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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015 (09/09/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES Miércoles 9 de setiembre de 2015 El Peruano / 561001 Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de setiembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas ANIBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1285054-2 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del pliego Poder Judicial DECRETO SUPREMO N° 251-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el presupuesto del pliego 004: Poder Judicial; Que, mediante Resolución Administrativa N° 238-2014-CE-PJ de fecha 09 de julio de 2014, se aprobó la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en los Distritos Judiciales de Ancash (excepto en la provincia de Huaraz, el que como Plan Piloto empezó a partir del 1 de octubre de 2014), Tumbes y Ucayali para el año 2015; asimismo, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Acuerdo N° 833-2014, ha dispuesto que los Distritos Judiciales de Lima Este y Ventanilla sean incorporados a las jurisdicciones en las que se aplicará la NLPT a partir del año 2015; Que, el Poder Judicial, mediante los O fi cios N°s 190-2015-GP-GG/PJ, 1133-2015-GG-PJ, 180-2015-GP-GG/PJ y 1081-2015-GG-PJ, solicita recursos adicionales, entre otros, destinados a fi nanciar la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en los Distritos Judiciales de Ancash (excepto en la provincia de Huaraz), Tumbes, Ucayali, Lima Este y Ventanilla, así como la continuidad de doce (12) proyectos de inversión pública y el inicio de dos (02) nuevos proyectos de inversión pública que se encuentran en situación de viables con expedientes técnicos concluidos; Que, para tal fi n, a través del O fi cio N° 190-2015-GP- GG/PJ, se indica que el pliego Poder Judicial no ha considerado recursos en su presupuesto institucional del presente año fi scal, para la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en los referidos distritos judiciales, así como para fi nanciar la continuidad de doce (12) proyectos de inversión pública y el inicio de dos (02) nuevos proyectos de inversión pública; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de DIEZ MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 704 063,00), para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública y la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en los distritos judiciales de Ancash, Tumbes, Ucayali, Lima Este y Ventanilla, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fi scal del pliego 004: Poder Judicial; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA:Artículo 1.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de DIEZ MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 704 063,00), a favor del pliego 004: Poder Judicial, destinados a fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública y la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en diversos distritos judiciales, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 3 052 198,00 GASTOS DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia 7 651 865,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 10 704 063,00 =========== A LA:SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 004 : Poder JudicialFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 973 452,00 2.3. Bienes y Servicios 2 078 746,00 GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de activos No Financieros 7 651 865,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 10 704 063,00 =========== 1.2 El detalle del monto transferido se detalla en el Anexo Nº 1 “Transferencia de Partidas – Actividades” y Anexo Nº 2 “Transferencia de Partidas - Proyectos de Inversión Pública”, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se re fi ere el numeral