Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2016 (27/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de agosto de 2016 /

El Peruano

el Dictamen Nº 025-2016-GRH-CPPPAT-AL, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, sobre la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional de Salud Huánuco y sus seis Unidades Ejecutoras de la Región Huánuco y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de la políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes instancias, Dependencias, Entidades, Organizaciones y Procedimientos, con la finalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional es un Documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del sector público al Régimen del Servicio Civil previsto en la Ley Nº 30057 y en tanto se reemplace el CAP y PAP por el CPE; Que, mediante Ordenanza Regional Nª 034-2015-CRGRH de fecha 18 de diciembre de 2015, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal Provisional-CAP-P de las Unidades Ejecutoras: 403- Red de Salud Leoncio Prado, 404 - Red de Salud Huánuco, 405 - Red de Salud Huamalíes y 406 - Red de Salud Dos de Mayo; para nombramiento de profesionales de la Salud, Técnicos y Auxiliares Asistenciales; Que, mediante Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, establece en su literal h) del numeral 8.1 del artículo 8º el cual autoriza el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153, vinculante con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 244-2016/MINSA de fecha 12 de abril de 2016 que resuelve modificar el anexo que hace referencia al artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 598-2015-MINSA, estableciéndose las PEAS correspondientes al proceso de nombramiento de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud- CLAS; Que, al respecto, la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GPGSC "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, refiere mediante el Anexo Nº 4, Sobre el CAP Provisional en sus Numeral 3 inciso 1.1 y Numeral 4 incisos 1.1 y 1.2; Con, Oficio Nº 1106-2016-SERVIR/PE del 18 de julio de 2016, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional

del Servicio Civil remite el Informe Nº 090-2016-SERVIR/ GDSRH del 13 de julio de 2016, donde concluye que "En virtud del análisis realizado, se considera pertinente la propuesta de CAP Provisional planteada por la DIRESA HUÁNUCO y sus seis (06) unidades ejecutoras, por lo que se recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP Provisional de la mencionada entidad y ejecutoras"; Que, mediante Oficio Nº 775-2016-GRH/GR de fecha 10 de agosto de 2016 el Gobernador Regional solicita al Consejero Delegado para que en Sesión del Consejo Regional mediante Ordenanza Regional, sea aprobado el CAP Provisional de la DIRESA HUÁNUCO y sus seis (06) Unidades Ejecutoras detallas a continuación: U.E. 400 Salud Huánuco, U.E. 401 Hospital de Tingo María, U.E. 402 Hospital Regional Hermilio Valdizán Medrano, U.E. 403 Salud Leoncio Prado, U.E. 404 Red de Salud Huánuco, U.E. 405 Red de Salud Huamalíes y la U.E. 406 Red de Salud Dos de Mayo, para lo cual adjunta los informes y demás documentos sustentatorios de su pedido; Que, con Informe Legal Nº 945 -2016-GRH/GGR/ ORAJ de fecha 09 de agosto de 2016, emitido por Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Huánuco, concluye que se apruebe mediante Ordenanza Regional el proyecto de CAP provisional remitido por la Dirección Regional de Salud de Huánuco y sus seis unidades ejecutoras, por lo que se recomiendas proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP Provisional de la mencionada entidad; Que, contando con el Dictamen Nº 025-2016-GRHCOCR/CPPPAT y AL de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, luego de analizado, Oficio Nº 1106-2016-SERVIR/PE, Oficio Nº775-2016-GRH/GR y Informe Legal Nº 945-2016-GRH-GGR-ORAJ de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, emiten opinión favorable para la emisión de la Ordenanza Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que las ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencias; así como el literal a) del artículo 15º de la citada Ley, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de Huánuco de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD HUÁNUCO Y SUS SEIS UNIDADES EJECUTORAS DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO Artículo Primero.- APRUÈBESE el Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP-P DE LA UNIDAD EJECUTORA 400 SALUD HUÁNUCO para nombramiento de profesionales de la Salud, Técnicos y Auxiliares Asistenciales, de acuerdo a la documentación sustentatoria presentada por el Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional, un total de Trescientos Quince (315) plazas, ocupadas Ciento Cuarenta y uno (141) y Ciento Sesenta y Cuatro (174) previstas, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APRUÈBESE el Cuadro de Asignación de Personal Provisional CAP-P DE LA UNIDAD EJECUTORA 401 HOSPITAL DE TINGO MARIA para nombramiento de profesionales de la Salud, Técnicos y Auxiliares Asistenciales, de acuerdo a la documentación sustentatoria presentada por el Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional, un total de Seiscientos Ochenta (680) plazas, ocupadas Trescientos Cuarenta y Tres

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