Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2015 (02/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Viernes 2 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

563163

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Ejecutor Intendencia Lima Coactivo de la

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA Nº 047-2015-SUNAT/600000 Lima, 30 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 361-2013/SUNAT se designó, entre otros, a la abogada Jenny Mercedes Salas Zarauz como Ejecutor Coactivo encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Lima; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la designación a que se refiere el considerando anterior, y a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva de la Intendencia Lima, resulta conveniente designar al Ejecutor Coactivo que se encargará de la gestión de cobranza coactiva de dicha Intendencia; Que el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 1332013-EF, establece los requisitos que deberán cumplir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que la trabajadora propuesta ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Público; En uso de la facultad conferida por el inciso l) del artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación de la abogada Jenny Mercedes Salas Zarauz como Ejecutor Coactivo encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Lima. Artículo 2º.- Designar a la abogada María Elena Mendoza Gutiérrez como Ejecutor Coactivo encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional Adjunto Operativo (e) 1294419-1

Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 100-2007/SUNAT, se designó a la señora abogada Mónica Holgado Yábar como Ejecutor Coactivo encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Arequipa; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la citada designación; En uso de la facultad conferida por el inciso l) del artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación de la señora abogada Mónica Holgado Yábar como Ejecutor Coactivo encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional Adjunto Operativo (e) 1294421-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Modifican el Reglamento del Tribunal Registral
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 248-2015-SUNARP/SN Lima, 30 de setiembre de 2015 VISTOS: El Oficio N° 2508-2015-SUNARP-TR-PT remitido por el Presidente del Tribunal Registral y el Informe N° 1039-2015-SUNARP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 26366, se creó el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional, con la finalidad de mantener y preservar la unidad y coherencia del ejercicio de la función registral en todo el país, orientado a la especialización, simplificación, integración y modernización de la función, procedimientos y gestión de todos los registros que lo integran; Que, mediante la Resolución N° 263-2005-SUNARP/ SN se aprobó el Reglamento del Tribunal Registral, regulando en su artículo 40° lo concerniente a la Nómina de Vocales Suplentes; Que, dicho artículo fue modificado por la Resolución N° 247-2008-SUNARP/SN, definiéndose la cantidad de registradores públicos que integrarán la Nómina de Vocales Suplentes de acuerdo al siguiente detalle: i) tres (03) registradores públicos para la Primera, Segunda y Tercera Sala, todas con sede en Lima; ii) uno (01) registrador público para la Cuarta Sala con sede en Trujillo; y, iii) uno (01) registrador público para la Quinta Sala con sede en Arequipa Que, sin embargo, a través del Oficio N° 2508-2015-SUNARP-TR-PT, el Presidente del Tribunal Registral propone la modificación del sexto párrafo del mencionado artículo 40° del Reglamento del Tribunal Registral, de modo que se tenga la cantidad necesaria de vocales suplentes que garantice la continuidad oportuna del funcionamiento de las salas del órgano colegiado cuando un vocal titular concluya su vínculo laboral;

Dejan sin efecto designación de Ejecutor Coactivo de la Intendencia Regional Arequipa
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA Nº 048-2015-SUNAT/600000 Lima, 30 de setiembre de 2015

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