12. PLAN MAESTRO PORTUARIO DE LAMBAYEQUE. IV.6.12.1. DESCRIPCIÓN PORTUARIO DE LAMBAYEQUE: DEL DEL TERMINAL TERMINAL

reduciendo la agitación en el mismo, de manera que se aumentaría la operatividad en el atraque. En el caso de requerirse instalación para graneles líquidos, se construiría un sistema multiboyas, de manera independiente al resto de instalaciones (Fase 1C). Finalmente se encuentra la (Fase 1D) denominada "Dragados para aumentar la profundidad disponible de la zona de atraque". En función de las configuraciones planteadas y la profundidad en la zona de atraque, otra etapa que puede darse dentro de la fase 1 es la realización de dragados, con los que se conseguiría una mayor profundidad en atraque y por lo tanto permitiría el atraque de naves mayores; lo que nos permitirá contar con una profundidad preparada para la segunda etapa y la atención de naves de tipo Handymax (50000 TPM), con un calado máximo de 12.7 metros). Fase 2: En esta fase se implementarán las infraestructuras necesarias para permitir el tráfico de contenedores. Este tráfico requiere una explanada para el almacenamiento. Por razones de operatividad se considera que la explanada debe estar anexa al muelle y no en tierra. Para el pre-diseño se considera una explanada de 12 has. de tamaño similar al de TP de Paita, que se ajusta posteriormente con el cálculo de capacidad. El muelle discurre paralelo al rompeolas. Además hay que construir dos motas de escollera entre el muelle y el rompeolas para conseguir un recinto cerrado que, una vez relleno y tratado convenientemente, constituirá la explanada del terminal de contenedores. El muelle tendrá una longitud adecuada al tamaño de la nave de diseño. Para el acceso al terminal de contenedores deberá aumentarse el ancho del espigón o bien prolongar el puente de acceso por la zona trasera del espigón de graneleros, de manera que el tráfico de contenedores no interfiera con la operatividad de los graneles. La capacidad del terminal de contenedores podría aumentarse en fases sucesivas en función de las necesidades, mediante la prolongación del rompeolas y el muelle y la creación de más superficie de explanada, con la ventaja de que debido a la orientación del muelle, a medida que se prolonga éste, se alcanzan zonas con una mayor profundidad natural. A modo de resumen, las fases y etapas que se plantean son las siguientes: · Fase 1: Tráfico de graneles - Etapa A: Construcción de atracadero sin protección. - Etapa B: Construcción de rompeolas para mejorar operatividad. - Etapa C: Construcción de un sistema multiboyas para descarga de graneles líquidos. - Etapa D: Dragados para aumentar profundidad disponible en zona de atraque. · Fase 2: Tráfico de graneles y contenedores, construcción de muelle y explanada para contenedores." (...). "VI. ANEXOS (...) Anexo Nº 16: Plan Maestro del Terminal Portuario de Lambayeque." 1312332-2

De acuerdo al Plan Maestro del Terminal Portuario de Lambayeque, este será una instalación que brinde servicios fundamentalmente a la exportación de la carga que generen los nuevos proyectos mineros y agroindustriales de su área de influencia. En la actualidad, el tráfico de importación y exportación de mercancías destinadas o con origen en la región utiliza las instalaciones portuarias de Paita y Callao. La dinamización de la economía regional impulsada por la apertura de explotaciones de cobre en el Departamento de Cajamarca y la industria agroalimentaria y de desarrollo agrícola del área son los sectores productivos generadores de carga. Adicionalmente, la actividad de estos sectores necesita insumos como maquinaria pesada en el caso de la minería, o fertilizantes en menor medida en el caso de la producción agrícola, que se convierten en potenciales tráficos de importación para el terminal. Con el adecuado diseño, la instalación portuaria podría atender a otros tráficos de menor volumen como carga fraccionada, carga de proyectos (Project cargo) o incluso graneles líquidos (como por ejemplo etanol). El Plan Maestro del Terminal Portuario de Lambayeque se ajusta a lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional sobre terminales portuarios nacionales, por tanto la clasificación del Terminal Portuario de Lambayeque es de alcance nacional. IV.6.12.2. PORTUARIO PROPUESTA DE DESARROLLO

De acuerdo al Plan Maestro del Terminal Portuario de Lambayeque comprende lo siguiente: Fase 1: El principal tráfico existente en los primeros años de operación del puerto es el de carga de minerales, por lo que en una primera fase deberá plantearse un atraque para los buques graneleros que transportarían esta mercancía. No obstante lo anterior, esta primera fase también podría atender otro tipo de carga, como por ejemplo la carga fraccionada, carga de proyectos o incluso graneles líquidos. Para el servicio al buque granelero con minerales se dispondrá de un espigón de 300 m. situado paralelo a la dirección principal de procedencia del oleaje (SSW). El espigón se conectará con tierra mediante un puente de acceso, por el que discurrirá la faja que transportará los minerales desde tierra hasta el barco, y que estará diseñado además para permitir el paso de 1 o 2 camiones según la alternativa de puente considerada. Dicho espigón será compatible con la disposición, en su caso, de una instalación especializada por ducto para el tráfico de granel líquido y con el tránsito de grúas móviles para la manipulación de carga fraccionada y carga de proyectos. Una segunda etapa de la primera fase (1B), sería la construcción de un rompeolas que proteja el espigón

Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora en FM en localidad del departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 629-2015-MTC/03 Lima, 28 de octubre de 2015

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