Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2015 (19/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Jueves 19 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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2006-ED; la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación los espacios culturales de la Picantería y de la Chichería cusqueñas por tratarse de espacios sociales cuya naturaleza es la preparación y expendio de comidas tradicionales y de la chicha de wiñapu; asimismo debido a que ambos espacios se mantienen vigentes y conviven de manera armoniosa en el imaginario cusqueño como referentes de identidad, vinculados con sectores urbanos y rurales, destacándose como lugares de cohesión y encuentro entre los diversos estratos sociales por lo que han resultado fundamentales para la consolidación de corrientes artísticas e intelectuales propias del departamento de Cusco, reforzando con ello la identidad regional y nacional. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y la difusión del Informe Nº 303-2015-DPI-DGPC/MC y la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo 3°.- Notificar la presente Resolución y el Informe Nº 303-2015-DPI-DGPC/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y a la Facultad de Ciencias de la Comunicación, Turismo y Psicología de la Universidad de San Martín de Porres, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO DE LA PUENTE BRUNKE Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1313016-1 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 159-2015-VMPCIC-MC Lima, 4 de noviembre de 2015 VISTOS, la solicitud de fecha 1 de setiembre de 2014 presentada por el doctor Johan Leuridan Huys, Decano de la Facultad de Ciencias de la Comunicación, Turismo y Psicología de la Universidad de San Martín de Porres, el Informe Nº 304-2015-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que "Integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural"; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, establece que "es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación"; Que, mediante solicitud de fecha 1 de setiembre de 2014, del doctor Johan Leuridan Huys, Decano de la Facultad de Ciencias de la Comunicación, Turismo y Psicología de la Universidad de San Martín de Porres, se presenta el expediente mediante el cual se solicita, al amparo de las normas vigentes, la declaratoria de las picanterías del Perú concernientes a los departamentos de Arequipa, Cusco, La Libertad, Lambayeque, Piura y Tumbes, como Patrimonio Cultural de la Nación; dicho expediente fue trabajado por un equipo interdisciplinario

dirigido por la distinguida socióloga Isabel Álvarez Novoa; Que, mediante Informe N° 502-2015-DGPC-VMPCIC/ MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural eleva al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el Informe Nº 304-2015-DPI-DGPC/MC de fecha 1 de setiembre del 2015, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual se recomienda la declaratoria de la Picantería y la Chichería piuranas como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, se ha identificado en el expediente remitido, así como en diversas publicaciones académicas y periodísticas, que los espacios culturales de preparación y consumo de alimentos tradicionales denominados como picanterías y en algunos casos, chicherías, se encuentran vigentes en los departamentos de Arequipa, Cusco, La Libertad, Lambayeque, Piura y Tumbes; Que, las picanterías y chicherías se diferencian de otro tipo de instalaciones debido a la especialización en la venta y consumo de platos tradicionales condimentados con diversas variedades de ají y en los cuales la chicha de maíz tiene carácter central e imprescindible; Que, las picanterías y chicherías son comúnmente las propias viviendas de las familias acondicionadas para la venta y consumo de comida y chicha y donde todos los miembros participan activamente en su funcionamiento; Que, cada uno de estos espacios culturales ha alcanzado una particularidad que permite diferenciarlos regionalmente entre sí, ya sea con respecto al conocimiento y uso de insumos propios de cada región, así como con respecto a los utensilios que se usan para la preparación y consumo de alimentos y de chicha. Por ello, a pesar de que existe un expediente que solicita la declaratoria de las picanterías en general como Patrimonio Cultural de la Nación, se ha optado, en coordinación con la socióloga Isabel Álvarez Novoa y su equipo, realizar una declaratoria diferenciada regionalmente; Que, debido a sus particulares características, las picanterías y las chicherías existentes en las diversas regiones del país se han consolidado como espacios de encuentro de la población local reforzando los lazos sociales, reafirmando la identidad cultural y sirviendo como escenario de importantes manifestaciones culturales asociadas. Como ejemplo de ello, el espacio cultural de la picantería arequipeña fue declarado como Patrimonio Cultural de la Nación mediante R.V.M. N°0332014-VMPCIC-MC de fecha 16 de abril de 2014; Que, se ha comprobado en el expediente presentado la vigencia del valor simbólico e identitario de las picanterías para las comunidades de portadores, es decir aquellas personas que han mantenido la tradición de estos espacios diferenciándolos de otro tipo de locales de expendio de comida. Se resalta el rol fundamental de las mujeres en la dirección de la picantería y en la continuidad de los saberes culinarios, base de las llamadas cocinas regionales; Que, es posible apreciar el valor histórico de las picanterías y chicherías contemporáneas dado que son herederas de aquellos espacios de expendio de comida tradicional y de acceso mayoritario existentes en diversas zonas rurales y urbanas del país; Que, es necesario resaltar el uso de insumos locales representativos de cada región en la preparación de los alimentos y bebidas en las picanterías, lo cual asegura la frescura y el sabor característico de los mismos, haciendo imposible la réplica exacta de los saberes culinarios fuera de cada región; Que, en el departamento de Piura, las picanterías son espacios culturales de preparación y venta de comida tradicional cuya especialidad son los llamados piqueos, picados o picaus, es decir platillos que pueden ser degustados por varios comensales en simultáneo del mismo plato. De este modo, el término picantería está vinculado en el imaginario de la población no solamente al aspecto picante de la comida sino a la acción de picar o degustar colectivamente en pequeñas porciones; Que, en Piura, hoy la picantería tiene una clara diferenciación con la chichería ya que su característica principal es la venta de comida tradicional acompañada de chicha de jora, la cual no necesariamente se produce en el mismo local. Por su parte, las chicherías actualmente se especializan exclusivamente en la preparación y venta de la chicha; también es común que ofrezcan algunas viandas sencillas para acompañar la ingesta de esta bebida, esto es conocido como cortesía o cariño de la chicha. Ambos tipos de locales forman parte del sistema culinario de la

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