NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015 (16/09/2015)
CANTIDAD DE PAGINAS: 44
TEXTO PAGINA: 38
561544 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de setiembre de 2015 / El Peruano ANEXO ORDENANZA -REGLAMENTA LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN TELECOMUNICACIONES EN EL DISTRITO DE LA MOLINA Nº DE OR- DEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMI- TACIÓN (*) CALIFICACIÓN PLAZO PARA RESOLVER (en días hábiles) INICIO DEL PROCE- DIMIENTO AUTORIDAD COMPE- TENTE PARA RESOLVER INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOS Número y Denominación Formulario / Código / Ubica- ción (en % UIT) (en S/.) TUPA Auto- mático Evaluación Previa RECONSI- DERACIÓN APELA- CIÓN Posi- tivo Nega- tivo GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y OBRAS PÚBLICAS : PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 6.56 AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN TELECOMUNI- CACIONES (En Áreas de uso público) 1 Formulario Único de Instalación de Infraestructura de Telecomunicaciones (FUII) llenado y suscrtito por el solicitante, dirigido al Titular (debe cumplir con los requisitos de presentación) Solicitud Formato x Subgerencia de Gestión Documen- taria Subgerencia de Obras Públicas Subgerencia de Obras Públicas Gerencia de Gestión Ambiental y Obras Públicas 2 Copia simple de documento que acredite las facultades de representación, cuando la solicitud sea suscrita por el representante legal del solicitante. Base Legal: 3 Copia simple de la Resolución Ministerial mediante la cual se otorga concesión al Solicitante para prestar el servicio Público de Telecomunicaciones. En caso, el Solicitante sea una Empresa de Valor Añadido, debe presentar copia simple de la autorización a que se refi ere el artículo 33° de la Ley de Telecomunicaciones y en caso sea un Proveedor de Infraestructura Pasiva, copia simple de la constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de Infraestructura Pasiva. * Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, * (11.04.2001) Artículos 44 y 45 Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, (27.05.2003) Artículo 79 * Reglamento para la Ejecución de Obras en las Áreas de Dominio Público, Ordenanza N° 203- MML (28.01.1999) Artículos 6 y 9 4 El Plan de Obras, acompañando la información y documentación sustentatoria señalada en el artículo 15° del Reglamento de la Ley N° 29022, aprobado por D.S. N° 003-2015-MTC. * Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, Ley N° 29022, (20.05.2007), modifi cada por la ley N° 30288 (12.07.2012), Artículos 2°, literal c, 5° y 7° 5 Pago de tasa por derecho de trámite. 1.774 68.30 Municipalidad de La Molina, incorporando el procedimiento de autorización para la Instalación de Infraestructura de Telecomunicaciones, conforme al Anexo que forma parte de la presente Ordenanza, precisando que la tasa a cobrar se efectuará con arreglo a la Ley de la materia. Segunda.- La instalación de la Infraestructura en Telecomunicaciones, se efectuará en zonas permitidas de acuerdo a la Zonifi cación de los Usos del Suelo e Índice de Usos del Distrito de La Molina, regulado por la Ordenanza N° 1144 y la Ordenanza N°1661 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Tercera.- Será de aplicación en lo no regulado por la presente ordenanza, lo establecido por el Reglamento de la Ley N° 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC. DISPOSICIONES FINALES Primera: Facultar al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias en todos los aspectos normativos, para la reglamentación de la presente Ordenanza. Segunda: La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Tercera.- Encárguese a la Gerencia de Gestión Ambiental y Obras Públicas, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico, a la Subgerencia de Obras Públicas, a la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas y a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones y Fiscalización Administrativa, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- Encárguese a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información la publicación en la página Web de la Municipalidad www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al ciudadano y empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde