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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (16/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 44

583506 NORMAS LEGALES Sábado 16 de abril de 2016 / El Peruano Distrital de Quechualla declaró por unanimidad la vacancia del regidor Damián Simangas Rosas, por las causales de ausencia en la jurisdicción municipal por más de treinta días consecutivos sin autorización del concejo municipal e inasistencia injustifi cada a tres sesiones ordinarias consecutivas, contempladas en el artículo 22, numerales 4 y 7, respectivamente, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). CONSIDERANDOS 1. El artículo 23 de la LOM establece que el concejo municipal es competente para declarar la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa notifi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verifi car la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento. 3. En el presente caso, mediante Ofi cios Nº 002- 2016-SG/MDQ, del 29 de enero de 2016, y Nº 030-2016- MDQ/ALC, del 19 de febrero, se remitió documentación relacionada con el procedimiento de vacancia iniciado contra el regidor Damián Simangas Rosas, debido a que, sin mediar justifi cación, no asistió a las sesiones ordinarias realizadas el 26 de septiembre, 18 de octubre y 8 de noviembre de 2015. Al respecto, cabe señalar que dicha autoridad fue debidamente notifi cada de las mencionadas sesiones, tal como consta en los cargos de notifi caciones que obran en autos (fojas 9 a 11). 4. Asimismo, de los documentos remitidos, se indica que la inasistencia a las mencionadas sesiones de concejo se debería a su ausencia en el distrito de Quechualla por estar en el extranjero, sin la correspondiente autorización por parte del concejo municipal. Dicha información encuentra sustento en la siguiente documentación: a) Certifi cado de Movimiento Migratorio Nº 39949/2015/MIGRACIONES-AF-C, del 18 de noviembre de 2015, emitido por la Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú (fojas 6), en el cual se registra la salida del regidor Damián Simangas Rosas con fecha 9 de marzo de 2015 con destino a El Salvador. b) Constancia y notifi cación del juez de paz no letrado del distrito de Quechualla, Wálter Eduardo Céspedes Heredia, de fecha 10 de noviembre (fojas 7) y 7 de diciembre de 2015 (fojas 39), respectivamente, en las cuales se da fe de que, por información de los familiares y vecinos, la autoridad municipal se encuentra en el extranjero. 5. En ese contexto, se aprecia que, en la sesión extraordinaria llevada a cabo el 6 de diciembre de 2015 (fojas 29), se declaró su vacancia porque incurrió en las causales señaladas en el artículo 22, numerales 4 y 7, de la LOM. Asimismo, a pesar de haberse notifi cado a la citada autoridad edil del mencionado acuerdo (fojas 39), no interpuso recurso impugnatorio alguno dentro del plazo legal establecido (fojas 43). 6. En consecuencia, en vista de que se han acreditado las causales contempladas en el artículo 22, numerales 4 y 7, de la LOM, corresponde emitir la respectiva credencial, de conformidad con el artículo 24 del mismo cuerpo legal, el cual establece que, en caso de vacancia de un regidor, este es reemplazado por el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Por tal motivo, se debe convocar a Rosa Berónica Huarcaya Carbajal, identifi cada con DNI Nº 77032241, candidata no proclamada del movimiento regional Arequipa, Tradición y Futuro, según el acta de proclamación del Jurado Electoral Especial de La Unión, de fecha 10 de noviembre de 2014, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Damián Simangas Rosas en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Quechualla, provincia de La Unión, departamento de Arequipa, por la causales establecidas en el artículo 22, numeral 4 y 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial que le fuera otorgada a Damián Simangas Rosas como regidor del Concejo Distrital de Quechualla, provincia de La Unión, departamento de Arequipa, emitida con motivo de las elecciones municipales de 2014. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Rosa Berónica Huarcaya Carbajal, identifi cada con DNI Nº 77032241, candidata no proclamada del movimiento regional Arequipa, Tradición y Futuro, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Quechualla, provincia de La Unión, departamento de Arequipa, a fi n de completar el número de integrantes del concejo edil por el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1368468-5 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de la Nación la rectificación de dirección de agencia ubicada en el departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN SBS Nº 1830-2016 Lima, 1 de abril de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nación, en adelante el Banco, para que esta Superintendencia autorice la rectifi cación de la dirección de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 5660-2010 se autorizó al Banco de la Nación la apertura de la agencia denominada “Yauli”; Que, mediante Resolución SBS N° 043-2014 se autorizó al Banco de la Nación el traslado de la agencia denominada “Yauli”;