Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2016 (30/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Martes 30 de agosto de 2016 /

El Peruano

Judicial, concordante con los literales 1) y 2) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura ­ OCMA, debe disponerse Visitas a los distintos Distritos Judiciales de la República, para verificar el desempeño funcional de los Magistrados y Auxiliares que integran los órganos jurisdiccionales, y el cumplimiento de las normas legales y administrativas de su competencia, además de otros aspectos que puedan incidir en el servicio de justicia, conforme a lo establecido en los artículos 19°, 20° y 21º incisos 1) y 3) del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial. En ese contexto, y atendiendo al Informe N° 08-2016-UV-J-OCMA de fecha 22 de julio del 2016 emitido por la Jefa de la Unidad de Visitas de la OCMA, debe establecerse el Cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias e Inspectivas para los meses de Setiembre, Octubre y Noviembre del 2016, las que se realizarán en la misma fecha, disponiéndose su realización en las Cortes Superiores de Justicia que sean designadas. Por tales razones, SE RESUELVE: Primero: ESTABLECER el cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias e Inspectivas para los meses de Setiembre, Octubre y Noviembre del 2016, a las diversas Cortes Superiores de Justicia de la República, el mismo que como anexo forma parte de la presente resolución; disponiéndose su oportuna tramitación. Segundo: DISPONER que la ejecución de las Visitas Judiciales Ordinarias e Inspectivas se encuentren a cargo de la Unidad de Visitas de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, habilitándose en su oportunidad y caso, a los magistrados integrantes de las otras Unidades Contraloras para que brinden el apoyo que resulte necesario. Regístrese, comuníquese y cúmplase ANA MARIA ARANDA RODRÍGUEZ Jueza Suprema Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República Jefa de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial ANEXO DE RESOLUCIÓN DE JEFATURA SUPREMA N° 194-2016-J-OCMA/PJ FECHA MES SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE 1422146-1 DÍAS 12, 13 y 14 04, 05 y 06 11, 12 y 13 08, 09 y 10 15, 16 y 17 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MADRE DE DIOS APURIMAC AMAZONAS LORETO TUMBES

La Resolución Administrativa Nº 189-2016-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el Informe Nº 205-2016-AE-ADM-CSJLE/PJ, del Área de Estadística; y CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolución Administrativa de Vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso los siguientes actos de administración a partir del primero de septiembre del año en curso: i) Reubicar el Segundo Juzgado Penal Transitorio de El Agustino como Cuarto Juzgado Penal Transitorio de Ate; ii) Que, el Primer y Tercer Juzgado Penal Transitorios de Ate remitan al Cuarto Juzgado Penal Transitorio del citado Distrito como máximo la cantidad de ochocientos expedientes, que al treinta y uno de agosto del año en curso, no se encuentren expeditos para sentenciar, ni cuenten con vista de la causa programada a dicha fecha. Segundo.- El responsable del Área de Estadística de esta Corte Superior de Justicia, mediante informe de Vistos da cuenta que en el Distrito de Ate, el Segundo Juzgado Penal Permanente tiene sobrecarga procesal. Tercero.- El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 267-2014-CEPJ, autorizó a esta Presidencia para que disponga las medidas administrativas necesarias a fin de determinar la manera en que los órganos jurisdiccionales transitorios apoyen a los órganos jurisdiccionales permanentes. Cuarto.- Estando a lo antes expuesto, corresponde adoptar las medidas administrativas necesarias con la finalidad de equiparar cargas procesales en el Distrito de Ate, cautelando así la pronta administración de justicia. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que el Segundo Juzgado Penal Permanente, Primer y Tercer Juzgado Penal Transitorios de Ate redistribuyan al Cuarto Juzgado Penal Transitorio del indicado Distrito, los expedientes que al treinta y uno de agosto del año en curso, no se encuentren expeditos para sentenciar, ni cuenten con vista de la causa programada a dicha fecha, de la siguiente manera:
Fecha 05 al 09 de Septiembre 14 al 23 de Septiembre 26 al 28 de Septiembre Del Juzgado Remitente 2º Juzgado Penal de Ate 1º Juzgado Penal Transitorio de Ate 3º Juzgado Penal Transitorio de Ate 4º Juzgado Penal Transitorio de Ate Al Juzgado receptor Cantidad 270 Exp. 420 Exp. 80 Exp.

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen que el Segundo Juzgado Penal Permanente, Primer y Tercer Juzgado Penal Transitorios de Ate redistribuyan al Cuarto Juzgado Penal Transitorio los expedientes que al 31 de agosto de 2016, no se encuentren expeditos para sentenciar, ni cuenten con vista de la causa programada a dicha fecha
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 515-2016-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 26 de agosto de 2016

Artículo Segundo.- Los expedientes materia de redistribución deben ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras, asimismo, todos los escritos deberán estar debidamente proveídos bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- Culminados los plazos señalados en la redistribución, el Segundo Juzgado Penal Permanente, Primer y Tercer Juzgado Penal Transitorios de Ate, deberán hacer llegar por medio electromagnético en detalle, la relación de expedientes redistribuidos, la cual tendrá carácter de declaración jurada y será publicada en la página web de esta Corte Superior de Justicia, para conocimiento de los justiciables. Artículo Cuarto.- Con el fin de no afectar el derecho de los usuarios y/o litigantes y hasta que culmine el proceso de redistribución de expedientes dispuesto en la presente resolución, las Mesas de Partes del Segundo Juzgado Penal Permanente, Primer y Tercer

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