Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2016 (27/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de agosto de 2016 /

El Peruano

del Grupo de Trabajo de Gobernadores sobre el Clima y Bosques (GCF Task Force) en Jalisco-México, del que es miembro el Perú a través de sus Gobiernos Regionales de Ucayali, San Martín, Loreto, Huánuco, Amazonas y Madre de Dios. Otros países como México, Brasil, Indonesia, USA, Nigeria, España y Costa de Marfil participan también con sus respectivos representantes Subnacionales en un total de 29. 2.- El presente escrito se hace en atención al artículo 65º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-CRH y modificado por Ordenanza Regional Nº 052-2008- CR-GRH, establece: "(...) Los acuerdos pueden ser reconsiderados a petición escrita de cualquier Consejero Regional, debiendo presentar su pedido en la sesión siguiente para admitir a debate la reconsideración se requiere la mayoría del número legal de Consejeros Regionales". 3.- En tal sentido, en el entendido que al momento de emitirse el Acuerdo de Consejo Regional Nº 092-2016-CRGRH no se ha tomado en cuenta lo siguiente: 3.1.- Que, este encuentro servirá como una plataforma para la creación de nuevas asociaciones con los estados y provincias de todo el continente americano, así como con el sector privado, la sociedad civil, los pueblos indígenas y las instituciones financieras. Al unirse la Reunión Anual del GCF con la Cumbre de Cambio Climático de las Américas, se crea una oportunidad importante para fortalecer el liderazgo subnacional y proporcionar una mayor visibilidad de los acuerdos que enfrentará la vigésimo segunda Conferencia de las Partes sobre Cambio Climático, COP 22, en Marruecos. El Grupo de Trabajo de Gobernadores por el Clima y los Bosques es una colaboración subnacional única entre 29 estados y provincias de Brasil, Indonesia, Costa de Marfil, México, Nigeria, Perú, España y los Estados Unidos. El GCF busca avanzar en los programas jurisdiccionales destinados a promover un desarrollo rural bajo en emisiones y, la reducción de las emisiones por la deforestación y el uso del suelo (REDD+), y vincular estas actividades con regímenes de cumplimiento emergentes de gases de efecto invernadero (GEI) y otras oportunidades de pago por rendimiento. 3.2.- Otro aspecto es que más del 25% de los bosques tropicales del mundo se encuentran en los estados y provincias del GCF, incluyendo más del 75% de los bosques de Brasil y más de la mitad de Indonesia y el Perú. El GCF incluye los estados (Ucayali) y provincias que están liderando el camino en la construcción de enfoques integrales a nivel de jurisdicción para el desarrollo de bajas emisiones y REDD+, así como la única jurisdicción en el mundo (California) que está considerando disposiciones que reconocerían compensaciones económicas de REDD+ como parte de su sistema de cumplimiento de Gases de Efecto Invernadero. 3.3.- por otro lado, la no participación del Gobierno Regional de Huánuco a través de su Gobernador Regional Ing. Rubén Alva Ochoa, pone en riesgo la incorporación de nuestra región al GCF y nos saca de las de las negociaciones, así como de las posibilidades de Financiamiento REDD que se está buscando para la región y que lo están haciendo 29 gobiernos Subnacionales de todo el mundo. Máxime si el viaje no irroga gasto alguno al Gobierno Regional, toda vez que los pasajes y viáticos serán cubiertos por los organizadores de la II CUMBRE DE CAMBIO CLIMÁTICO DE LAS AMÉRICAS. 4.- Por estas consideraciones, solicito se RECONSIDERE dicho acuerdo, y se AUTORIZE el viaje al Gobernador Regional de Huánuco del 28 de Agosto al 02 de Setiembre del 2016; debiendo disponer que a su retorno exponga al Consejo Regional sobre los logros de su participación en dicho evento a favor de nuestra región. Que, en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional realizado en la ciudad de Huánuco el día 23 de agosto del 2016, fue puesto en agenda la Reconsideración interpuesto por el Consejero Regional de Puerto Inca Jennry Edward Del Aguila Clariana al Acuerdo de Consejo Regional Nº 092-2016-CR-GRH de fecha 05 de agosto de 2016 referente a la solicitud de autorización de viaje para el Gobernador Regional de Huánuco al Estado de

Jalisco ­ México, petición que fue denegada debido a la falta de sustento sobre los fines y objetivos de dicho viaje; por lo que el Pleno del Consejo Regional, después de un debate y análisis correspondiente se aprobó por mayoría, autorizar el viaje, con cargo a dar cuenta sobre los logros de su participación en dicho evento a favor de nuestra región; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 29053 establece: "Que es atribución del Presidente Regional ejecutar los acuerdos del Consejo Regional"; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Huánuco, aprobado por Ordenanza Regional Nº 0012003-GRH y su modificatoria con Ordenanza Regional Nº 052-2008-CR-GRH; El pleno del Consejo Regional aprobó por MAYORIA, el presente Acuerdo: ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR FUNDADO la Reconsideración interpuesta por el Consejero Regional de Puerto Inca Jennry Edward Del Aguila Clariana en contra del Acuerdo de Consejo Regional Nº 092-2016-CRGRH de fecha 05 de agosto de 2016. Artículo Segundo.- AUTORIZAR el viaje al Gobernador Regional de Huánuco Ing. Rubén Alva Ochoa al exterior, al Estado de Jalisco-México del 28 de Agosto al 02 de Setiembre del 2016. Artículo Tercero.- SEÑALAR, los gastos que ocasione dicho viaje no generará costo alguno al Gobierno Regional Huánuco. Artículo Cuarto.- RECOMENDAR, que el Gobernador Regional, a su retorno deberá informar al Consejo Regional para el cual ha sido autorizado dentro de los quince días hábiles a su retorno. Artículo Quinto.- DISPENSAR, el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo Regional, Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Oficina de Control Institucional, Interesados y demás Órganos Estructurados del Gobierno Regional Huánuco. Artículo Séptimo.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico de la Institución, conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ERHUIN MARCIAL QUISPE DURAN Consejero Delegado Consejo Regional 1420823-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Modifican la Estructura Orgánica, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 471-MDB Breña, 26 de agosto del 2016 El ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA POR CUANTO; EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BREÑA

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