Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2015 (09/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Miércoles 9 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

561015

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencia financiera a la Embajada de EE.UU en el Perú, para financiar acciones conjuntas establecidas por el Acuerdo Operativo con el Gobierno de los Estados Unidos de América para el Proyecto de Control de Drogas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 081-2015-DV-PE Lima, 8 de setiembre 2015 VISTO: El Memorándum N° 372-2015-DV-PPCOD de fecha 04 de setiembre de 2015, emitido por la Responsable Técnica del Programa Presupuestal Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú ­ PP GIECOD, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 218-2014-DV-PE de fecha 24 de diciembre de 2014, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2015 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA; Que, la Ley N° 30281 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, publicada el día 04 de diciembre de 2014, en su Décima Octava Disposición Complementaria autoriza a DEVIDA a otorgar recursos con cargo a su presupuesto institucional como apoyo a las actividades conjuntas a que se refiere el literal c) del numeral VII del Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el Proyecto del Control de Drogas, ratificado por el Decreto Supremos 031-96-RE, y en el marco del citado acuerdo; Que, el Decreto Supremo N° 246-2015-EF, publicado el 04 de setiembre de 2015, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de S/.13'000,000.00 (Trece millones y 00/100 Nuevos Soles) del Pliego 007: Ministerio del Interior, a favor del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), para ser destinados como apoyo a la Dirección de Operaciones del Proyecto Especial de Control y Reducción de Cultivos Ilegales en el Alto Huallaga, para evitar las resiembras y expansión de nuevos cultivos ilegales de hoja de coca; Qué, mediante Nota Diplomática RE (DCD) N° 6-3/3 de fecha 04 de febrero de 2015, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú hace de conocimiento a la Embajada de los Estados Unidos de América en el Perú, que DEVIDA ha quedado autorizada a transferir a la Embajada de los Estados Unidos de América en el Perú, la suma de S/. 92´000,000.00 (Noventa y dos millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 026-2015-DV-PE, DEVIDA transfiere la suma de S/. 70´000,000.00 (Setenta millones y 00/100 Nuevos Soles) a la Embajada de los Estados Unidos de América en el Perú, para financiar acciones conjuntas establecidas por el Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el "Proyecto de Control de Drogas" ratificado por el Decreto Supremo N° 031-96-RE; Que, mediante Nota Diplomática N° 0327 de fecha 17 de febrero de 2015, la Embajada de los Estados Unidos de América comunica que la cuenta bancaria en la cual deben ser efectuados los depósitos es en el Banco Continental, Cuenta N° 011-0306-01-00119114, (código

de cuenta Interbancaria N° 011-306-000100119114-85) y afirma que los fondos serán utilizados de acuerdo al Oficio N° 043-2015-DV-SG de fecha 27 de enero de 2015, aceptando el compromiso de proporcionar la información sobre los avances mensuales de la ejecución del gasto, uso y administración de los intereses generados. Asimismo, en cumplimiento del artículo 24° de la Ley N° 30114, DEVIDA se compromete en monitorear los recursos trasferidos, en el entendido que los mismos son recursos públicos y serán canalizados al CORAH, vía Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley ­ SAAL; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Décima Octava Disposición Complementaria de la Ley N° 30281, que autoriza a DEVIDA a otorgar recursos con cargo a su presupuesto institucional como apoyo a las actividades conjuntas para el Proyecto de Control de Drogas, ratificado por el Decreto Supremo N° 031-96-RE, y; Con las visaciones de la Secretaría General, la Dirección de Compromiso Global, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Responsable Técnica del Programa Presupuestal Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú ­ PP GIECOD; SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Oficina General de Administración de DEVIDA, transferir la suma de S/. 13'000,000.00 (Trece millones y 00/100 Nuevos Soles), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios a la cuenta del Banco Continental Cuenta N° 011-0306-0100119114, (código de cuenta Interbancaria N° 011-306000100119114-85) informada por la Embajada de los Estados Unidos de América en el Perú, para financiar acciones conjuntas establecidas por el "Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el Proyecto de Control de Drogas" ratificado por el Decreto Supremo N° 031-96-RE, y de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 30281 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. Artículo 2°.- REMITIR copia del presente dispositivo a la Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley - SAAL de la Embajada de los Estados Unidos en el Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente Ejecutivo 1284740-1

INSTITUTO DE GESTION DE SERVICIOS DE SALUD
Designan Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica del IGSS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 500-2015/IGSS Lima, 8 de setiembre de 2015 VISTO: El Expediente N° 15-019750-001, que contiene el Informe N° 446-2015-UFIyAP-ORRHH/IGSS y el Proveído N° 428-2015-ORRHH/IGSS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1167 se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestión, operación y articulación de las prestaciones de servicios de salud de alcance nacional pre hospitalarios y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en los Institutos Especializados y en los Hospitales Nacionales, así como de las prestaciones

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