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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015 (08/09/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 12

560954 NORMAS LEGALES Martes 8 de setiembre de 2015 / El Peruano de Educación, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles posteriores a su instalación; el mismo que deberá ser aprobado previamente por la Comisión Multisectorial. El Reglamento Interno contiene disposiciones para el correcto desarrollo de sus funciones y la organización de la Comisión Multisectorial. Artículo 11.- Financiamiento La implementación de las medidas y acciones efectuadas en el marco de lo dispuesto en la presente norma, se fi nancia con cargo al Presupuesto Institucional autorizado de los Pliegos correspondientes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo 12.- Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo serán publicados en los Portales Institucionales de los sectores que refrendan esta norma, el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 13.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior, el Ministro de la Producción, la Ministra de Relaciones Exteriores, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Economía y Finanzas, y el Ministro de Educación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Adopción de estándares internacionales de competencia en inglés La implementación de la Política “Inglés, puertas al mundo” se realizará teniendo en cuenta los parámetros del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas Modernas – MCER. Nivel Niveles del Consejo de Europa Descripción del nivel Usuario 1 A1 Principiante Elemental 2 A2 Elemental 3 B1 Intermedio Independiente 4 B2 Intermedio alto 5 C1 Avanzado Experimentado 6 C2 Avanzado alto Fuente: Marco Común Europeo de Referencias para las Lenguas Modernas Segunda.- Plan de Implementación al 2021 de la Política “Inglés, puertas al mundo” En un plazo no mayor a sesenta (60) días hábiles contados a partir de la instalación de la Comisión Multisectorial, el Ministerio de Educación aprobará mediante Decreto Supremo refrendado por los titulares de los sectores competentes, el Plan de Implementación al 2021 de la Política “Inglés, puertas al mundo”, que contendrá las estrategias, iniciativas, metas trazadas y acciones en el periodo 2015 – 2021, a cargo de las entidades señaladas en el artículo 6 del presente Decreto Supremo, así como las herramientas para realizar el seguimiento y evaluación correspondientes.