Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2016 (07/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Domingo 7 de agosto de 2016
GERENTE PÚBLICO CARGO

NORMAS LEGALES
ENTIDAD DE DESTINO GERENTE PÚBLICO Carlos Augusto Lluén Chero CARGO Jefe de Oficina II de la Unidad de Salud Colectiva y Ambiental de la Dirección de Salud Integral de la Dirección Regional de Salud

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ENTIDAD DE DESTINO Gobierno Regional de San Martín

Sub Gerente II de la Oficina de Luis Alberto Gobierno Regional Planeamiento Sectorial de la Dirección Silva Goicochea de San Martín Regional de Salud

Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con el Gobierno Regional de San Martín, se iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida Entidad de destino. Artículo Tercero.- Publicar en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1412703-4 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 124-2016-SERVIR-PE Lima, 27 de julio de 2016 VISTO, el Informe N° 087-2016-SERVIR/GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12° del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 166-2015-SERVIR-PE de fecha 27 de mayo de 2015, el señor Carlos Augusto Lluén Chero fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, el Gobierno Regional de San Martín, mediante Oficio Nº 294-2015-GRSM/GR de fecha 17 de setiembre de 2015, aclarado mediante el Oficio Nº 310-2015-GRSM/GR de fecha 12 de Octubre de 2015, solicitó la asignación de Gerentes Públicos para desempeñar, entre otros, el cargo de Jefe de Oficina II de la Unidad de Salud Colectiva y Ambiental de la Dirección de Salud Integral (sic) de la referida Entidad; Que, el Consejo Directivo en su sesión N° 019-2016 aprobó la asignación del Gerente Público Carlos Augusto Lluén Chero al cargo de Jefe de Oficina II de la Unidad de Salud Colectiva y Ambiental de la Dirección de Salud Integral de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de San Martín, dicho cargo de destino fue formalizado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 319-2015-SERVIR-PE; Que, conforme al Memorándum Nº 156-2016-SERVIR/ GG-OPP la asignación señalada en el párrafo anterior cuenta con disponibilidad presupuestal; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1024, el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM y modificatoria; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Formalizar la asignación del Gerente Público que se señala a continuación a la Entidad y cargo de destino, según el detalle siguiente:

Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con el Gobierno Regional de San Martín, se iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida Entidad de destino. Artículo Tercero.- Publicar en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1412703-5

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Aprueban el Sistema de Registro y Control del Certificado de Descuento sobre Multas (SIRCDM) del OEFA y Lineamientos para el Acceso y Uso del SIRCDM
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 072-2016-OEFA/SG Lima, 5 de agosto de 2016 VISTOS: El Informe Técnico N° 033-2016-OEFA/ OTI de la Oficina de Tecnologías de la Información, el Memorando N° 1293-2016- OEFA-OA de la Oficina de Administración y el Informe N° 368-2016-OEFA/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 5° del Reglamento del Régimen de Incentivos en el ámbito de la fiscalización ambiental a cargo del OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 040-2014-OEFA-CD, establece que el Certificado de Descuento sobre Multas constituye un incentivo económico que tiene por finalidad reconocer la inversión realizada por la unidad fiscalizable para la ejecución de las prácticas que superen en términos positivos lo dispuesto en la normativa ambiental y/o en sus compromisos ambientales; El referido artículo señala que el Certificado de Descuento sobre Multas es un documento que contiene un valor económico expresado en Unidades Impositivas Tributarias (UIT), el cual es otorgado por el OEFA a favor de un administrado. El referido certificado tiene carácter divisible y es transferible solo por el administrado beneficiario que obtuvo el incentivo económico como reconocimiento a su buena práctica. Asimismo, precisa que dicho certificado tiene como único fin el pago de multas administrativas impuestas por el OEFA; en ningún caso se podrá utilizar para cancelar multas impuestas por la comisión de hallazgos críticos previstos en el Artículo 18° del Reglamento de Supervisión Directa del OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 016-2015-OEFA-CD; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 002-2016-OEFA/CD se aprobó las "Disposiciones para el Uso del Certificado de Descuento sobre Multas otorgado por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA", de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5° del Reglamento del Régimen de Incentivos, que regula entre otros, el ámbito de aplicación, registro, emisión y

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