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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015 (16/09/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 29

561535 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de setiembre de 2015 El Peruano / HASTA EL 29 DE FEBRERO DE 2016 DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO • Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Huánuco Artículo Segundo.- Facultar a los Presidente de las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco, Lambayeque, Santa, Tumbes y Ucayali; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Huánuco, Lambayeque, Santa, Tumbes y Ucayali; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1287654-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 466-2015-P-CSJCL/PJ Mediante Ofi cio Nº 8322-2015-P-CSJCL/PJ, la Corte Superior de Justicia del Callao solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 466-2015-P-CSJCL/PJ, publicada el día 7 de setiembre de 2015. En el Considerando de la Resolución, tercer párrafo (página 560937) DICE: (…) (www.observatoriocriminalidad.csjc.gob.pe) (…) DEBE DECIR: (…) (www.observatoriocriminalidad.csjcallao.gob.pe (…) 1286953-1 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. la apertura de oficina en la modalidad de agencia en el departamento de San Martín RESOLUCIÓN SBS Nº 5207-2015 Lima, 3 de setiembre de 2015 El Intendente General de Microfi nanzas(e) VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. para que se le autorice la apertura de una (01) ofi cina en la modalidad de agencia, ubicada en el departamento de San Martín; CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de la citada ofi cina; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “D”, y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS Nº 625- 2015; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. la apertura de una (01) ofi cina en la modalidad de agencia, ubicada en Jirón Pedro Canga Nº 533, distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martín. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfi nanzas(e) 1287887-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado Peruano de terrenos eriazos de dominio privado, ubicados en el distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 149-2015-GRA/GGR VISTO: El Informe Nº 1701-2015-GRA/OOT, el Informe Nº 1717-2015-GRA/OOT y el Informe Técnico Legal Nº 022- 2015-GRA/OOT emitidos por la Ofi cina de Ordenamiento Territorial, por el cual remiten el expediente Nº 2014-47455, 2014-47457, respecto al procedimiento de Inscripción en Primera de Dominio de dos terrenos eriazos de dominio privado, siendo los que a continuación se detallan: A) 69 077.77 m2 (6.9078 Has) y B) 405 803.77 m2 (40.5804 Has) ambos ubicados en el Distrito de Yura, Provincia y Departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el artículo 62º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala en el Inc. b), que es función de los Gobiernos Regionales: “b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.”