Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2015 (08/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Martes 8 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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políticas y programas que el SENASA establezca para prevenir los efectos del Fenómeno El Niño. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1284226-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican los Anexos Nº 02 y 03 de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2015
DECRETO SUPREMO Nº 249-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29332 y modificatorias, se creó el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, el cual tiene por objetivos: i) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepción de los mismos; ii) Mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, considerando los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto; iii) Reducir la desnutrición crónica infantil en el país; iv) Simplificar trámites generando condiciones favorables para el clima de negocios y promoviendo la competitividad local; v) Mejorar la provisión de servicios públicos locales prestados por los gobiernos locales en el marco de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, vi) Prevenir riesgos de desastres; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 033-2015-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2015, los cuales constan de dieciséis (16) Artículos, ocho (08) Anexos y una (01) Disposición Complementaria Final; Que, según lo establecido en el numeral 1.3 del artículo 1 de la Directiva Nº 001-2015-EF/50.01 "Directiva para los Programas Presupuestales en el Marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del

Sector Público para el Año Fiscal 2016", aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2015-EF/50.01, para el año 2016 se priorizó el diseño de nuevas propuestas de programas presupuestales, entre las cuales se encuentra la promoción, gestión y regulación del transporte ferroviario, hidroviario y aéreo; Que, mediante Oficio Nº 062-2015-MTC/09.03, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones manifiesta la necesidad de ampliar el diseño del actual programa presupuestal 0061: Reducción del costo, tiempo e inseguridad vial en el sistema de transporte terrestre, para incluir las demás modalidades de transporte con una visión sistémica bajo la lógica de corredores logísticos; Que, la propuesta del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha sido incluida como programa presupuestal en el proceso de programación y formulación del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, en el marco de lo establecido en el literal A de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva Nº 001-2015-EF/50.01, con la denominación programa presupuestal 0138: Reducción del costo, tiempo e inseguridad vial en el sistema de transporte, por lo que la estructura funcional programática del programa presupuestal 0061: Reducción del costo, tiempo e inseguridad vial en el sistema de transporte terrestre dejará de estar habilitada para el proceso de programación y formulación anual y se empleará la estructura del nuevo programa presupuestal 0138: Reducción del costo, tiempo e inseguridad vial en el sistema de transporte; Que, teniendo en cuenta que las metas Nº 12 y 15 establecidas en el Anexo Nº 02, así como el Anexo Nº 03 del Decreto Supremo Nº 033-2015-EF, cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de julio de 2015, contemplan la programación de recursos en el Presupuesto Institucional de Apertura del año 2016 en diferentes programas presupuestales, entre los cuales se encuentra el programa presupuestal 0061: Reducción del costo, tiempo e inseguridad vial en el sistema de transporte terrestre, resulta necesario modificar dichos anexos a fin de reemplazar el programa presupuestal 0061: Reducción del costo, tiempo e inseguridad vial en el sistema de transporte terrestre, por el programa presupuestal 0138: Reducción del costo, tiempo e inseguridad vial en el sistema de transporte; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Modificación de los Anexos Nº 02 y 03 de los Procedimientos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 033-2015-EF. Modifícase las metas 12 y 15 detalladas en el Anexo Nº 02, así como el Anexo 03, en lo que corresponda, de

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe

4.

LA DIRECCIÓN

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