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563791 NORMAS LEGALES Jueves 15 de octubre de 2015 El Peruano / Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros y al Secretario General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para los fi nes pertinentes. Regístrese y comuníquese.GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1299275-1 Autorizan la XXIII Convención de Representantes de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público “ Aplicación de la técnica legislativa con enfoque de género para la elaboración y evaluación de proyectos normativos”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0272-2015-JUS Lima, 13 de octubre de 2015VISTO, el Informe Nº 13-2015-JUS/DGDOJ-DDJPN de la Dirección de Desarrollo Jurídico y Proyectos Normativos de la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico; CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico ha propuesto la realización de la XXIII Convención de Representantes de las O fi cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público “Aplicación de la técnica legislativa con enfoque de género para la elaboración y evaluación de proyectos normativos”, que se realizará los días jueves 19 y viernes 20 de noviembre de 2015, en la ciudad de Lima; Que, el literal f) del artículo 4º de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que este organismo público es competente en materia de defensa, coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico; Que, el literal g) del artículo 64º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, establece que la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico tiene la función de coordinar las actividades funcionales de las O fi cinas de Asesoría Jurídica o Gerencias Legales de las entidades del Sector Público con la fi nalidad de mantener la coherencia del ordenamiento jurídico; Que, en cumplimiento de dicha función, resulta conveniente autorizar la realización del mencionado evento; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la XXIII Convención de Representantes de las O fi cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público “Aplicación de la técnica legislativa con enfoque de género para la elaboración y evaluación de proyectos normativos”, que se realizará los días jueves 19 y viernes 20 de noviembre de 2015, en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico la ejecución de la XXIII Convención de Representantes de las O fi cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público: “Aplicación de la técnica legislativa con enfoque de género para la elaboración y evaluación de proyectos normativos”. Artículo 3º.- Disponer la colaboración de la O fi cina General de Administración, la O fi cina General de Tecnologías de Información y de la O fi cina General de Imagen y Comunicaciones en la ejecución de la XXIII Convención de Representantes de las O fi cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público: “Aplicación de la técnica legislativa con enfoque de género para la elaboración y evaluación de proyectos normativos”. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1299275-2 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueba Protocolo Interinstitucional de Acción Frente al Feminicidio, Tentativa de Feminicidio y Violencia de Pareja de Alto Riesgo DECRETO SUPREMO Nº 006-2015-MIMP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano ha suscrito y rati fi cado la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); instrumentos internacionales que de fi nen las obligaciones adoptadas por el Estado peruano para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer; Que, de conformidad con el inciso 1 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, todas las personas tienen derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. Es decir, que el Estado Peruano está obligado a garantizar al máximo el ejercicio y respeto de los derechos mencionados, para cada uno de sus ciudadanos y ciudadanas; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26260 - Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-97-JUS, instaura como política permanente del Estado la lucha contra toda forma de violencia familiar y establece como mandato fortalecer en todos los niveles educativos el respeto a la dignidad de la persona y derechos de la mujer, niño, niña, adolescente y de la familia; Que, Ley Nº 28983 - Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, de fi ne los lineamientos del Poder Ejecutivo en relación al desarrollo de políticas, planes y programas destinados a la prevención, atención y eliminación de la violencia en todas sus formas, de manera especial la ejercida contra las mujeres; Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM de fi ne y establece las políticas nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, impulsa en la sociedad la adopción de valores, prácticas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación de las mujeres y la erradicación de la violencia familiar y sexual; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2009-MIMDES se aprueba el Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009-2015, que establece como uno de sus objetivos estratégicos, “Garantizar el acceso de las mujeres afectadas por la violencia basada en género, a los servicios públicos de calidad, incluyendo el acceso