Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2016 (07/01/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 77
El Peruano / Jueves 7 de enero de 2016
NORMAS LEGALES
CODIGO INFRACCIÓN OBSERVACION CATEGORIAS % UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA
574711
MARCO LEGAL
Isidro; considerando las competencias otorgadas a la Subgerencia de Tránsito y al personal competente, establecidas en la presente Ordenanza. TITULO VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, MODIFICATORIAS Y FINALES Primera.- FACULTAR al Señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas reglamentarias que resulten necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- PROHIBIR la prestación del servicio de transporte de pasajeros en vehículos menores de dos (2) o tres (3) ruedas en las categorías L1, L2, L3, L4 y L5; así como el reciclaje en vehículos no autorizados por la Municipalidad de San Isidro. Tercera.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tránsito, organizar una (01) vez al año programas de Educación y Seguridad Vial dirigidos a las personas involucradas en el servicio de transporte de entrega rápida en vehículos menores. Cuarta.- INCORPORAR a la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San Isidro aprobada mediante Ordenanza N° 395-MSI, las infracciones detalladas en el Anexo I, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Quinta.- APROBAR, los formatos: acta de notificación, acta de control de vehículo menor, acta de internamiento de vehículo menor, orden de liberación de vehículo menor, y resolución de sanción, conforme se detalla en el Anexo II el cual forma parte de la presente Ordenanza. Sexta.- MODIFICAR el numeral 29.10 del artículo 29° de la Ordenanza N° 395-MSI, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "(...) INTERNAMIENTO DE VEHICULOS: Consiste en el internamiento en el depósito municipal de aquellos vehículos, carrocerías, chatarra, chasis o similares abandonados en la vía pública o respecto a vehículos menores motorizados o no motorizados que incumplan la normativa vigente respecto al servicio de entrega rápida de productos (...)". Sétima.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres; Subgerencia de Tránsito y demás unidades orgánicas que resulten competentes e intervengan directa o indirectamente en la implementación de la presente norma; así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano a la Secretaría General y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen en la página web de la Municipalidad de San Isidro: (www.munisanisidro.gob.pe). Octava.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil quince. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde
ANEXO I
INFRACCIONES SOBRE SERVICIO DE TRANSPORTE DE VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS CODIGO INFRACCIÓN OBSERVACION CATEGORIAS % UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA MARCO LEGAL
15.2
Por no colocar en lugar visible el distintivo de PREVENTIVA identificación municipal. Por no asistir al curso de educación y seguridad vial. Por agredir físicamente y/o verbalmente al inspector durante el desarrollo de sus funciones. Por negarse a la presentación de los documentos solicitados por la autoridad competente al momento de la intervención y/o fugarse. Por transitar en vías expresas o vías arteriales y/o vías declaradas rígidas para la circulación de vehículos menores. Por portar altoparlantes que exceda los decibeles permitidos, u otros elementos que alteren el orden público con ruidos molestos. Por prestar el servicio con el conductor que cuenta con licencia de conducir que no corresponda a la clase y categoría; o que la misma se encuentre r e t e n i d a , cancelada o suspendida. Por prestar el servicio de transporte con el conductor que se encuentren en estado de ebriedad, o bajo la influencia v e h í c u l o intervenido de sustancias estupefacientes.
50
INTERNAMIENTO
15.3
MULTA
50
INTERNAMIENTO
15.4
MULTA
50
INTERNAMIENTO
15.5
MULTA
50
INTERNAMIENTO
15.6
MULTA
100
INTERNAMIENTO
15.7
MULTA
50
INTERNAMIENTO
15.8
MULTA
100
Ordenanza INTERNAMIENTO 1693-2013MML
15.9
MULTA
100
Ordenanza INTERNAMIENTO 1693-2013MML
Por prestar el servicio con vehículos que 15.10 no cuenten o no mantengan vigente el SOAT o CAT. Por prestar el servicio de transporte no portando la 15.11 licencia de conducir según la tipología del vehículo
MULTA
100 INTERNAMIENTO
Ordenanza 1693-2013MML
15.1
Por no registrar el vehículo que presta el servicio PREVENTIVA de transporte de reparto y entrega rápida.
MULTA
100
INTERNAMIENTO
50
INTERNAMIENTO