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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (16/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 38

583500 NORMAS LEGALES Sábado 16 de abril de 2016 / El Peruano Programa Nacional Cuna Más 31. Del reporte posterior obrante a fojas 291 a 293, se advierte que el sustento de la difusión de este programa consiste en brindar una adecuada atención a la primera infancia con la fi nalidad de garantizar el bienestar presente y futuro de las personas, mediante sesiones de socialización e interaprendizaje. Así pues, alude que la publicidad ha sido difundida mediante “calendarios”, “fl yer informativo”, “bolsas ecológicas”, “lapiceros”, “banners”, “blocks”, “folletos”, “rompecabezas”, “crayolas”, “mochilas”, “bolsa de tela”, “cartulinas, “papelotes” y “cuadernos”. 32. Respecto a las bolsas ecológicas, lapiceros, “banners roll up”, “blocks”, volantes informativos FEN, bolsas de tela para el kit de facilitadores, mochilas, bolsas de tela para el kit de familias, “pioners para cartillas Jugando Aprendo” y “cuaderno de práctica de cuidado y aprendizaje en la familia”, se advierte que estos solo contienen el logo y nombre del programa Cuna Mas y del Midis, lo que demuestra que su difusión busca el provecho de la institución y no de la colectividad, en tanto que no contiene mensaje alguno que sea apto para la satisfacción de las necesidades de la población, motivo por el cual, considerando que es materia de análisis el mensaje que se difunde y no el programa en sí, la escasa información contenida en tales publicidades estatales no reviste de las características de impostergable necesidad o utilidad pública en periodo electoral, por el contrario, dicha difusión se torna de utilidad al programa y al ministerio, por lo que tal extremo debe desaprobarse. 33. De los cubos calendarios 2016, almanaques 2016, volantes institucionales “Más Protegidos y Más nutridos”, afi ches del FEN, cubos armables del PNCM, se advierte que la calidad de los mensajes que contienen son de conveniencia e interés para la población en la medida que informan las pautas y consejos para la salud de los niños y niñas, tales como “Recuerda marcar los días que tengas que llevar a tu niño o niña a su control CRED y sus vacunas”, “Las niñas y niños más nutridos y sin anemia aprenden mejor”, así también, informan los requisitos para ser atendidos por el Servicio de Acompañamiento a Familias de Cuna Más y la cobertura de su atención. En ese sentido, la información contenida en tales materiales se encuentran justifi cadas en la excepción de utilidad pública, por tanto, debe aprobarse su difusión. 34. Igualmente, del “Flyer informativo Cuidando el futuro de todo un país”, se aprecia que el mensaje que se difunde consiste en el horario de atención del Servicio de Acompañamiento a Familias, su central telefónica, página web y los servicios que presta a la comunidad. De los folletos institucionales impresos en material ecológico, se observa que la información que contiene es sobre el procedimiento para acceder a los servicios que brinda el Servicio de Cuidado Diurno y el Servicio de Acompañamiento a Familias, expresando la gestión de sus servicios y el horario de su atención. Por último, del afi che “Impacto de El Niño”, se observa que el mensaje que se difunde corresponde a recomendaciones para actuar frente al fenómeno de El Niño, indicando los materiales necesarios para afrontarlo, tales como “alimento, agua potable, abrigo, alcohol, gasa, algodón, esparadrapos, papel higiénico, paracetamol”. En esa línea, se considera que los mensajes publicitarios que contiene los referidos instrumentales son relevantes para el interés común, en la medida que la calidad de estos buscan satisfacer las necesidades de los pobladores, catalogándose de utilidad pública. 35. La carpeta, cartilla y guía “Jugando Aprendo”, los cuentos para el ámbito andino y amazónico, las cartillas y juegos educativos “Cuidados con Amor” difunden información que coadyuvan a la formación académica y de la personalidad de los niños y niñas, siendo que tales instrumentales cumplen una importante función educativa, por lo que su difusión debe continuar y, por tanto, tenerla por aprobada, a razón que son de utilidad pública. 36. Ahora, respecto a los bloques de construcción, cubos lógicos, pelotas de plástico, animales de madera, vasos lógicos, rompecabezas, crayolas gruesas, cartulinas, papelotes y cinta de embalaje, se aprecia que estos no contienen mensaje alguno, así como tampoco tiene el nombre del programa ni de la entidad, ni su logo, de manera que, considerando que en el presente caso la controversia es determinar si la publicidad estatal difundida encuentra justifi cación en los supuestos de excepción de impostergable necesidad o utilidad pública, se tiene que en tales materiales no existe publicidad estatal que analizar, por lo que este Supremo Tribunal Electoral estima que el JEE, al emitir pronunciamiento al respecto, ha incurrido en causal de nulidad insubsanable, no correspondiendo aprobar ni desaprobar el uso de tales materiales didácticos en las ejecución del programa Cuna Más. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por Paola Bustamante Suárez, ministra de Desarrollo e Inclusión Social; en consecuencia (i) CONFIRMAR la Resolución Nº 002-2016-JEE-LIMAOESTE1/JNE, del 16 de febrero de 2016, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 1, en el extremo que desaprobó la publicidad estatal difundida mediante los “banners de Pensión 65”, “Saberes Productivos” y de “Salud” (fojas 178), el volante (fojas 186) y el brochure (fojas 196) en su versión popular (fojas 199) de “Saberes Productivos”, la revista institucional Nº 11 de “Pensión 65” (fojas 204 a 209), las bolsas ecológicas de Foncodes (fojas 212), los “banners de Qali Warma”, las bolsas ecológicas de Cuna Más, los lapiceros de Cuna Más, banners Roll Up de Cuna Más, los blocks de Cuna Más, los volantes informativos FEN, los pioners para cartillas Jugando Aprendo, las bolsas de tela y mochilas para el kit de facilitadores y de familias, de manera que debe procederse con el cese de su difusión, bajo apercibimiento de imponer a Paola Bustamante Suárez sanción de amonestación pública y multa, así como disponer la remisión de los actuados al Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones; y (ii) REVOCAR la Resolución Nº 002-2016-JEE- LIMAOESTE1/JNE, el resto del contenido, excepto los referidos a los bloques de construcción, cubos lógicos, pelotas de plástico, animales de madera, vasos lógicos, rompecabezas, crayolas gruesas, cartulinas, papelotes y cinta de embalaje del programa nacional Cuna Más; y, REFORMÁNDOLA, APROBAR la publicidad estatal difundida mediante volante “Samu” (fojas 184), volante “Pensión 65” (fojas 185), volante “SIS” (fojas 187), volante “Salud” (fojas 188), volante/tríptico “Financiero Pensión 65” (fojas 189), brochure “Pensión 65” (fojas 195) y en su versión popular (fojas 198) y brochure Salud (fojas 197), las cartillas de información de Foncodes: “ABC del Núcleo Ejecutor” (fojas 214), “El ABC del Yachachiq” (fojas 215), “El ABC del Coordinador Técnico” (fojas 216), “El ABC Haku Wiñay” (fojas 217), “El ABC Noa Jayatai” (fojas 218), “Testimonios Proyectos que cambian vidas” (fojas 220), los manuales técnicos de Foncodes: “Pequeños Sistema de riego por aspersión a nivel familiar”, “Biohuertos familiares para la producción de hortalizas” (fojas 224), “Siembra y manejo de pastos cultivados para familias rurales” (fojas 225), “Crianza de Cuyes” (fojas 226), “Producción y uso de abonos orgánicos” (fojas 227), “Siembra y cosecha de agua” (fojas 228), trípticos Noa Jayatai: “Módulo de gallinas” (fojas 231), “módulo de Hortalizas” (fojas 232), “módulo de abonos orgánicos” (fojas 233), “módulo de agroferestería” (fojas 235), “módulo de prácticas adecuadas, mejora de vivienda, salud y vivienda saludable” (fojas 234), “Desarrollamos Capacidades para la inclusión económica Haku Wiñay Noa Jayatai (fojas 238) y Foncodes (fojas 241), tríptico Haku Wiñay “Promovemos oportunidades económicas en los hogares rurales” (fojas 239), tríptico Noa Jayatai “Promovemos oportunidades económicas en los hogares rurales” (fojas 240), tríptico “Promovemos oportunidades económicas en los hogares rurales” (fojas 242), las guías