Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2016 (06/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

577378
CATEGORÍA DEL GASTO Gastos Corrientes Gastos de Capital Servicio de la Deuda

NORMAS LEGALES
EN SOLES 1 024,850.998.00 64,034.167.00 28,950.807.00 TOTAL S/. 1 117,835.972.00

Sábado 6 de febrero de 2016 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en el artículo 191° establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° precisa; que "la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia". Asimismo, en el artículo 9º numeral 3 establece que, la `'Autonomía económica, es la facultad de crear, recaudar y administrar sus rentas e ingresos propios y aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Su ejercicio supone reconocer el derecho a pedir los recursos que les asigne el Estado para el cumplimiento de sus funciones y competencias"; Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15º, literal c) establece que es atribución del Consejo Regional, "aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal". El artículo 21°, literal p) numeral 2), prescribe; que es atribución de la Presidencia Regional presentar al Consejo Regional el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual. Finalmente el artículo 32° establece que, "La Gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente"; Que, la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el artículo 71º regula los Planes y Presupuestos Institucionales, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo; y, establece en el numeral 7.1) que "Las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso"; y, en el numeral 7.2) señala El Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; Que, la Ordenanza Regional Nº 020-2005-GR. CAJ-CR, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Cajamarca, en el artículo 83º, literal a), establece, que es función de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial: difundir, orientar y dirigir la metodología establecida para la formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado y Plan Anual del Gobierno Regional". El artículo 85º señala que son funciones de la Sub Gerencia de Planeamiento y Cooperación Técnica Internacional las siguientes, literal a) Proponer las metodologías para la formulación, ejecución y evaluación del Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Plan Anual del Gobierno Regional; y, b) Consolidar y elaborar los proyectos del Plan de Desarrollo Regional Concertado y del Plan Anual del Gobierno Regional"; Que, mediante Oficio Nº 1486-2015-GR.CAJGRPPAT, de fecha 17 de diciembre del 2015, remitido por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Lic. William Ascarza Urribari, al Director Regional de Asesoría Jurídica Dr. Manuel Meza Rosas, hace referencia al Informe Nº 0020-2015-GR. CAJ/GRPPAT/SGPLCTI, sobre el Informe Técnico para Aprobación del Plan Anual 2016 del Gobierno Regional, con el cual el Sub Gerente de Planeamiento y CTI, Eco. Jorge Olivera Gonzáles, concluye que el Plan Anual 2016, se formuló en base a la normatividad legal vigente y con la información proporcionada por la Unidades Ejecutoras pertenecientes al Pliego 445 Gobierno

Que, mediante Informe Legal Nº 93-2015-GR.CAJ. DRAJ, de fecha 18 de diciembre de 2015, el Director Regional de Asesoría Jurídica, Abg. Manuel R. Meza Rosas remite al Presidente de la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos Prof. Hernando Villanueva Santa Cruz, la opinión legal, señalando que al amparo del marco normativo opina favorablemente por la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca - Año fiscal 2016; Que, mediante Oficio Nº 571-2015-GR.CAJ/P, de fecha 16 de diciembre de 2015, el Presidente del Gobierno Regional Cajamarca, Sr. Hilario Porfirio Medina Vásquez, remite al Consejero Delegado, Sr. José Mario Mendoza Zafra la documentación del Presupuesto Institucional de Apertura del Gobierno Regional de Cajamarca ­ Año Fiscal 2016, aprobado por Ley del Presupuesto N° 30372, solicitándole que por intermedio de su persona ponga a consideración del Pleno del Consejo Regional para su aprobación; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 005-2014-GR.CAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del año fiscal 2016 del Gobierno Regional Cajamarca, el mismo que en dos cientos ochenta y tres (283) folios se adjunta y forma parte integrante del presente Acuerdo Regional, con la finalidad de dar cumplimiento a los requerimientos y plazos establecidos por la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca y áreas competentes, dar cumplimiento a la presente Acuerdo Regional. Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano. Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Comunicación y Relaciones Públicas la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe) POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JOSÉ MARIO MENDOZA ZAFRA Consejero Delegado Pdte. del Consejo Regional 1341893-1

Aprueban Plan Anual 2016 del Gobierno Regional Cajamarca
ACUERDO REGIONAL Nº 087-2015-GR.CAJ-CR Cajamarca, 22 de diciembre de 2015 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sexta Sesión Extraordinaria de fecha 21 de diciembre del año 2015; VISTO Y DEBATIDO el DICTAMEN N°033-2015-GR.CAJ-CR/COAJ-COP, remitido por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Planeamiento, referente al Proyecto de Acuerdo Regional que aprueba el Plan Anual del Año 2016; con el voto mayoritario del Pleno, dispensa del dictamen correspondiente y;

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