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583491 NORMAS LEGALES Sábado 16 de abril de 2016 El Peruano / febrero de 2016, mediante el cual solicita la elaboración de ofi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa para el quinquenio regulatorio 2016-2021; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley Nº 263381 (en adelante, TUO del Reglamento), en su artículo 96, establece que excepcionalmente, en caso las entidades prestadoras de servicios de saneamiento (en adelante, EPS) no cumplan con presentar su Plan Maestro Optimizado (en adelante, PMO) dentro de los plazos establecidos para tal fi n, la Superintendencia podrá establecer la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de ofi cio, de acuerdo con la directiva que para tal efecto apruebe; Que, el artículo 102 del TUO del Reglamento, dispone que las EPS deben presentar a la SUNASS su PMO revisado y actualizado, a más tardar nueve meses antes de concluir cada período quinquenal; Que, de acuerdo con los artículos 34 y 35 del Reglamento General de Tarifas2 (en adelante, RGT), la Gerencia de Regulación Tarifaria (en adelante, GRT) podrá dar inicio al procedimiento de aprobación de ofi cio de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de las EPS, cuando: (i) habiendo transcurrido el plazo previsto la EPS no ha cumplido con presentar su PMO y (ii) la SUNASS cuenta con la información sufi ciente prevista en el Título 2 sobre la “Metodología para la Formulación del PMO” y en el Anexo 2 del RGT; en caso contrario, la GRT podrá solicitar a la EPS la información que considere necesaria; Que, el artículo 36 del RGT3 establece que, una vez verifi cado el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 35 de dicha norma, la GRT dispondrá el inicio del procedimiento de aprobación de ofi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de la EPS, así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales; Que, asimismo, el artículo 38 del RGT4 señala que para la selección de las EPS a ser incluidas en el procedimiento de aprobación de ofi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, la SUNASS tomará en cuenta, entre otros criterios, a las EPS que hayan solicitado la aprobación de ofi cio de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión; Que, con Ofi cio Nº 006-2014-SUNASS-110, de fecha 10 de enero de 2014, la GRT solicitó a EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L información sobre aspectos operacionales, comerciales y fi nancieros, a fi n de brindarle asistencia técnica para la elaboración y presentación de su PMO correspondiente al segundo quinquenio regulatorio; Que, con Ofi cio Nº 25-2014/GG/EMSAPA-YLO-SRL, recibido el 1 de julio de 2014, EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. remitió parte de la información solicitada; Que, con Ofi cio Nº 003-2015-SUNASS-110, de fecha 16 de enero de 2015, la GRT reiteró la solicitud de información a EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. a fi n de continuar con el proceso de asistencia técnica; Que, mediante Ofi cio Nº 14-2015/GG/EMSAPA-YLO- SRL, recibido el 17 de febrero de 2015, EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. remitió parte de la información solicitada; Que, mediante Ofi cio Nº 171-2015-SUNASS-110, de fecha 29 de octubre de 2015, la GRT requirió a EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. información sobre aspectos operacionales, comerciales y fi nancieros, a fi n de continuar con el proceso de asistencia técnica para la elaboración del PMO correspondiente al segundo quinquenio regulatorio; Que, a través de los ofi cios Nos. 62-2015/GG/ EMSAPA-YLO-SRL, 05-2016/GG/EMSAPA-YLO-SRL, 08-2016/GG/EMSAPA-YLO-SRL y 17-2016/GG/EMSAPA- YLO-SRL, recibidos el 18 de noviembre de 2015, el 4 y 24 de febrero y el 21 de marzo de 2016 respectivamente, EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. remitió la información solicitada; Que, mediante los ofi cios Nos. 24-2016/GG/EMSAPA- YLO-SRL y 25-2016/GG/EMSAPA-YLO-SRL, recibidos el 5 de abril de 2016, EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. remitió información adicional para la elaboración de su PMO; Que, mediante el documento de visto, EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. ha solicitado la elaboración de ofi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa para el quinquenio regulatorio 2016-2021; Que, en atención a lo solicitado por la EPS y, conforme con lo dispuesto en el artículo 35 del RGT, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha revisado la información remitida por EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. durante el proceso de asistencia técnica para la elaboración del PMO, considerando que es información sufi ciente para dar inicio al procedimiento de aprobación de ofi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales; Que, de acuerdo con el artículo 21 del RGT, que resulta de aplicación para el procedimiento de aprobación de ofi cio, la resolución de inicio debe ser notifi cada al solicitante y publicada en el diario ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS dentro de los cinco días calendario de emitida; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley Nº 263338, y el artículo 35 del Reglamento General de Tarifas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar el procedimiento de aprobación de ofi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. Artículo 2º.- NOTIFICAR a EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. la presente resolución. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS VELARDE SACIO Gerente de Regulación Tarifaria 1 Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA. 2 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS- CD y sus modifi catorias. 3 “Artículo 36.- Resolución de inicio de procedimiento de ofi cio La Gerencia de Regulación Tarifaria emitirá Resolución iniciando el procedimiento de aprobación de ofi cio de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, una vez verifi cado el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo anterior.” 4 “Artículo 38.- Criterios para la aprobación de ofi cio Para la selección de las EPS a ser incluidas en el procedimiento de aprobación de ofi cio de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, la SUNASS tomará en cuenta los siguientes criterios: (...) 3. EPS que hayan solicitado la aprobación de ofi cio de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión. (...)” 1367960-1