Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2015 (18/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Río Suches (en adelante, la Comisión) conformada por las mesas de trabajo de minería y medio ambiente, y de control y seguridad, las que sostienen reuniones independientes que reportan acerca de los problemas de contaminación de las aguas del río Suches, producto de la actividad minera ilegal e informal entre los hitos 18 y 20 de la frontera común, que afecta a la población asentada en las inmediaciones de la mencionada cuenca; Que, en el marco de los compromisos en materia ambiental adoptados en la Declaración de Isla Esteves - Encuentro Presidencial y Primera Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú - Bolivia desarrollada el 23 de junio del 2015, se instruyó a las entidades competentes de ambos países a determinar e implementar acciones conjuntas o coordinadas de recuperación del medio ambiente, de control, fiscalización y erradicación de las actividades mineras ilegales y contaminantes que se realizan en la Cuenca del Río Suches Perú - Bolivia"; Que, en la VII Reunión de la Comisión realizada en la ciudad de Lima de la República del Perú el 13 de octubre del 2015, se aprobó el "Plan de Monitoreo Binacional de la Calidad del Agua de la Cuenca del Río Suches Perú - Bolivia"; Que, sobre el particular, mediante el Documento Nº OF.RE (SUD) Nº 22-6-BB/161 del 28 de octubre del 2015, la Dirección de América del Sur del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA designar a un servidor que participe en la reunión que respecto al "Plan de Monitoreo Binacional de la Calidad del Agua de la Cuenca del Río Suches Perú - Bolivia" se realizará los días 19 y 20 de noviembre del 2015, en la ciudad de la Paz del Estado Plurinacional de Bolivia, a fin de concertar la homologación de los parámetros para la medición de la calidad de las aguas del río Suches y el establecimiento de un cronograma de acciones para la realización de monitoreos binacionales conjuntos enmarcados en el citado Plan; Que, el Literal a) del Numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y, las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, el Artículo 2º de la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional; Que, en tal sentido, la asistencia y participación de un servidor del OEFA en la reunión técnica, se encuentra subsumida en la excepción establecida en el Literal a) del Numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 30281, en razón a que el viaje se efectuará para la adopción de acuerdos en materia ambiental vinculados a la ejecución de los compromisos suscritos en la Declaración de Isla Esteves - Encuentro Presidencial y Primera Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú - Bolivia, para la implementación de acciones conjuntas y coordinadas de recuperación del medio ambiente, de control, fiscalización y erradicación de las actividades mineras ilegales o contaminantes que se realizan en la Cuenca del Río Suches, lo que es de especial importancia para el país; por lo que, resulta conveniente autorizar el referido viaje, el cual se realizará con cargo al presupuesto institucional; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos aprobadas mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Directiva N° 004-2014OEFA/SG denominada "Directiva para la Tramitación de Autorizaciones de Viaje por Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País en el OEFA", así como lo dispuesto en el Literal t) del Artículo 15º del Reglamento

de Organización y Funciones del OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del servidor Carlos Manuel Amaya Rojas, Especialista en Calidad Ambiental del Aire de la Dirección de Evaluación, del 18 al 21 de noviembre del 2015, a la ciudad de la Paz del Estado Plurinacional de Bolivia, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje Aéreo Clase Económica US$ 370.46 Viáticos por Día US$ 370.00 Total de Viáticos US$ 1480.00

Nombres y Apellidos Carlos Manuel Amaya Rojas

Nº de Días 4

Artículo 3º.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el citado servidor deberá presentar a la Presidencia del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4°.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- Notificar la presente Resolución al servidor señalado en el Artículo 1° de la presente Resolución y a la Oficina de Administración. Artículo 6°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 1313115-1

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aceptan renuncia de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del OTASS
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 042-2015-OTASS/DE Lima, 12 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, como Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa con competencia a nivel nacional;

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