Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2016 (06/02/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Sábado 6 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

577371

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 7776-2015 Lima, 28 de diciembre de 2015 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por la señora Marisol Del Pilar Pary Juárez para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución SBS N° 1642-2015 de fecha 10 de marzo de 2015, se aprobó la quinta versión del Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REG-SBS-360-05; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 29 de setiembre de 2015, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud de la señora Marisol Del Pilar Pary Juárez postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Marisol Del Pilar Pary Juárez con matrícula número N-4409 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1341942-1

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (e) VISTA: La invitación cursada por la Financial Action Task Force (FATF) Secretariat a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Reunión con el Counter ISIL Finance Group (CIFG), que se llevará a cabo el 14 de febrero de 2016, así como en la Reunión Plenaria del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y en las Reuniones de sus Grupos de Trabajo, que se llevarán a cabo del 15 al 19 de febrero de 2016, en la ciudad de París, República Francesa; CONSIDERANDO: Que, la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es la Coordinadora Nacional de la República del Perú ante el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), brazo regional del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo que ha resaltado la importancia de utilizar plenamente las instancias disponibles en el GAFI y la necesidad de los países miembros de GAFILAT de participar activamente en las reuniones de sus grupos de trabajo; Que, el Perú será evaluado próximamente en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo (LA/FT) sobre la base de las nuevas 40 Recomendaciones del GAFI y la nueva Metodología de Evaluaciones Mutuas y en los Grupos de Trabajo y el Pleno del GAFI es donde se toman las decisiones más importantes en el mundo en relación a la política anti LA/ FT; Que, en el último Pleno del GAFI se estableció que el Perú registra deficiencias en la implementación de la recomendación sobre el congelamiento de fondos de personas listadas por el Consejo de Seguridad de NNUU, GAFI ha establecido una lista de países con deficiencias estratégicas entre los cuales se encuentra Perú y que podría llevarlo a un proceso de seguimiento por parte del Grupo Internacional de Revisión y Cooperación (ICRG), resulta sumamente importante la participación para defender la posición del país, ya que el ingreso en el ICRG puede traerle al Perú un serio impacto en su reputación; Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar al señor Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, en su calidad de miembro del GAFILAT y Presidente del Grupo Egmont y al señor Jorge Yumi Taba, Coordinador Ejecutivo Técnico de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, como representante del Perú, como miembro del GAFILAT, ante el GAFI, para que participen en los citados eventos; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en los eventos indicados, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolución SBS N° 6879-2015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, que incorpora lo dispuesto

Autorizan viaje de funcionarios de la SBS a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 573-2016 Lima, 3 de febrero de 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.