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608321 NORMAS LEGALES Lunes 26 de diciembre de 2016 El Peruano / Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Arequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 357-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: La Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29069, Ley del Silencio Administrativo y el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM Lineamientos para Elaboración y Aprobación de TUPA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, establecen los procedimientos, requisitos y obligaciones para la elaboración, aprobación y publicación del TUPA de cada entidad, con el fi n de que los mismos sean documentos compiladores, informativos y simplifi cadores de los procedimientos administrativos que los administrados tramitan ante las entidades del Estado; Conforme con el artículo 36 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, los procedimientos, requisitos y costos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobados para cada entidad, de manera que únicamente son exigibles el cumplimiento de procedimientos, la presentación de documentos, el suministro de información o el pago por derechos de tramitación cuando se cumpla con tal condición. Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia Regional de la Producción ha gestionado la incorporación de tres procedimientos administrativos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- del Gobierno Regional de Arequipa aprobado mediante Ordenanza N° 273-AREQUIPA: a. Inscripción de Asociaciones de Micro y Pequeñas Empresas y Comité MYPE en el Registro Nacional de Asociaciones de Micro y Pequeña Empresa-RENAMYPE. b. Renovación de Inscripción de Asociaciones de Micro y Pequeñas Empresas y Comité MYPE en el Registro Nacional de Asociaciones de Micro y Pequeña Empresa-RENAMYPE. c. Actualización de información de Asociaciones de Micro y Pequeñas Empresas y Comité MYPE en el Registro Nacional de Asociaciones de Micro y Pequeña Empresa-RENAMYPE. Cada uno de los Procedimientos señalados cuenta con el respectivo Formato de Sustentación Legal y Técnica de Procedimientos Administrativos contenidos en el TUPA de la Entidad (Anexo 1) y los Costos del Procedimiento contenidos en los Anexos 2 a 7, Tabla ASME y Diagrama de Bloques; Se cuenta con el informe favorable de la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional como órgano responsable de la elaboración del TUPA conforme lo señala el artículo 5°de los Lineamientos aprobados por Decreto Supremo N° 079-2007-PCM y con la opinión favorable de la Gerencia General Regional contenida en el Ofi cio N° 862-2016-GRA/GGR, según exige el artículo 11°, numeral 11.2. de los referidos Lineamientos. Corresponde al Consejo Regional de Arequipa aprobar la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional de Arequipa disponiendo la incorporación de los procedimientos señalados correspondientes a la Gerencia Regional de la Producción, conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley del Procedimiento Administrativo General y el artículo 15° de los Lineamientos aprobados mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM. De acuerdo con el artículo 15, literal a) de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional y según el artículo 38 de la citada Ley, dictan ordenanzas regionales que norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Se ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA INCORPORANDO TRES PROCEDIMIENTOS CORRESPONDIENTES A LA GERENCIA REGIONAL DE LA PRODUCCIÓN Artículo 1°.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA- del Gobierno Regional de Arequipa aprobado por Ordenanza Regional N° 273-AREQUIPA, incorporando los siguientes procedimientos correspondientes a la Gerencia Regional de la Producción: a. Inscripción de Asociaciones de Micro y Pequeñas Empresas y Comité MYPE en el Registro Nacional de Asociaciones de Micro y Pequeña Empresa-RENAMYPE. b. Renovación de Inscripción de Asociaciones de Micro y Pequeñas Empresas y Comité MYPE en el Registro Nacional de Asociaciones de Micro y Pequeña Empresa-RENAMYPE. c. Actualización de información de Asociaciones de Micro y Pequeñas Empresas y Comité MYPE en el Registro Nacional de Asociaciones de Micro y Pequeña Empresa-RENAMYPE. Artículo 2°.- Establecer que son parte de la presente Ordenanza los cuadros que corresponden a cada uno de los procedimientos señalados, en los cuales aparecen detallados los Requisitos, Derechos de tramitación, Calificación, Plazo para resolver, Dependencia de inicio del procedimiento, Autoridad competente para Resolver e Instancias de Resolución de Recursos. Artículo 3°.- Señalar que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 4°.- Ordenar la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Ofi cial “El Peruano” como en el Diario encargado de los Avisos Judiciales, en la página web institucional, y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del D.S. Nº 001-2009-JUS, en el artículo 38 de la Ley N° 27444 y en el artículo 17° de los Lineamientos para Elaboración y Aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo aprobados con Decreto Supremo N° 079-2007-PCM. Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los dieciséis días del mes de noviembre del 2016. EDY MEDINA COLLADO Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintinueve días del mes de noviembre del dos mil dieciséis. YAMILA OSORIO DELGADO Gobernadora del Gobierno Regional Arequipa 1466858-4