Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2016 (08/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Viernes 8 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

582705

de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www. munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1365136-1

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Convocan al proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2017 en el distrito de Santiago de Surco y aprueban el Cronograma y Propuesta Metodológica
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 09-2016-MSS Santiago de Surco, 5 de abril del 2016 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: La Ordenanza Nº 537-MSS, el Memorándum Nº 337-2016-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 278-2016-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, señala que: "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal"; Que, el segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 537-MSS, se regula el Presupuesto Participativo basado en resultados en el distrito de Santiago de Surco, el cual contiene los mecanismos de identificación y acreditación de los agentes participantes, las responsabilidades de los mismos, las fases para el desarrollo de las acciones del proceso del presupuesto participativo; Que, el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 537-MSS, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas reglamentarias y complementarias

necesarias para el estricto cumplimiento de la citada Ordenanza; Que, con Memorándum Nº 337-2016-GPP-MSS, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, informa que se ha llevado a cabo la reunión del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2017, en la cual se ha procedido a elaborar el proyecto de cronograma y propuesta metodológica que regula el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Santiago de Surco, a efectos que el mismo sea aprobado mediante Decreto de Alcaldía, conforme a lo señalado en el Artículo 5º inciso i) y Artículo 22º inciso b) del Anexo I, de la Ordenanza Nº 537-MSS que regula el Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del distrito de Santiago de Surco; Que, mediante informe Nº 278-2016-GAJ-MSS, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es procedente la emisión del Decreto de Alcaldía solicitado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto que, convoca al proceso de Presupuesto Participativo 2017, en la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, agrega la Gerencia de Asesoría Jurídica que, el objeto de la propuesta normativa (cronograma de actividades) se encuentra exceptuada de la pre publicación conforme lo señala el Artículo 14º numeral 3.2) del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y la Directiva Nº 005-2009-MSS aprobada por Resolución Nº 220-2009RASS, por cuanto el presente es complemento de los citados Artículos 5º y 22º del Anexo I, de la Ordenanza Nº 537-MSS; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 278-2016-GAJMSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades señaladas en el numeral 6) del Artículo 20º y el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Convocar a la población debidamente organizada, a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, entre otros, al proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2017 en el distrito de Santiago de Surco. Artículo Segundo.- Aprobar el Cronograma y Propuesta Metodológica que regula el proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2017 en el distrito de Santiago de Surco, conforme a lo detallado en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Desarrollar el proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2017 en el distrito de Santiago de Surco, aprobado mediante Ordenanza Nº 537-MSS de fecha 10 marzo 2016. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, a la Gerencia de Participación Vecinal y al Equipo Técnico del Presupuesto Participativo basado en resultados. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde

ANEXO N° 01 DECRETO DE ALCALDIA N° 09 -2016-MSS CRONOGRAMA Y PROPUESTA METODOLÓGICA PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO AÑO FISCAL 2017 DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO DURACION 85 días 52 días 9 días Marzo COMIENZO FIN Abril Mayo Junio

ACTIVIDAD PROPUESTA METODOLÓGICA PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2017 PRIMERA FASE - PREPARACIÓN Aprobación de Ordenanza

1er 2da 3er 4ta 5ta 1er 2da 3er 4ta 5ta 1er 2da 3er 4ta 5ta 1er 2da 3er 4ta 5ta Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem Sem

mar 01/03/16 jue 30/06/16 mar 01/03/16 vie 13/05/16 mar 01/03/16 vie 11/03/16

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