Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2016 (20/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano / Sábado 20 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, el art. 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades señala: "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional" y, estando a lo expuesto con el voto UNÁNIME de sus integrantes y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta y, en ejercicio de sus facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades confiere; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Econ. Rudy Edwin CALLUPE GORA, Alcalde de la Honorable Municipalidad Provincial de Pasco y del regidor Miguel Ángel García Ruíz a la República de China a invitación de la ONG APEF Perú del 20 de febrero al 05 de marzo del presente año para gestionar donaciones y visitas a las fábricas cooperantes, el mismo que no ocasionará gasto alguno a la entidad municipal Artículo Segundo.- ENCARGAR, el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde Lic. Martín Solís Adrianzen del 20 de febrero al 04 de marzo del 2016. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección de Secretaría General para que publique en el Diario Oficial y en la página web de la entidad. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. RUDY EDWIN CALLUPE GORA Alcalde 1347444-1

Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas. 8.3 El Comité de Inversiones en calidad de órgano de coordinación tiene las siguientes funciones: a. Coordinar con los órganos de cada Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local a fin de agilizar los trámites y procedimientos dentro del proceso de promoción respectivo en calidad de responsable de la entidad pública frente a Proinversión. b. Velar por la ejecución de las decisiones adoptadas por el Consejo Directivo y Comités Especiales de Proinversión, vinculadas a los procesos de promoción sin perjuicio de las funciones asignadas a los órganos dentro de cada entidad pública; y, entregar oportunamente la información solicitada por las entidades involucradas. c. Otras funciones asignadas mediante Reglamento. 8.4 El Comité de Inversiones es responsable por la elaboración oportuna del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas". Que, ante ello la Gerencia de Planificación y Desarrollo, mediante el documento indicado en el visto, señala que para la elaboración de la programación oportuna del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Públicas Privadas, se deberá conformar un Comité cuya designación se efectuará mediante una resolución de alcaldía, el mismo que deberá ser aprobado por el Titular del Pliego, teniendo en cuenta el plazo establecido en la Disposición Segunda del Decreto Supremo N° 410-2015EF; Que, en mérito a lo expuesto, y de conformidad con el Proveído de fecha 08 de enero del 2016 de la Gerencia Municipal; y en uso de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE : Artículo Primero.- Conformar la Comisión Multianual de Inversiones en Asociaciones Públicas Privadas de esta Municipalidad Provincial de Piura, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1224; la cual estará integrada por los siguientes Funcionarios: Gerente Municipal : Gerente de Planificación y Desarrollo : Gerente Territorial y de Transportes : Presidente Miembro Miembro

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA
Conforman la Comisión Multianual de Inversiones en Asociaciones Públicas Privadas de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 007-2016-A/MPP San Miguel de Piura, 11 de enero de 2016 Visto, el Informe N° 05-2016-GPyD/MPP, de fecha 08 de enero del 2015, emitido por la Gerencia de Planificación y Desarrollo; y, CONSIDERANDO: Que, es pertinente señalar de manera previa que con fecha 25 de setiembre del 2015, se publica en el Diario El Peruano el Decreto Legislativo N° 1224; que prescribe lo siguiente: "Artículo 8.- Comité de Inversiones 8.1 El Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local que tenga proyectos o prevea desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en la presente norma, crea el Comité de Inversiones para desempeñarse como: a. Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia conforme lo establecido en el artículo 6. En este supuesto, el Viceministro, Consejo Regional y Concejo Municipal ejercen las funciones del Consejo Directivo de Proinversión; y, b. Órgano de coordinación con Proinversión en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último. 8.2 La designación de los miembros del Comité de Inversiones se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional o Resolución de Alcaldía, que debe ser publicada en el diario oficial El

Artículo Segundo.- Dése cuenta a los integrantes de la Comisión, a Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración y Oficina de Personal, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. OSCAR RAÚL MIRANDA MARTINO Alcalde 1340472-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL NAMBALLE
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Municipalidad distrital de Namballe
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2016/MDN-CM. Namballe, 5 de enero del 2016 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NAMBALLE VISTO, el acuerdo de Concejo N° 002-2016/CM, de fecha 05 de enero de 2016, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad distrital de Namballe, y;

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