Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2015 (19/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Jueves 19 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES
VISTO:

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CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ SUTRAN, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, los incisos h) y l) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUTRAN aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2010-MTC, establecen como órgano máximo de la Superintendencia al Consejo Directivo, estando dentro de sus funciones designar y remover a los funcionarios públicos de la SUTRAN, así como expedir resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 059-2015MTC/01 del 16 de febrero de 2015, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal ­ CAP Provisional de la SUTRAN; Que, en atención a las consideraciones expuestas corresponde designar al funcionario responsable de desempeñar el cargo de Subdirector de la Unidad de Personal de la Oficina de Administración de la SUTRAN; Que, el profesional propuesto, Sr. Oscar Carretero Tarazona, cumple con los requisitos establecidos en la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y en el Clasificador de Cargos aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 28-2015-SUTRAN/01.2 de fecha 7 de mayo de 2015, para acceder al cargo de Subdirector de la Unidad de Personal de la SUTRAN; Estando a los documentos de Vistos y de conformidad con la Ley N° 29380 y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 021-2010-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a partir del 7 de setiembre de 2015, al señor OSCAR CARRETERO TARAZONA como Subdirector de la Unidad de Personal de la Oficina de Administración de la SUTRAN, conforme lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Dar por concluido con fecha de efectividad al 6 de setiembre de 2015, el encargo de las funciones de la Unidad de Personal de la Oficina de Administración de la SUTRAN, encomendado al Abog. Luis Fernando Vilela García, Asesor de la Alta Dirección, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 063-2015-SUTRAN/01.1, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3°.- Comunicar la presente Resolución a la Secretaría General, a la Oficina de Administración y al interesado para conocimiento y fines. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución de acuerdo con las normas que regulan la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Presidente del Consejo Directivo de SUTRAN ABEL ALVARADO HUERTAS Miembro del Consejo Directivo de SUTRAN 1313181-1

El Memorando N° GFGN/ALGN-470-2015, mediante el cual la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural somete a consideración del Consejo Directivo de Osinergmin, la aprobación de la publicación del proyecto de norma "Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural". CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por los literales a) y c) del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función supervisora y normativa de los organismos reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende respectivamente, la facultad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales por parte de las entidades o actividades supervisadas y la facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y materia de su respectiva competencia, normas de carácter general y aquellas que regulen los procedimientos a su cargo, respecto de obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento General de Osinergmin aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de Osinergmin a través de resoluciones; Que, asimismo, el artículo 3 de la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del Osinergmin, establece que el Consejo Directivo se encuentra facultado para aprobar los procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la función supervisora; Que, de conformidad con las disposiciones establecidas en el artículo 71 del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-99-EM (en adelante el Reglamento de Distribución), el Consejo Directivo de Osinergmin aprobó a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 163-2005-OS/CD, el "Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural", el cual regula los requisitos, categorías, procedimientos, así como las responsabilidades y obligaciones derivadas del ejercicio de la función de los instaladores de gas natural; Que, asimismo, a través del Decreto Supremo N° 017-2015-EM, se modificó entre otros, el artículo 71 del Reglamento de Distribución, estableciéndose nuevas disposiciones con relación a la instalación y mantenimiento de la acometida así como a las instalaciones internas, proyectos en los que participa el instalador interno; Que, teniendo en cuenta las modificaciones al Reglamento de Distribución, así como el incremento del número de usuarios de gas natural en Lima y Callao, además de la implementación de nuevos proyectos de distribución de gas natural en el norte y sur del país, resulta necesario implementar medidas que se encuentren acorde con la magnitud de los niveles de expansión de la industria del gas natural, manteniendo y mejorando los estándares de seguridad perseguidos a través del "Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural" aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 1632005-OS/CD; Que, de conformidad con el principio de transparencia contemplado en los artículos 8° y 25° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, y en el marco de lo dispuesto en el artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009JUS, para la aprobación del "Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural" se requiere que el proyecto sea publicado en el diario oficial El Peruano, a fin de recibir comentarios de los interesados; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8° y 25° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; así como el artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y, estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su Sesión N° 36-2015;

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Disponen la publicación en el portal institucional de OSINERGMIN, del proyecto de norma "Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 264-2015-OS/CD Lima, 27 de octubre de 2015

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