TEXTO PAGINA: 10
563784 NORMAS LEGALES Jueves 15 de octubre de 2015 / El Peruano de acogerse a lo establecido en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973; Que, en el marco de lo establecido en el artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante O fi cio Nº 994-2015- EF/13.01, ingresado bajo Registro Nº 33574-2015 al Ministerio de Agricultura y Riego, el cual acompaña el Informe Nº 080-2015-EF/61.01, opina que procede la aprobación de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción presentada por PLANTACIONES DEL SOL S.A.C., para el acogimiento al Régimen de Recuperación Anticipada del IGV de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 973, por el Proyecto, acompañando el Anexo que contiene el detalle de los bienes, servicios y las actividades de construcción; Que, mediante O fi cio Nº 1586-2015-MINAGRI- DIGNA/DINA, la Dirección General de Negocios Agrarios de Ministerio de Agricultura y Riego, remite el Informe Técnico- Legal Nº 014-2015-MINAGRI-DIGNA/DINA-EMG-MECG,CTQB, por el cual recomienda expedir la resolución ministerial que apruebe a la empresa PLANTACIONES DEL SOL S.A.C., como cali fi cada para el desarrollo del Proyecto, debiendo incluirse la lista de bienes, servicios, y contratos de construcción aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas; Estando a la visación del Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego; y, De conformidad a lo dispuesto en el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, modi fi cado por la Ley Nº 30056, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 084-2007-EF; el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi fi cado por la Ley Nº 30048 y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de empresa cali fi cada Aprobar, como empresa cali fi cada, para efectos del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, a PLANTACIONES DEL SOL S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado “Proyecto Uva”, de acuerdo al Contrato de Inversión Nº 001-2015-MINAGRI-DVDIAR, suscrito con el Estado el 08 de junio de 2015. Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efectos del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, que el monto de la inversión a cargo de PLANTACIONES DEL SOL S.A.C., asciende a la suma de US $ 22 967 970,00 (Veintidós Millones Novecientos Sesenta y Siete Mil Novecientos Setenta y 00/100 Dólares Americanos), a ser ejecutada en un plazo total de tres (03) años y treinta (30) días, contados a partir del 31 de octubre de 2014. El total de la inversión se desarrollará en las cuatro etapas detalladas en la Cláusula Segunda del Contrato de Inversión Nº 001-2015-MINAGRI-DVDIAR, suscrito con el Estado el 08 de junio de 2015. Artículo 3.- Objetivo principal del Contrato de Inversión Para efectos del Decreto Legislativo Nº 973, el objetivo principal del Contrato de Inversión es el previsto en las Cláusulas Primera y Segunda del mismo, y el inicio de las operaciones productivas estará constituido por la percepción de cualquier ingreso proveniente de la explotación del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho Decreto Legislativo. Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se re fi ere el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión, comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, así como los servicios y contratos de construcción que se señalan en los Anexos I y II de la presente Resolución, y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del Proyecto a que se re fi ere el Contrato de Inversión. Para determinar el bene fi cio antes indicado se considerarán las adquisiciones de servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 31 de diciembre de 2014 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se re fi ere el artículo 3 precedente. 4.2 La Lista de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, según subpartida arancelaria, servicios y contratos de construcción, se incluirá como un Anexo al Contrato de Inversión y podrá ser modi fi cada a solicitud de PLANTACIONES DEL SOL S.A.C., de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 0187-2013-EF. Artículo 5.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSION, a la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, y a la empresa PLANTACIONES DEL SOL S.A.C., para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1298545-2 Designan Director de la Dirección Zonal Tumbes de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 247-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 14 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0486-2015-MINAGRI, de fecha 05 de octubre de 2015, se modi fi có el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, incorporándose como nueva Dirección Zonal, a la Dirección Zonal Tumbes; Que, de conformidad con lo establecido en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, las Direcciones Zonales son órganos desconcentrados que dependen jerárquicamente del Director Ejecutivo del Programa; Que, en ese sentido, resulta conveniente expedir el acto resolutivo que designe al Director de la Dirección Zonal Tumbes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N°0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR al señor Giam Franco Mendoza Ramírez en el cargo de Director de la Dirección Zonal Tumbes del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de con fi anza.