Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2016 (08/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Viernes 8 de abril de 2016 /

El Peruano

(Cronograma no incluye plazos para las autorizaciones y permisos) vi) Forma de Retribución Propuesta La retribución que se propone para la Municipalidad de Surquillo es del siete por ciento (5%) de los ingresos brutos, sin considerar el Impuesto General a las Ventas. Este porcentaje incluye una retribución directa a la municipalidad 4% y retribución para la supervisión 1%. b) INDICADORES DE CALIDAD DEL SERVICIO A PRESTARSE La calidad del servicio a prestarse será monitoreada por la Municipalidad de Surquillo considerando los siguientes parámetros mínimos: · El diseño buscará mínima incidencia ambiental: su ubicación, forma, dimensiones, los accesos, etc., generarán mínimo impacto al medio ambiente. · El diseño, la selección de los materiales, el protocolo de supervisión de la obra y los criterios de mantenimiento durante la explotación, estarán determinados por un escrupuloso respeto al medio ambiente. · La circulación vehicular al interior de la playa de estacionamiento se desarrollará mediante vías de acuerdo a la normativa vigente en cada uno de los sótanos. · El ingreso se ubicará en la curva entre las avenidas Los Halcones - Las Tiendas y, la salida se ubicará en la avenida Paujiles - Las Tiendas. · El estacionamiento se diseñará de tal manera que la seguridad interna de las personas y vehículos dentro de sus instalaciones esté garantizada mediante el servicio de vigilancia de 24 horas, un circuito cerrado de T.V, accesos vehiculares controlados a través de uso de tarjetas electrónicas y cobertura de seguro. · El establecimiento funcionará ininterrumpidamente las 24 horas del día, los siete días de la semana. · El estacionamiento brindará un servicio cómodo para clientes al garantizar tiempos mínimos de entrada y salida, y uso fácil y seguro. · Desde el punto de vista tecnológico el proyecto estará dotado de la última tecnología asociada a la gestión de estacionamientos. Estos sistemas que permitirán la monitorización en tiempo real de los parámetros de funcionamiento de la playa: ocupación, ubicación de las disponibilidades, seguridad, etc., permitirán al Concejo Municipal el control en tiempo real de la recaudación. · El procedimiento constructivo considerará que durante la ejecución de la obra, se tratará en todo momento de reducir el impacto vehicular. c) ELEMENTOS ESENCIALES DEL PROYECTO DE CONTRATO i) Objeto Diseño, financiamiento, construcción, equipamiento, operación, mantenimiento y transferencia de un Centro de Estacionamiento y Servicios en el espacio ubicado en el subsuelo de la calle Las Tiendas en Surquillo. ii) Concedente La Municipalidad Distrital de Surquillo. iii) Concesionario En caso de no presentarse terceros interesados en el proyecto de inversión privada el Proponente de la Iniciativa Privada, o, de haberlos, quien resultare adjudicatario del proceso de selección que se convoque. iv) Operador de Playa de Estacionamiento La playa de estacionamiento requerirá durante los tres primeros años de operación, la presencia de un operador con experiencia acreditada en mantenimiento y explotación de estacionamientos con contratos, de por

lo menos cinco (05) años, que cuente a la fecha de la presentación de propuestas, con operaciones que sumen por lo menos 1,000 (un mil) espacios de estacionamiento. El operador podrá ser socio de la Concesionaria o ser contratado por ella. v) Bienes de la Concesión A lo largo de la concesión se considera la existencia de Bienes del Concedente y Bienes de la Concesionaria. 1. Bienes del Concedente Son aquellos que a lo largo de la concesión pertenecen al dominio de la Municipalidad Distrital de Surquillo. Estos son, cuando menos los siguientes: · La infraestructura y demás inmuebles ­incluyendo el Área de la Concesión- que serán entregados a la Concesionaria a la fecha de cierre para su aprovechamiento económico, así como los derechos expedidos por el Concedente a su favor. · La infraestructura e inmuebles que construya la Concesionaria en el Área de la Concesión. 2. Bienes de la Concesionaria Son aquellos destinados a la ejecución del contrato distintos de los Bienes del Concedente, esenciales o no para la prestación del servicio que, a lo largo de la concesión, permanezcan bajo el dominio de la Concesionaria. vi) Régimen aplicable a los Bienes de la Concesión 1. La Concesionaria es responsable por los Bienes de la Concesión, a lo largo de toda la vigencia del contrato, debiendo ejercer las defensas posesorias que la ley establece. 2. Los Bienes del Concedente serán devueltos por la Concesionariaal final de la concesión. 3. Los Bienes de la Concesionaria esenciales para la prestación del servicio, serán transferidos al Concedente al final de la concesión. 4. Los Bienes de la Concesionaria esenciales para la prestación del servicio no podrán ser transferidos a terceros sin la autorización del Concedente. 5. La devolución de los Bienes del Concedente, así como la transferencia de los Bienes de la Concesionaria esenciales para la prestación del servicio, suponen la entrega al Concedente del proyecto de inversión en buenas condiciones de operación. 6. La Concesionaria está obligada a realizar a su costo las mejoras necesarias y útiles que requieran los Bienes de la Concesión a fin de preservar los niveles de calidad exigidos o para elevarlos cuando así lo exijan las Leyes Aplicables. 7. La Concesionaria se obliga a efectuar el mantenimiento de los bienes de la Concesión hasta la fecha de caducidad de la Concesión.La Concesionaria deberá elaborar un manual de operación y mantenimiento, el que detallará las labores de operación y mantenimiento a efectuarse durante el periodo de Concesión, requiriéndose la aprobación del Concedente para su aplicación. vii) Área de la Concesión El Área de la Concesión comprende el subsuelo de la calle Las Tiendas en Surquillo. La Concesionaria podrá solicitar al Concedente la ampliación del Área de la Concesión. viii) Servidumbres e Interferencias La Concesionaria deberá realizar las gestiones necesarias para el establecimiento de las servidumbres convencionales que se requieran para el cumplimiento de sus obligaciones con arreglo al contrato. Igualmente, será responsabilidad de la Concesionaria realizar las acciones y tomar las medidas que se requieran

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