Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2015 (15/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 15 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

566485

... 7. Solicita al Secretario General que, por conducto de su Representante Especial, continúe dirigiendo las operaciones de una UNMISS integrada y coordinando todas las actividades del sistema de las Naciones Unidas en la República de Sudán del Sur, y siga aplicando un enfoque internacional coherente para lograr la paz en la República de Sudán del Sur y utilizando los buenos oficios de las Naciones Unidas para interactuar con las partes y otros interesados; 8. Decide que la UNMISS mantenga la dotación general de efectivos, que consta de un componente militar integrado por un máximo de 12.500 efectivos entre oficiales y tropa, y un componente de policía, incluidas suficientes Unidades de Policía Constituidas, de un máximo de 1.323 efectivos; 9. Solicita que el Secretario General proporcione información detallada sobre la generación de fuerzas, la reestructuración de la fuerza de la UNMISS, el apoyo logístico y los elementos de apoyo, entre otras cosas, como parte de sus informes periódicos, y solicita al Secretario General que examine las necesidades sobre el terreno y realice una evaluación actualizada de las operaciones de la fuerza, su despliegue y las necesidades futuras en los informes periódicos que le presente; 10. Solicita al Secretario General que dé prioridad al despliegue del personal de la UNMISS hasta completar el número de efectivos militares y de policía autorizados, incluidos helicópteros militares tácticos y sistemas aéreos no tripulados y no armados; ... 12. Solicita a la UNMISS que tenga plenamente en cuenta las consideraciones de género como cuestión intersectorial en todo su mandato, en particular en lo que respecta a la participación de las mujeres en la aplicación del Acuerdo, incluso en apoyo del Servicio Nacional de Policía de Sudán del Sur, y en las actividades en apoyo del desarrollo de la Constitución, la vigilancia del alto el fuego, el acantonamiento, el desarme, la desmovilización y la reforma del sector de la seguridad, y solicita además a la UNMISS que amplíe la información que presenta al Consejo sobre esta cuestión; 13. Solicita al Secretario General que lleve a cabo un examen del mandato, a la luz de la situación política y de seguridad en Sudán del Sur, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la aprobación de la presente resolución, y que presente una evaluación y recomendaciones, incluidas las necesidades de recursos, en relación con las capacidades civiles y de estructura de la fuerza que se requieren para el despliegue de la UNMISS y las necesidades en el contexto de la aplicación del Acuerdo y para cumplir el mandato; 14. Reconociendo la importancia que reviste la seguridad de Yuba para que el Acuerdo se aplique con éxito, solicita al Secretario General que, en consulta con el Gobierno de Sudán del Sur y los países que aportan contingentes y fuerzas de policía, evalúe la planificación de la seguridad en Yuba y la función adecuada que corresponde a las Naciones Unidas en la prestación de apoyo para la seguridad de la infraestructura esencial a fin de proteger la libertad de circulación en Yuba, y presente al Consejo de Seguridad sus recomendaciones en un plazo de cuarenta y cinco días; 15. Solicita al Secretario General que evalúe las medidas ya adoptadas por la UNMISS y otros países en apoyo del Servicio Nacional de Policía de Sudán del Sur y presente al Consejo de Seguridad dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la fecha de aprobación de esta resolución recomendaciones sobre otras posibles medidas en apoyo del referido Servicio Nacional de Policía y de la Policía Integrada Conjunta en apoyo de la aplicación del Acuerdo y en consonancia con la política de diligencia debida en materia de derechos humanos; ... 17. Solicita a la UNMISS que aumente aún más su presencia y su patrullaje activo en las zonas de alto riesgo de conflicto o elevada concentración de desplazados internos y refugiados, incluso guiándose por su estrategia de alerta temprana, tanto en las zonas controladas por el

Gobierno como por la oposición, y en las rutas clave para la circulación de la población, y que lleve a cabo exámenes periódicos de su despliegue geográfico para asegurarse de que sus fuerzas estén en las mejores condiciones de cumplir su mandato, y solicita al Secretario General que proporcione información actualizada al Consejo de Seguridad, en el marco de sus informes periódicos, sobre la forma en que la Misión cumple sus obligaciones en materia de protección de los civiles, mediante, entre otras cosas, el patrullaje de nuevas zonas y el despliegue proactivo, y sobre las medidas que se adoptarán para transformar a la Misión de modo que sea más eficiente y eficaz en el cumplimiento de su mandato; 18. Solicita también que la UNMISS continúe asegurando el pleno cumplimiento de la política de las Naciones Unidas de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales y que lo mantenga plenamente informado sobre los progresos de la Misión a este respecto, e insta a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía a que adopten las medidas preventivas apropiadas, incluida la sensibilización antes del despliegue, y a que aseguren la plena rendición de cuentas en los casos de ese tipo de conducta en que esté involucrado su personal; 19. Alienta a la UNMISS a que aplique plenamente la política de diligencia debida en materia de derechos humanos y solicita al Secretario General que incluya los avances realizados en la ejecución de esa política en los informes que le presente; 20. Solicita a la UNMISS que preste asistencia, dentro del límite de los recursos existentes, al Comité establecido en virtud del párrafo 16 de la resolución 2206 (2015) y al Grupo de Expertos establecido en la misma resolución; insta también a todas las partes y todos los Estados Miembros, así como a las organizaciones internacionales, regionales y subregionales, a que garanticen la cooperación con el Grupo de Expertos e insta además a todos los Estados Miembros afectados a que garanticen la seguridad de los miembros del Grupo de Expertos y el acceso sin obstáculos, en particular a las personas, los documentos y los lugares, a fin de que el Grupo de Expertos ejecute su mandato; 21. Condena en los términos más enérgicos los ataques y amenazas contra el personal de la UNMISS y las instalaciones de las Naciones Unidas y de la IGAD, como el derribo de un helicóptero de las Naciones Unidas en agosto de 2014, el arresto y la detención de un equipo de vigilancia y verificación de la IGAD en agosto de 2014, las detenciones y los secuestros de personal de las Naciones Unidas y personal asociado, y los ataques reiterados contra los campamentos de la UNMISS en Bor, Bentiu, Malakal y Melut, destaca que esos ataques pueden constituir violaciones del Acuerdo sobre el Estatuto de las Fuerzas o crímenes de guerra, exige que todas las partes respeten la inviolabilidad de los locales de las Naciones Unidas y desistan y se abstengan inmediatamente de cometer cualquier acto de violencia contra las personas congregadas en instalaciones de las Naciones Unidas, y exige además la liberación inmediata y en condiciones de seguridad de los integrantes del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado detenidos y secuestrados; ... 23. Reitera su solicitud de que la UNMISS adopte medidas adicionales, según proceda, para garantizar la seguridad de sus operaciones aéreas en Sudán del Sur y que lo informe al respecto; 24. Exige que el Gobierno de Sudán del Sur cumpla íntegramente y sin demora el Acuerdo sobre el Estatuto de las Fuerzas con respecto a la UNMISS y que todas las partes pertinentes cooperen plenamente en relación con el despliegue, las operaciones y las funciones de vigilancia, verificación y denuncia de la UNMISS, en particular garantizando la seguridad, la protección y la libertad de circulación irrestricta del personal de las Naciones Unidas y asociado, en todo el territorio de la República de Sudán del Sur, y exhorta además al Gobierno de Sudán del Sur a que asegure la libertad de circulación de los desplazados internos, incluidos quienes entren y salgan de emplazamientos para la protección de civiles y a que siga apoyando a la UNMISS con la asignación de tierras para dichos emplazamientos;

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