Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2015 (19/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Jueves 19 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES
VISTO:

566809

Que, la Ordenanza Municipal Nº 177-MVES publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10.11.2008, creó la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Villa El Salvador - CAM de Villa El Salvador, como órgano de coordinación y concertación de las políticas ambientales en el ámbito del Distrito, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre todos los actores locales, precisando en el numeral a) de su artículo 3º que la Comisión, será presidida por 01 representante de la Municipalidad; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 007-20015 de fecha 29.04.2015 se conformó la Comisión Ambiental Municipal de Villa El Salvador- CAM de Villa El Salvador, con la Presidencia de la Regidora Ana Lourdes Calvo Mori, encargándose al Gerente de Servicios Municipales y Gestión Ambiental, la función de Secretario Técnico de la CAM de Villa El Salvador, con el fin de facilitar el funcionamiento de la Comisión, respecto a la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Acción Ambiental y la Agenda Ambiental Local del Distrito; Que, a través del Informe Nº 0137-2015-GSMGA/ MVES el Gerente de Servicios Municipales y Gestión Ambiental, Ing. Hernán Taboada Chacón, comunica que luego de varias sesiones de trabajo, se ha realizado la actualización de la Agenda Ambiental de Villa El Salvador, por lo que, solicita se apruebe la Agenda Ambiental Local y se incluya a 08 representantes adicionales a la Comisión Ambiental Municipal de Villa El Salvador- CAM de Villa El Salvador; en ese sentido, la Gerencia Municipal remite lo actuado a la Oficina de Secretaria General, mediante Memorándum Nº 1679-2015-GM/MVES, a fin de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto, contando con el visto favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBARla Agenda Ambiental Local 2015-2016 de la Comisión Ambiental Municipal de Villa El Salvador - CAM de Villa El Salvador, cuyo contenidoforma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- APROBAR la incorporación a la Comisión Ambiental Municipal de Villa El Salvador CAM de Villa El Salvador, de ocho (08) representantes de organizaciones vinculadas al desarrollo de la gestión ambiental, según se detalla en el Anexo 1, que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico y Estadística, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional www.munives.gob.pe respectivamente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1313031-1

El Acta de Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 16 de noviembre de 2015, sobre autorización de viaje del señor Alcalde de la Provincia de Hualgayoc hacia el país de Uruguay; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precisando la última norma que la autonomía de los Municipios radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, según el artículo 9º, numeral 11, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. Que, mediante Ley Nº 27619, y su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, se regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público, así como la forma de sustentación de los mismos. Que, en concordancia con lo indicado, según el artículo 10º de la Ley Nº 30281 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se prohíben los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la indicada Ley señala, entre ellos el de los altos funcionarios y autoridades del Estado. Asimismo, indica que en los casos de los presidentes regionales, consejeros regionales, alcaldes y regidores, las autorizaciones se aprueban mediante acuerdo del concejo regional o concejo municipal, respectivamente; y, en todos los casos, la resolución o acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Que, en tal sentido en Sesión ordinaria de Concejo de fecha 16 de noviembre 2015, el Concejo Municipal por voto unánime autorizó el viaje del señor alcalde provincial de Hualgayoc, el Regidor Pablo Llamoctanta Edquén, y el servidor Francisco Guillermo Silva Aldaz, hacia la ciudad de Montevideo en el país de Uruguay, los días 19, 20, 21 y 22 de noviembre de 2015, con la finalidad de conocer el funcionamiento, bondades y beneficios de las plantas potabilizadoras UPA instaladas en el territorio Uruguayo; todo ello, en el marco de la ejecución del proyecto Construcción de la Planta de Tratamiento de Agua Potable para la ciudad de Bambamarca. Que, estando a lo expuesto, de conformidad con lo previsto en los numerales 11 y 27 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial Hualgayoc, Lic. Edy León Benavides Ruiz, el Regidor Pablo Llamoctanta Edquén, y el servidor Francisco Guillermo Silva Aldaz, hacia la ciudad de Montevideo en el país de Uruguay, los días 19, 20, 21 y 22 de noviembre de 2015, con la finalidad de conocer el funcionamiento, bondades y beneficios de las plantas potabilizadoras UPA instaladas en el territorio Uruguayo. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los gastos que irrogue el cumplimiento del viaje mencionado en el artículo precedente, se afectará a la específica del gasto correspondiente del Presupuesto Institucional del presente ejercicio fiscal, conforme al siguiente detalle:

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC
Autorizan viaje de alcalde, regidor y servidor a Uruguay, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 0015-2015-A-MPH-BCA Bambamarca, dieciséis de noviembre de dos mil quince.

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