Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2015 (08/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Martes 8 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

560957

ORGANISMOS EJECUTORES

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Directora General de la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 102-2015-BNP Lima, 31 de agosto de 2015 El Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú VISTOS, el Memorando Nº 264-2015-BNP/DN, de fecha 27 de agosto de 2015, emitido por la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú; y el Informe Nº 197-2015-BNP/OAL, de fecha 27 de agosto de 2015, emitido por la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo Segundo de la Resolución Directoral Nacional Nº 049-2015-BNP, de fecha 18 de junio de 2015, se encargó la Dirección General de la Oficina de Administración, al Contador Público Jorge Alberto Gutiérrez León, en adición a sus funciones; Que, a través del Memorando Nº 264-2015-BNP/DN, de fecha de 27 de agosto de 2015, la Dirección Nacional de la biblioteca Nacional del Perú, se dispone designar a la abogada ANA VIOLETA VELASQUEZ PATOW, en el cargo de Directora General de la Oficina de Administración, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS; Que, mediante Memorando Nº 1453-2014-BNP/ OA, de fecha 05 de noviembre de 2014, la Oficina de Administración remite el Informe Nº 761-2014-BNP/ APER, de fecha 04 de noviembre de 2014, emitido por la responsable del Área de Personal, a través del cual precisa que el cargo de Director General de la Oficina de Administración, tiene la calificación de cargo de confianza; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2008PCM dispone que: "Cuarta Disposición Complementaria Transitoria: Reglas aplicables a funcionarios y directivos designados por resolución. Los cargos cubiertos por personas designadas por resolución no se encuentran sometidos a las reglas de duración del contrato, procedimiento, causales de suspensión o extinción regulados por el presente reglamento. Les son de aplicación las disposiciones legales y reglamentarias que regulen la materia." Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, establece lo siguiente: "PRIMERA. Contratación de personal directivo El personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, (entre ellos el personal de confianza) contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo [reglas de acceso]. Este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad". El énfasis es nuestro. Que, por otro lado, el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de confianza, distintos a los comprendidos en el artículo 1º

de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que de todas las Resoluciones de Designación surten efectos a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0242002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la abogada ANA VIOLETA VELASQUEZ PATOW, en el cargo de Directora General de la Oficina de Administración, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en la página Web Institucional (http:// www.bnp.gob.pe). Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución a los interesados y a las instancias correspondientes, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAMÓN ELÍAS MUJICA PINILLA Director Nacional Biblioteca Nacional del Perú 1284221-1

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Designan Vocal Titular del Administrativo de COFOPRI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 104-2015-COFOPRI/DE Lima, 4 de setiembre, 2015 VISTO: El Proveído Nº 3118-2015-COFOPRI/SG del 01 de setiembre de 2015, emitido por la Secretaria General, el Proveído Nº 1466-2015-COFOPRI/DE del 01 de setiembre de 2015, emitido por la Dirección Ejecutiva y el Memorándum Nº 675-2015-COFOPRI/TAP del 17 de agosto de 2015, emitido por la Secretaría del Tribunal Administrativo de la Propiedad del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7º que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Artículo 1º de dicha Ley; Que, de conformidad con el artículo 9º, concordado con el literal i) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene entre sus funciones, la de designar y cesar a los empleados de confianza, de conformidad con la legislación vigente; Que, el artículo 85º del citado Reglamento establece que el Tribunal Administrativo de la Propiedad, es la segunda y última instancia administrativa en materia funcional, integrado por cinco (05) vocales titulares, además de dos (02) vocales suplentes, designados por el Director Ejecutivo, por períodos de tres (03) años consecutivos y renovables;

Tribunal

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